BOLETÍN Nº 65 - 1 de junio de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

OLAZTI/OLAZAGUTÍA

"Convocatoria para constituir, mediante concurso de méritos, una bolsa de trabajo para futuras contrataciones de personal, en régimen laboral, para realizar actividades de formación no reglada, ocio y tiempo libre para los vecinos del municipio

El Alcalde sustituto del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutía, mediante Resolución número 76/2005, de 20 de abril, ha aprobado lo siguiente:

1.º Aprobar la convocatoria para constituir, mediante concurso de méritos, una bolsa de trabajo para futuras contrataciones de personal, en régimen laboral, para realizar actividades de formación no reglada, ocio y tiempo libre para los/as vecinos del municipio.

2.º La convocatoria está abierta a cualquier tipo de actividad que se proponga por parte de las/os aspirantes.

3.º Aprobar las Bases de la convocatoria del concurso de méritos, que se regirá de acuerdo con las siguientes determinaciones:

a) Serán requisitos necesarios para concurrir a dicha convocatoria la posesión, al menos del certificado de escolaridad o equivalente, así como contar con experiencia profesional concreta en actividades de formación no reglada, ocio y tiempo libre, adquirida en las Administraciones Públicas o en Organismos o Entidades dependientes de las mismas.

b) Las/os aspirantes, en el plazo máximo de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, deberán presentar el título académico que posean y los documentos acreditativos de la experiencia profesional en las Administraciones Públicas o en Organismos o Entidades dependientes de las mismas, demostrada en actividades de formación no reglada, ocio y tiempo libre. Los documentos deberán ser originales o compulsados notarial o administrativamente.

c) El Tribunal estará compuesto por:

Presidenta: La señora Alcaldesa de Olazti, doña Blanca Arza Bergerandi, o quien legalmente le sustituya.

Vocales: Los concejales Marcelino Galparsoro Jáuregui, María Carmen López Cavia, Rosa Igoa Mundiñano y una delegada del personal del Ayuntamiento. Actuará como Secretaria del Tribunal, con voz y sin voto, la Secretaria del Ayuntamiento de Olazti/Olazagutía.

d) Constitución de la Bolsa de trabajo. Baremo a aplicar para la selección:

Se elaborará una lista por cada actividad para la que existan aspirantes, en la que se incluirán todas las personas aspirantes a cada actividad, independientemente de la titulación que acrediten, por el orden de puntuación obtenida de acuerdo con el baremo que se especifica:

La valoración de las titulaciones acreditadas se realizará conforme al siguiente criterio:

_Titulo de Licenciado: 10 puntos.

_Título de Diplomada: 8 puntos.

_Título de Técnico Profesional Superior: 6 puntos.

_Título de Técnico Especialista o equivalente: 4 puntos.

_Título de Técnico Auxiliar o equivalente: 2 puntos.

_Título de Graduado Escolar o equivalente: 1 punto.

Valoración de la experiencia: Por cada año de experiencia acreditada documentalmente en funciones similares a las que son objeto de la convocatoria, en la especialidad a la que se concurre: 1 punto por cada año completo.

Los períodos de experiencia inferiores a un año se valorarán de forma proporcional al tiempo acreditado.

En caso de empate en la puntuación global, tendrá preferencia en el orden de la lista a persona o personas que hayan acreditado más experiencia profesional.

El conocimiento de euskera será valorado como mérito cualificado, con un máximo de 5 puntos. La acreditación del conocimiento de euskera se realizará mediante la presentación del certificado de Aptitud expedido por una Escuela Oficial de Idiomas o por una titulación reconocida oficialmente como equivalente, en cuyo caso se aplicará la máxima valoración de 5 puntos.

4.º Publicar la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en la prensa.

Contra la presente resolución puede interponer los recursos que a continuación se indican:

1.º Potestativamente, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la notificación o publicación de este acto, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó o bien recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación o publicación de este acto.

2.º Recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación o notificación de este acto, ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, salvo en los supuestos previstos en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, que se presentará ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

Olazti/Olazagutía, 20 de abril de 2005
El Alcalde Sustituto, Marcelino Galparsoro Jáuregui.

Código del anuncio: L0512123