BOLETÍN Nº 7 - 17 de enero de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

CADREITA

Aprobación de tasas y precios públicos

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 22 de noviembre de 2004, y al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo:

Aprobar los tipos contributivos a aplicar en el ejercicio de 2005, relativos a impuestos, así como la modificación de las Ordenanzas fiscales relativas a tasas y precios públicos para el mismo ejercicio.

_Contribución territorial urbana. Tipo de gravamen: 0,3000 por 100.

_Contribución territorial rústica. Tipo de gravamen: 0,8000 por 100.

_I.A.E. Recargo municipal: 34,50 por 100.

_Incremento valor terrenos. Coeficiente porcentaje anual: 3,00 por 100. Tipo de gravamen: 20,00 por 100.

_Impuesto de tracción mecánica. Tarifas aprobadas por el Gobierno de Navarra para el 2004.

_Impuesto de construcciones y obras. Tipo gravamen: 5,00 por 100.

En cuanto a las Ordenanzas fiscales, las tasas y precios públicos a regir durante el año 2004 serán los siguientes:

Ordenanza número 1._General (sin modificación).

Ordenanza número 2._Contribuciones especiales (sin modificación).

Ordenanza número 3._Prestación personal y de transporte (sin modificación).

Ordenanza número 4._Expedición y tramitación de documentos.

Certificaciones:

De cualquier documento: 3,20 euros/unidad.

Del estado urbanístico: 3,20 euros/unidad.

De cualquiera otro documento: 3,20 euros/unidad.

Certificación urbanística: (Lo que cobre el técnico).

Otros:

Fotocopias (hasta 10 inclusive): 0,20 euros/unidad.

Fotocopias (más de 10): 0,10 euros/unidad.

Compulsas: 2,00 euros/unidad.

Fax, por cada copia: 2,00 euros/unidad.

Ordenanza número 5._Licencias de apertura.

1.ª instalación de establecimiento: 94,00 euros/unidad.

Traslados de local: 84,00 euros/unidad.

Cambios de titularidad: 94,00 euros/unidad.

Cambios de clasificación: 94,00 euros/unidad.

Ordenanza número 6._Alcantarillado y depuración de aguas.

Tasa empalme red saneamiento: 90,00 + IVA euros/unidad.

Alcantarillado viviendas: 7,75 + IVA euros/unidad.

Ordenanza número 7._Apertura de zanjas y remoción pavimento, aceras y vía pública.

_El metro cuadrado afectado por el importe establecido en el polígono fiscal donde está ubicado, de acuerdo con la nueva ponencia de valoración.

Ordenanza número 8._Utilización instalaciones deportivas.

Abono de temporada:

Abono matrimonios: 73,00 euros/unidad.

Abono mayores de 14 años: 50,00 euros/unidad.

Abono menores, de 8 a 13 años: 36,50 euros/unidad.

Abono menores, de 5 a 7 años: 20,00 euros/unidad.

Abono jubilados y disminuidos: 13,00 euros/unidad.

Abono familia numerosa: 180,00 euros/unidad.

Abonos quincenales:

Abono mayores de 14 años: 50,00 euros/unidad.

Abono menores, de 8 a 13 años: 36,50 euros/unidad.

Abono menores, de 5 a 7 años: 20,00 euros/unidad.

Entrada diaria:

Entrada mayores de 14 años: 4,30 euros/unidad.

Entrada menores de 14 años: 3,20 euros/unidad.

Extravío o robo de pase: 3,00 euros/unidad.

Ordenanza número 9._Suministro de agua.

Disponibilidad de servicio (euros/trimestre): 12,75 + IVA euros.

Suministro (euros/metro cúbico): 0,4040 + IVA euros.

Instalación de acometida a la red de abastecimiento: 90,00 + IVA euros.

Ordenanza número 10._Aprovechamiento vuelo, suelo y subsuelo.

Barracas fiestas:

Autos de choque (día): 32,00 euros.

Tiros (día): 5,30 euros.

Tómbolas y churrería (día): 6,40 euros.

Tío Vivo (día): 5,30 euros.

Autos de choque (fiestas completas): 256,00 euros.

Tiros (fiestas completas): 42,50 euros.

