II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.5. Otros
CADREITA
Aprobación de tasas y precios públicos
El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 22 de noviembre de 2004, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo:
Aprobar los tipos contributivos a aplicar en el ejercicio de 2005, relativos a impuestos, así como la modificación de las Ordenanzas fiscales relativas a tasas y precios públicos para el mismo ejercicio.
_Contribución territorial urbana. Tipo de gravamen: 0,3000 por 100.
_Contribución territorial rústica. Tipo de gravamen: 0,8000 por 100.
_I.A.E. Recargo municipal: 34,50 por 100.
_Incremento valor terrenos. Coeficiente porcentaje anual: 3,00 por 100. Tipo de gravamen: 20,00 por 100.
_Impuesto de tracción mecánica. Tarifas aprobadas por el Gobierno de Navarra para el 2004.
_Impuesto de construcciones y obras. Tipo gravamen: 5,00 por 100.
En cuanto a las Ordenanzas fiscales, las tasas y precios públicos a regir durante el año 2004 serán los siguientes:
Ordenanza número 1._General (sin modificación).
Ordenanza número 2._Contribuciones especiales (sin modificación).
Ordenanza número 3._Prestación personal y de transporte (sin modificación).
Ordenanza número 4._Expedición y tramitación de documentos.
Certificaciones:
De cualquier documento: 3,20 euros/unidad.
Del estado urbanístico: 3,20 euros/unidad.
De cualquiera otro documento: 3,20 euros/unidad.
Certificación urbanística: (Lo que cobre el técnico).
Otros:
Fotocopias (hasta 10 inclusive): 0,20 euros/unidad.
Fotocopias (más de 10): 0,10 euros/unidad.
Compulsas: 2,00 euros/unidad.
Fax, por cada copia: 2,00 euros/unidad.
Ordenanza número 5._Licencias de apertura.
1.ª instalación de establecimiento: 94,00 euros/unidad.
Traslados de local: 84,00 euros/unidad.
Cambios de titularidad: 94,00 euros/unidad.
Cambios de clasificación: 94,00 euros/unidad.
Ordenanza número 6._Alcantarillado y depuración de aguas.
Tasa empalme red saneamiento: 90,00 + IVA euros/unidad.
Alcantarillado viviendas: 7,75 + IVA euros/unidad.
Ordenanza número 7._Apertura de zanjas y remoción pavimento, aceras y vía pública.
_El metro cuadrado afectado por el importe establecido en el polígono fiscal donde está ubicado, de acuerdo con la nueva ponencia de valoración.
Ordenanza número 8._Utilización instalaciones deportivas.
Abono de temporada:
Abono matrimonios: 73,00 euros/unidad.
Abono mayores de 14 años: 50,00 euros/unidad.
Abono menores, de 8 a 13 años: 36,50 euros/unidad.
Abono menores, de 5 a 7 años: 20,00 euros/unidad.
Abono jubilados y disminuidos: 13,00 euros/unidad.
Abono familia numerosa: 180,00 euros/unidad.
Abonos quincenales:
Abono mayores de 14 años: 50,00 euros/unidad.
Abono menores, de 8 a 13 años: 36,50 euros/unidad.
Abono menores, de 5 a 7 años: 20,00 euros/unidad.
Entrada diaria:
Entrada mayores de 14 años: 4,30 euros/unidad.
Entrada menores de 14 años: 3,20 euros/unidad.
Extravío o robo de pase: 3,00 euros/unidad.
Ordenanza número 9._Suministro de agua.
Disponibilidad de servicio (euros/trimestre): 12,75 + IVA euros.
Suministro (euros/metro cúbico): 0,4040 + IVA euros.
Instalación de acometida a la red de abastecimiento: 90,00 + IVA euros.
Ordenanza número 10._Aprovechamiento vuelo, suelo y subsuelo.
Barracas fiestas:
Autos de choque (día): 32,00 euros.
Tiros (día): 5,30 euros.
Tómbolas y churrería (día): 6,40 euros.
Tío Vivo (día): 5,30 euros.
Autos de choque (fiestas completas): 256,00 euros.
Tiros (fiestas completas): 42,50 euros.
