BOLETÍN Nº 70 - 13 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

BARAÑÁIN

Notificación de acuerdo

Habiendo sido imposible efectuar la notificación del acuerdo que a continuación se publica a la persona interesada en el procedimiento por encontrarse la misma ausente de su último domicilio conocido, de conformidad con lo preceptuado por los artículos 59.5 y 6 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la práctica de la notificación mediante la publicación del presente Edicto y mediante la publicación del mismo en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de su último domicilio conocido, dando por cumplimentado con sendas publicaciones el trámite de la notificación consignado en el artículo 58.1 del texto legal indicado.

En sesión ordinaria que la Junta de Gobierno Local celebró el día 15 de abril de 2005 se adoptó el acuerdo, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:

"Vista solicitud formulada en fecha 4 de marzo de 2005 por don Pablo José Gurpegui Oteiza, apoderado de Caja Laboral, en nombre y representación de dicha entidad solicitando retrocesión de embargo por importe de 74,12 euros practicado por la Agencia Ejecutiva Rodríguez en fecha 22 de febrero de 2005 en la cuenta de don Javier Jiménez Berrio en concepto de deuda contraída con el Ayuntamiento de Barañáin por impago de multa de tráfico impuesta en concepto de sanción administrativa en el año 2001.

Considerando que desde Caja Laboral se informa que, la existencia de saldo económico en la cuenta del citado deudor en la fecha en la que se realizó el embargo obedecía al hecho de la realización por error de la propia entidad bancaria de un ingreso en la cuenta de titularidad de dicho deudor y habida cuenta que el ingreso bancario erróneamente practicado a don Javier Jiménez Berrio debía haberse abonado a don Alberto Arellano Jiménez.

Visto lo anterior, examinado el expediente y considerando el informe emitido por la Tesorera Municipal, se acuerda:

1.º Anular, y en su virtud, dejar sin efecto el embargo practicado en la cuenta de don Javier Jiménez Berrio, por la Agencia Ejecutiva Rodríguez en fecha 22 de febrero de 2005, en concepto de deuda contraída con el Ayuntamiento de Barañain por impago de multa de tráfico impuesta como sanción administrativa en el año 2001.

2.º Proceder, en cumplimiento de lo dispuesto en el expositivo anterior, a reintegrar a don Javier Jiménez Berrio la cantidad de 74,12 euros, mediante abono de dicha cantidad al número de cuenta de dicho deudor en la que se practicó el embargo indicado 2121014119.

3.º Trasladar el presente acuerdo a Tesorería Municipal al objeto de que por dicha área se proceda a la ejecución del mismo.

4.º Notificar el presente acuerdo a don Javier Jiménez Berrio y a Caja Laboral Cooperativa de Crédito."

Contra este acuerdo cabe cualquiera de estos recursos:

1._Con carácter potestativo y dentro del mes siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, Recurso de Reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2._En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

3._En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la presente publicación Recurso Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Barañáin, 19 de abril de 2005
El Alcalde, firma ilegible. La Secretaria, firma ilegible.

Código del anuncio: L0512875