Tómbolas y churrerías (fiestas completas): 51,50 euros.

Tío Vivo (fiestas completas): 42,50 euros.

Vehículos de bar fiestas:

Menos de 6 metros (día): 5,30 euros.

Más de 6 metros (día): 7,00 euros.

Menos de 6 metros (fiestas completas): 42,50 euros.

Más de 6 metros (fiestas completas): 56,00 euros.

Puesto rastrillo:

Por puesto (día): 4,30 euros.

Por puesto (fiestas completas): 34,50 euros.

Otros:

Toldos y carpas (euros/metro cuadrado): 0,65 euros.

Mesas, sillas y veladores (euros/mesa): 19,00 euros.

Más de 7 mesas: 128,00 euros.

Mercadillos (máximo 8 metros/día): 5,30 euros.

Por cada metro adicional utilizado (euros/día): 0,70 euros.

Cerramiento de balcones y terrazas (por metro cuadrado construido): Según polígono fiscal.

Grúas (euros/día): 3,20 euros.

Depósito materiales construcción en la vía pública (euros/metro cuadrado/día): 0,11 euros.

Depósito productos agrícolas en la vía pública (euros/metro cuadrado/día): 0,11 euros.

Depósito materiales construcción en la vía pública (mínimo): 38,20 euros.

Depósito productos agrícolas en la vía pública (mínimo): 38,20 euros.

Aprovechamientos especiales suelo/subs. dominio público (euros/metro lineal): 1,25 euros.

Andamios en la vía pública (euros/metro lineal/día): 1,60 euros.

Andamios en zonas sin urbanizar (euros/metro lineal/día): 0,82 euros.

Ordenanza número 11._Vados.

3 metros lineales de vado (euros/año): 76,50 euros.

Por cada metro adicional (euros/año): 25,50 euros.

Ordenanza número 12._Báscula.

De 0 a 5.000 kilogramos: 0,55 euros.

De 5.001 a 10.000 kilogramos: 0,65 euros.

De 10.001 a 15.000 kilogramos: 0,95 euros.

De 15.001 a 20.000 kilogramos: 1,30 euros.

De 20.000 en adelante: 1,90 euros.

Ordenanza número 13._Apertura zanjas, animales:

La cuota a liquidar será el resultado de aplicar el coste de realización de la zanja en base a la liquidación de I.A.E.

Ordenanza número 14._Cañas para desatastar tubería.

Por unidad y día: 0,36 euros/unidad.

Ordenanza número 15._Alquiler de compresor.

Por hora de servicio (peón y compresor): 26,00 + IVA euros.

Ordenanza número 16._Cementerio.

Nichos (euros/unidad): 600,00 euros.

Nichos de restos (euros/unidad): 77,00 euros.

Parcelas para edificar panteones (euros/metro cuadrado): 77,00 euros.

Ordenanza número 17._Mercadillo (sin modificación).

Ordenanza número 18._Tele-Cadreita: Etcétera (sin modificación).

Ordenanza número 19._Cursos impartidos para adultos (sin modificación).

Ordenanza número 20._Subvenciones para fines culturales, etcétera (sin modificación).

Ordenanza número 21._Animales domésticos, perros (sin modificación).

Ordenanza número 22._Regulación de tráfico (sin modificación).

Ordenanza número 23._Antenas parabólicas (sin modificación).

Ordenanza número 24._Escuela de música: (sin modificación).

Ordenanza número 24._(Sin modificación).

Ordenanza número 27._(Sin modificación).

Ordenanza número 27._Subvenciones para fines deportivas (sin modificación).

Ordenanza número 28._(Sin modificación).

Quedan aprobadas por unanimidad, lo cual se debe publicar en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, modificada por la Ley Foral 15/2002, de 31 de mayo, el expediente de modificación de las Ordenanzas, queda sometido a información pública durante el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que las personas interesadas puedan examinarlo y formular, en su caso, las reclamaciones, reparos y observaciones que estimen oportunas. De no presentarse reclamaciones las Ordenanzas modificadas se entenderán aprobadas definitivamente.

Cadreita, 25 de noviembre de 2004
El Alcalde-Presidente, Alfonso Montori Prat.

Código del anuncio: L0500185