BOLETÍN Nº 65 - 1 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

Dirección Provincial del Instituto de Empleo Subdirección de Prestaciones

Cédulas de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Construcciones Ayala Arellano, S.L., con domicilio en calle Milagrosa, 18, (31591-Corella) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don José Ignacio Jiménez Vallés, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-04 a 28-8-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 5.907'12 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 9.346'32 euros, correspondiente al período 26-6-00 a 17-9-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/85 de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.749.142-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona 1 de abril de 2005._El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Canalizaciones y Excavaciones Zarramonza, S.L.L., con domicilio en 31002-Pamplona (calle Aralar, 8-bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Pablo María Arana Mauleón, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 3, 4/03, 6, 7, 8, 9 /03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 7.733'52 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 14.631'12 euros, correspondiente al período 26-1-00 a 12-9-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15.776.897-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Centro Agrario Navarro para Discapacitados S.L., con domicilio en 31512-Fontellas (Finca la Explanación, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador doña Mercedes Sola Fuertes, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-3-03 a 22-4-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.549'26 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 5.260'68 euros, correspondiente al período 1-3-01 a 23-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.611.983-05

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Director Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Centro Agrario Navarro para Discapacitados S.L., con domicilio en 31512-Fontellas (Finca la Explanación, s/n) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Mercedes Sola Fuertes, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-3-03 a 22-4-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.549'26 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 5.260'68 euros, correspondiente al período 1-3-01 a 23-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.611.983-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Director Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Construcciones Lur S.L., con domicilio en 31012-Pamplona (calle Doctor Alejandro San Martín, 1-4.ºA) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Antonio Martínez Cisneros, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-10-02 a 17-7-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 11.152'50 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 19.048'50 euros, correspondiente al período 18-7-97 a 17-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 74.957.811-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Construcciones Lur, S.L., con domicilio en 31012-Pamplona (calle Doctor Alejandro San Martín, 1-4.ºA) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Francisco López Morillas, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-10-02 a 17-7-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 13.581'12 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 21.477'12 euros, correspondiente al período 18-7-97 a 17-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 75.077.54705.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Construcciones Zumaria, S.L., con domicilio en 31200-Estella (calle Lizarra, 45-1.º dcha.) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Hermel Lizardo Güaman Toalombo, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-4-03 a 25-8-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.838'40 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 3.417'60 euros, correspondiente al período 9-5-02 a 4-11-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 4.067634-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa D.A.L. Edificación Civil, S.L., con domicilio en 31195-Ansoáin (calle Ermitapea, 6 con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Maari Maamar, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-6-02 a 10-9-02.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.521'24 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 3.100'44 euros, correspondiente al período 1-6-02 a 17-5-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 3.321.246-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa D'Intimo, S.L., con domicilio en 31195-Aizoáin (Polígono Berriainz, calle E, nave 154) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto la trabajadora doña Lucía Murugarren Roncal, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-02 a 7-1-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 8.786'60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 15.233'00 euros, correspondiente al período 3-11-97 a 7-1-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15.802.753-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa D'Intimo, S.L., con domicilio en 31195-Aizoáin (Polígono Berriainz, calle E, nave 154) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto a la trabajadora doña Glayys Yolanda Arrobo Alberca de Piedra, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 10-1-02 a 7-1-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.636'36 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 5.714'28 euros, correspondiente al período 26-6-00 a 7-1-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 3.044838-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa D'Intimo, S.L., con domicilio en 31195-Aizoáin (Polígono Berriainz, calle E, nave 154) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Irma Alicia Tandazo Huanca, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-02 a 7-1-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.636'36 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 5.785'56 euros, correspondiente al período 19-6-00 a 7-1-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 3.050.338-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Diseño y Fabricaciones Hosto S.L.L., con domicilio en 31192-Mutilva Baja (Pge. Mutilva Baja, calle 03) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don J. Pedro Barrio Goñi, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-3-04 a 31-3-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.636'64 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 8.319'24 euros, correspondiente al período 1-6-02 a 28-6-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 33.419.192-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa E-Learning Chanel, S.L., con domicilio en 31006-Pamplon (calle Río Alzania, 23 of.9) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Joanna Lee Stevens, en cuanto a:

