BOLETÍN Nº 70 - 13 de junio de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.4. Resoluciones

RESOLUCION 462/2005, de 26 de mayo, del Director General de Trabajo, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales para el año 2006 con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra.

El artículo 37.2 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en relación con el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, según redacción dada al mismo por el Real Decreto 1346/1989, de 3 de noviembre, que continúa en vigor de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Derogatoria única del Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, establece las festividades de ámbito nacional que se incluirán cada año en el calendario laboral como días inhábiles.

Las Comunidades Autónomas, dentro del límite anual de catorce días festivos, de los cuales dos serán locales, pueden señalar aquellas fiestas que por tradición les sean propias. Asimismo, podrán hacer uso de la facultad de traslado al lunes inmediatamente posterior al descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo. Por lo que la festividad del día 3 de diciembre, San Francisco Javier, fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, se traslada al 4 del mismo mes.

Como consecuencia de lo expuesto, se establecen las festividades para el año 2006 en la Comunidad Foral de Navarra, a las que se añadirá una más, de carácter local, a propuesta de los respectivos Ayuntamientos.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral y en el Decreto Foral 49/2005, de 24 de febrero,

RESUELVO:

Primero._Establecer como fiestas de carácter retribuido y no recuperable en la Comunidad Foral de Navarra para el año 2006, las siguientes:

6 de enero: Festividad de la Epifanía del Señor.

13 de abril: Jueves Santo.

14 de abril: Viernes Santo.

17 de abril: Lunes de Pascua.

1 de mayo: Fiesta del trabajo.

25 de julio: Santiago Apóstol.

15 de agosto: Asunción de la Virgen.

12 de octubre: Fiesta Nacional de España.

1 de noviembre: Día de todos los Santos.

4 de diciembre: Lunes siguiente a San Francisco Javier.

6 de diciembre: Día de la Constitución.

8 de diciembre: Festividad de la Inmaculada.

25 de diciembre: Natividad del Señor.

En la relación anterior está incluida, en los términos del artículo 46 del mentado Real Decreto, la fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, el día 4 de diciembre, día siguiente a la festividad de San Francisco Javier, día de Navarra.

Segundo._La otra fiesta local será fijada a propuesta de los Ayuntamientos respectivos.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 26 de mayo de 2005
El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

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