Tómbolas y churrerías (fiestas completas): 51,50 euros.
Tío Vivo (fiestas completas): 42,50 euros.
Vehículos de bar fiestas:
Menos de 6 metros (día): 5,30 euros.
Más de 6 metros (día): 7,00 euros.
Menos de 6 metros (fiestas completas): 42,50 euros.
Más de 6 metros (fiestas completas): 56,00 euros.
Puesto rastrillo:
Por puesto (día): 4,30 euros.
Por puesto (fiestas completas): 34,50 euros.
Otros:
Toldos y carpas (euros/metro cuadrado): 0,65 euros.
Mesas, sillas y veladores (euros/mesa): 19,00 euros.
Más de 7 mesas: 128,00 euros.
Mercadillos (máximo 8 metros/día): 5,30 euros.
Por cada metro adicional utilizado (euros/día): 0,70 euros.
Cerramiento de balcones y terrazas (por metro cuadrado construido): Según polígono fiscal.
Grúas (euros/día): 3,20 euros.
Depósito materiales construcción en la vía pública (euros/metro cuadrado/día): 0,11 euros.
Depósito productos agrícolas en la vía pública (euros/metro cuadrado/día): 0,11 euros.
Depósito materiales construcción en la vía pública (mínimo): 38,20 euros.
Depósito productos agrícolas en la vía pública (mínimo): 38,20 euros.
Aprovechamientos especiales suelo/subs. dominio público (euros/metro lineal): 1,25 euros.
Andamios en la vía pública (euros/metro lineal/día): 1,60 euros.
Andamios en zonas sin urbanizar (euros/metro lineal/día): 0,82 euros.
Ordenanza número 11._Vados.
3 metros lineales de vado (euros/año): 76,50 euros.
Por cada metro adicional (euros/año): 25,50 euros.
Ordenanza número 12._Báscula.
De 0 a 5.000 kilogramos: 0,55 euros.
De 5.001 a 10.000 kilogramos: 0,65 euros.
De 10.001 a 15.000 kilogramos: 0,95 euros.
De 15.001 a 20.000 kilogramos: 1,30 euros.
De 20.000 en adelante: 1,90 euros.
Ordenanza número 13._Apertura zanjas, animales:
La cuota a liquidar será el resultado de aplicar el coste de realización de la zanja en base a la liquidación de I.A.E.
Ordenanza número 14._Cañas para desatastar tubería.
Por unidad y día: 0,36 euros/unidad.
Ordenanza número 15._Alquiler de compresor.
Por hora de servicio (peón y compresor): 26,00 + IVA euros.
Ordenanza número 16._Cementerio.
Nichos (euros/unidad): 600,00 euros.
Nichos de restos (euros/unidad): 77,00 euros.
Parcelas para edificar panteones (euros/metro cuadrado): 77,00 euros.
Ordenanza número 17._Mercadillo (sin modificación).
Ordenanza número 18._Tele-Cadreita: Etcétera (sin modificación).
Ordenanza número 19._Cursos impartidos para adultos (sin modificación).
Ordenanza número 20._Subvenciones para fines culturales, etcétera (sin modificación).
Ordenanza número 21._Animales domésticos, perros (sin modificación).
Ordenanza número 22._Regulación de tráfico (sin modificación).
Ordenanza número 23._Antenas parabólicas (sin modificación).
Ordenanza número 24._Escuela de música: (sin modificación).
Ordenanza número 24._(Sin modificación).
Ordenanza número 27._(Sin modificación).
Ordenanza número 27._Subvenciones para fines deportivas (sin modificación).
Ordenanza número 28._(Sin modificación).
Quedan aprobadas por unanimidad, lo cual se debe publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, modificada por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, el expediente de modificación de las Ordenanzas, queda sometido a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinarlo y formular, en su caso, las reclamaciones, reparos y observaciones que estimen oportunas. De no presentarse reclamaciones las Ordenanzas modificadas se entenderán aprobadas definitivamente.
Cadreita, 25 de noviembre de 2004
El Alcalde-Presidente, Alfonso Montori Prat.
Código del anuncio: L0500185