Existir un descubierto a la cotización por desempleo 1-9-02 a 2-9-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 15.477'20 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 26.007'20 euros, correspondiente al período 3-9-97 a 2-9-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 1.477.674-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Encofrados Villaverde, S.L., con domicilio en 31591-Corella (calle Merindades, 9) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don José Andrés Contreras Pérez, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 5-2-04 a 13-4-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.055'14 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 7.933'86 euros, correspondiente al período 3-7-00 a 18-6-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 419/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.817661-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Estructuras y Encofrados Burlada, S.L., con domicilio en 31600-Burlada (calle Faustino Garralda, 12-8.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Jesús María Cornejo Sánchez, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 5-6-03 a 19-12-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.278'10 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.857'30 euros, correspondiente al período 21-8-01 a 19-12-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.812.896-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Ilarcua, S.L., con domicilio en 31012-Pamplona (Pol. Landaben calle C nave B) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Susana Bomba Bronte, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-8-03 a 22-9-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 3.060'18 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 11.484'18 euros, correspondiente al período 23-9-97 a 22-9-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 29.143.776-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Jesús Miguel Cruz Vicente, con domicilio en 31003-Pamplona (calle Bergamín, 18-4.ºizq.) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña María Luisa Rosario Medrano, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 4-7-03 a 31-1-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.020'60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 1.826'40 euros, correspondiente al período 25-8-00 a 30-4-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 3.312.182-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa José Ignacio Aldunate Jiménez, con domicilio en 31014-Pamplona (calle Ciudad de Sueca, 5-bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Izaskun Mindeguía Echeverria, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-9-03 a 27-5-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 5.652'26 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 8.876'06 euros, correspondiente al período 1-6-99 a 27-5-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 33.441.723-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Sudirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa José Javier Redrado Pina, con domicilio en 31530-Cortes (calle Lavadero 61) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Javier Navarro Huerta, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-03 a 2-6-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.942'94 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.522'14 euros, correspondiente al período 24-4-01 a 2-6-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.747.198-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa La Espìga Artesana S.L., con domicilio en 31013-Pamplona (Pag. Comercial Agustinos, calle F, B-7, 15 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don José Manuel Albizu Urroz, en cuanto a:

Por falta de cotización de los salarios de tramitación de 12-4-03 a 25-9-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 5.620'38 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 11.147'58 euros, correspondiente al período 28-6-99 a 25-9-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15.849.491-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Nepote Losantos, S.L., con domicilio en 31014-Pamplona (calle Ustárroz, 18 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador doña Elena María García Leiva, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-03 a 6-3-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 6.437'52 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 18.418'68 euros, correspondiente al período 7-3-97 a 6-3-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 44.620.891-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Nepote Losantos, S.L., con domicilio en 31014-Pamplona (calle Uztárro, 18 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Diego Méndez López, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-1-03 a 6-3-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 8.521'38 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 24.638'40 euros, correspondiente al período 7-3-97 a 6-3-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 15.840.672-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona a 1 de abril de 2005._El Subdirector Provincial Del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Nepote Losantos, S.L., con domicilio en 31014-Pamplona (calle Uztárroz, 18 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Francisco Javier Sola Sánchez, en cuanto a:

