BOLETÍN Nº 65 - 1 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 81 de la calle descalzos de Pamplona

El Concejal Delegado de urbanismo y vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 30 de marzo de 2005, adoptó la siguiente resolución:

«Visto el informe emitido con fecha 23 de marzo de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre las visitas de inspección al edificio número 81 de la calle Descalzos de Pamplona efectuadas con fechas 22 y 23 de marzo de 2005, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos en la estructura de cubierta:

_Cubierta a dos aguas ligeramente alabeada compuesta por cumbrera y correas paralelas empotradas en muros medianeros de ladrillo, algunas con apoyo en pilastras también de ladrillo.

_Dos correas del lado de la cubieta recayente a la calle descalzos presentan marcado alabeo con rotura en zona central.

_De forma provisional y como medida de urgencia, un vecino hizo una reparación con sargentos y espuma expansiva a todas luces insuficiente para la gravedad del daño.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/1998, de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 81 de la calle Descalzos, que procedan a la ejecución de las siguientes obras en los plazos indicados:

_De inmediato, apuntalamiento de las correas dañadas de la siguiente forma:

_Apuntalar la primera correa (más cercana a la calle Descalzos) descargándola a ambos lados mediante correas paralelas a la dañada y tacos de madera verticales apoyados sobre tablón que apoya sobre estructura portante del falso techo.

_Apuntalar la segunda correa descargándola en un lado mediante correas paralelas a la dañada y puntales verticales apoyados sobre tablón que apoya sobre estructura portante del falso techo.

_Apuntalar la vivienda piso 4.º inmediatamente inferior al bajo cubierta, para descargar y repartir las cargas de la cubierta que las vigas dañadas no pueden soportar.

_En el plazo de quince días:

_Sustitución de correas dañadas.

_Estudio del resto de elementos estructurales de la cubierta, asegurando su estabilidad y sustituyendo piezas si fuera necesario, a criterio del técnico que suscriba el proyecto.

Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de obra.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 212.12 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 5 de mayo de 2005
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0512077