BOLETÍN Nº 70 - 13 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

BERRIOZAR

E D I C T O

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4 de la referida Ley, se publica el presente edicto para que sirva de notificación de la incoación de expediente sancionador a Olga Esther Ramos Fernández.

"Resolución marzo 42/2005. Resolución del señor Alcalde, don Benito José Ríos Ochoa.

Berriozar, 23 de marzo de 2005.

INCOACION DE EXPEDIENTE SANCIONADOR

Antecedentes de hecho:

Con fecha 2 de marzo de 2005, esta Alcaldía tuvo conocimiento de la siguiente denuncia formulada por la Guardia Civil relativa a la presunta infracción de la Ordenanza de la vía pública del Ayuntamiento de Berriozar (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 140, de 22 de noviembre de 2004).

Hecho denunciado: Colocación de carteles que sujetaban con cinta adhesiva; uno con el texto "Euskal Presoak borrokan, Euskal Herria ere bai", convocando una manifestación el 5 de marzo a las dieciocho treinta horas en la estación de autobuses de Pamplona y con anagrama de Gestoras Proamnitia; otro con el texto "Batzarra, euskal preso politikoak euskal herrira" convocando a una asamblea a celebrar en el lugar habitual a las veinte horas el día 2 de marzo; y un tercero con el texto "Euskal preso Politikoak borrokan", con fotografía de tres presuntos miembros de ETA.

Denunciado: Olga Esther Ramos Fernández, 29.151.777J, nacida en Pamplona (Navarra), el 30 de abril de 1968, vecina de Isaba (Navarra), con domicilio en la calle Bormapea, número 41, 3.º C.

Fecha: 28 de febrero de 2005.

Hora: Diecinueve horas cuarenta y cinco minutos.

Lugar: Confluencia de la calle Iruñalde con San Esteban (Berriozar).

Fundamentos de Derecho:

Primero._Los anteriores hechos relatados son constitutivos de una presunta infracción de los artículos 42 y 44 de la Ordenanza de la vía pública del Ayuntamiento de Berriozar, consistente en la colocación y pegado de carteles y pancartas sin autorización previa de la Alcaldía fuera de los lugares y espacios expresamente destinados a este fin.

Dicha infracción a la Ordenanza local podrá ser tipificada como grave o muy grave y sancionada con multa de entre 750 y 3.000 euros, conforme a lo establecido en los artículos 140 y 141 de la Ley de Bases del Régimen Local. Ello sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del procedimiento.

Segundo._De la presente infracción aparecen como personas responsables, Alfonso Arnesto Berruezo, Nekane Larranua Usunariz, Ismael Castañares Larrea, Ignacio Larramendi Noáin, Olga Esther Ramos Fernández y María Luisa Bayo Ochoa.

Tercero._La instrucción del presente expediente sancionador corresponde a este órgano administrativo y compete a la Alcaldía la resolución del mismo para lo cual estará a lo dispuesto en Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y el Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora que la desarrolla (Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto) y en la Ordenanza de la vía pública del Ayuntamiento de Berriozar.

En atención a todo lo expuesto,

He resuelto:

Primero._Incoar expediente sancionador por presunta infracción administrativa por infracción de los artículos 40 y 44 de la Ordenanza de la vía pública de Berriozar a doña Olga Esther Ramos Fernández por la colocación de cárteles o pancartas sin autorización municipal.

Se significa a las personas inculpadas la posibilidad de poder reconocer voluntariamente su responsabilidad y, en su caso, efectuar el pago voluntario de la multa que se proponga.

Segundo._Nombrar Instructor del procedimiento a Juan Antonio Ruiz Miranda, a quien será de aplicación el régimen de recusación contenido en los artículos 28 y 29 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero._Notificar al interesado el presente acuerdo haciéndole saber que:

a) Sobre el contenido de la presente iniciación del procedimiento sancionador podrá aportar, en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a su notificación, las alegaciones, documentos o informaciones que estimen convenientes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse.

b) De no efectuar alegaciones en el citado plazo el presente acuerdo se podrá considerar como propuesta de resolución al contener un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada".

Berriozar, 18 de mayo de 2005
El Alcalde, Benito Ríos Ochoa.

Código del anuncio: L0512896