Existir un descubiertto en la cotización por desempleo de 1-4-02 a 4-4-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 12.490'80 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 20.386'80 euros, correspondiente al período 5-4-97 a 4-4-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 29.150.670-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Panificadora del Ebro, S.A., con domicilio en 31500-Tudela (calle Fernández Portolés, 1) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña Ana Isabel Arellano Clemos, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-5-03 a 13-7-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 917'16 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 2.636'76 euros, correspondiente al período 19-3-03 a 13-7-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.752.740-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Puertas Inlestar, S.L., con domicilio en 31591-Corella (Avenida Constitución, 20) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Javier Navarro Huerta, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-4-02 a 8-10-02.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.507'38 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.522'14 euros, correspondiente al período 24-4-01 a 2-6-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.747.198-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Rosa María Madrigal Alonso, con domicilio en 31800-Alsasua (calle García Ximénez, 35) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña María Josefa Rodríguez Torrecillas, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 6, 9, 12/02 y 1, 2/03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.707'92 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.286'52 euros, correspondiente al período 9-12-00 a 5-3-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 26.489.193-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Rosa María Madrigal Alonso, con domicilio en 31800-Alsasua (calle García Ximénez, 35-4.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador doña María Cristina Medina Fernández, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-12-02 a 2-7-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 704'76 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 2.283'96 euros, correspondiente al período 16-3-01 a 2-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.732.306-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa S.I.M.A. García Valentín; R. Ramos Borja, con domicilio en 31600-Burlada (calle Nueva, 6, 3.º izq) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Rubén Jiménez Triviño, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-7-04 a 12-8-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.465'40 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.964'40 euros, correspondiente al período 19-11-01 a 12-8-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 44.642.929-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa S.I.T. Martínez Delgado; Martínez Cambo, con domicilio en 31591-Corella (calle Laurel, 18-2.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Míguel Angel Martínez Delgado, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 17-9-01 a 23-12-01 y de 15-1-02 a 17-1-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 231 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 1.810'20 euros, correspondiente al período 21-8-01 a 17-1-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.753.940-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa S.I.T. Martínez Delgado; S. Martínez Cambo, con domicilio en 31591-Corella (calle Laurel, 18-2.º) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Sergio Martínez Delgado, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 14-5-02 a 17-1-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 1.457'40 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 3.036'60 euros, correspondiente al período 2-1-01 a 17-1-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 78.747.461-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Servicios Logísticos Clínicos de Cizur, S.L., con domicilio en 31008-Pamplona (Travesía Acella, 1 Esc., 1 piso bajo, número 14) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Javier Riezu Munárriz, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-7-02 a 31-12-02.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.243'52 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.349'52 euros, correspondiente al período 14-6-99 a 31-12-02, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 29.137.291-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Servicios Logísticos Clínicos de Cizur S.L., con domicilio en 31008-Pamplona (Travesía Acella, 1 Esc. 1 piso bajo, número 14) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Javier Ilzarbe Esteban, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-7-02 a 31-12-02.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 2.693'46 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 4.272'66 euros, correspondiente al período 30-6-97 a 31-12-02, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 33.447.146-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994 de 20 de junio, a la empresa Soslaya S.L., con domicilio en 31004-Pamplona (Plaza Conde Rodezno, 13-8.º dcha) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don Pablo Gómez Suescun, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-4-01 a 9-5-01.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 544'32 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 3.292'80 euros, correspondiente al período 17-9-99 a 29-2-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.677.569-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Taesna de Construcciones 2003, S.L., con domicilio en 31006-Pamplona (calle Pico de Ohri, 1 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al trabajador don/doña Soufiane Nedjai, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 11-12-03 a 25-6-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 4.455'00 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 7.678'80 euros, correspondiente al período 10-9-01 a 25-6-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 3.295.755-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Transporte y Distribución de Servicios S.A., con domicilio en 31110-Pamplona (polígono industrial Talluntxe, nave 1, 35 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador doña María Concepción Marteles Ripa, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-6-02 a 24-8-03.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 8.814'60 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 15.921'00 euros, correspondiente al período 5-8-97 a 4-8-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 72.440.303-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Trikos Distribuidora de Productos Capilares, S.L., con domicilio en 31005-Pamplona (Avenida Zaragoza, 29 bajo) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Oscar Martínez Pérez, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 1-6-01 a 20-9-02.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 8.123'22 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 15.494'22 euros, correspondiente al período 29-7-97 a 28-7-03, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109, de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 29.156.563-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a 1 de abril de 2005._El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, a la empresa Vicha G-03 S.L., con domicilio en 31261-Andosilla (polígono industrial, sector 5, parcela 1) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Aníbal Viedma Vicente, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 26-3-04 a 30-6-04.

Ello implica una responsabilidad de esa empresa de 7.874'28 euros, por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 19.796'40 euros, correspondiente al período 1-7-98 a 30-6-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104,126, 220 y 203 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Si está de acuerdo con la presente notificación, podrá reintegrar la cantidad señalada en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076), comunicando tal ingreso a la dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

De no estar de acuerdo dispone, conforme a lo dispuesto en la letra b) del número 1 del artículo 32 del Real Decreto 625/1985, de 2 de abril ("Boletín Oficial del Estado", número 109 de 7 de mayo), del plazo de 10 días a partir de la notificación de la presente comunicación para formular por escrito las alegaciones que estime pertinentes. Transcurrido dicho plazo se emitirá la correspondiente resolución.

Por otro lado, en cumplimiento en lo dispuesto en el artículo 42.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y por la Orden de 14 de abril de 1999, de desarrollo de dicho artículo, se le comunica también lo siguiente:

El número de expediente que se inicia con esta comunicación es 44.615.513-05.

El Instituto Nacional de Empleo, de acuerdo con el artículo 42.3 de la citada Ley 30/1992, dispone de un plazo de tres meses, desde la fecha del presente acuerdo, para notificarle la resolución pertinente. Transcurrido dicho plazo, según lo establecido en el artículo 44.2 de la misma Ley, se producirá la caducidad del procedimiento y se ordenará el archivo de las actuaciones, sin perjuicio de que el INEM pueda instar el inicio de un nuevo procedimiento, si la acción no hubiera prescrito.

Para cualquier información relativa al estado de su expediente podrá dirigirse a esta Unidad Administrativa.

Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM. Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.4. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a 1 de abril de 2005._El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

Cédula de notificación

Ante esta Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo, se sigue expediente en materia de responsabilidad empresarial al amparo del Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio, a la empresa Ricardo Laiglesia Torres, con domicilio en 31500-Tudela (calle Muro, 15) con el siguiente tenor literal:

Tras el examen realizado por esta Dirección Provincial, se ha comprobado el incumplimiento por parte de esa Empresa de sus obligaciones respecto al la trabajador don Ausra Selveniene, en cuanto a:

Existir un descubierto en la cotización por desempleo de 9-10-03 a 1-1-04.

Esta Dirección Provincial resuelve reconocer una responsabilidad de esa empresa de 1.255'50 euros por el reconocimiento de una prestación o subsidio por desempleo, cuyo titular es el mencionado trabajador, y que asciende a una cuantía de 3.672'90euros, correspondiente al período 16-5-01 a 2-5-04, todo ello de acuerdo con los artículos 104, 126, 220 y 230 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/94 de 20 de junio ("Boletín Oficial del Estado", número 154, de 29-06-94).

Dicha cuantía deberá ser reintegrada en el plazo de 30 días siguientes a la notificación de la presente resolución en la C.A.M.P. de Madrid, en la cuenta de Recursos Diversos Provinciales de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social (callec.: 20384503676000036076)), comunicando tal ingreso a la Dirección del Instituto Nacional de Empleo, mediante el correspondiente justificante.

Se advierte al afectado que puede solicitar a través de su Oficina de Empleo, el aplazamiento o fraccionamiento del pago de la cuantía debida.

Por otra parte transcurrido el citado plazo sin que haya producido el reintegro, el Instituto Nacional de Empleo podrá emitir la correspondiente Certificación de Descubierto, que constituye título ejecutivo suficiente para proceder contra sus bienes y derechos para el cobro en vía de apremio de la responsabilidad empresarial, junto con el recargo por mora.

Si el reintegro o la solicitud en su caso, del aplazamiento o fraccionamiento se realizase antes de la apertura de la mencionada vía de apremio, pero con posterioridad a la finalización del plazo de 30 días reglamentario, la cantidad adeudada se incrementará en 251'10 euros correspondiente al 20% de recargo de mora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Pamplona, a 1 de febrero de 2005._El Subdirector Provincial del INEM: Fdo.: Alejandro Lara Piñero.

Por hallarse la Empresa en paradero desconocido, y de acuerdo con lo que establece el artículo 59.5. de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común de 26 de noviembre de 1992, y a fin de que le sirva de notificación, se hace pública esta cédula, advirtiéndole que el plazo legal de 30 días, se contará a partir del día siguiente al de la inserción de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 1 de abril de 2005
El Subdirector Provincial del INEM, Alejandro Lara Piñero.

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