BOLETÍN Nº 65 - 1 de junio de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y ALIMENTACION

Edictos de notificación

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en los artículos 59.1 y 2, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de la Resolución 1937/2004, de 26 de octubre, se procede por el presente a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la vigente Ley de Procedimiento Administrativo.

"RESOLUCION, 1937/2004, de 26 de octubre, del Director General de Agricultura y Ganadería, por la que se termina el procedimiento de reintegro de 845,64 euros, en concepto de pago indebido de ayudas a los productores de ganado ovino-caprino, correspondiente a la campaña 2002, seguido frente a don Saharrea Huarte Juan Felipe.

A consecuencia de los resultados de diversos controles, se procedió por Resolución de 1031/2004, a la iniciación del procedimiento de reintegro de la cantidad indebidamente cobrada en concepto de ayudas a los productores de ganado ovino - por parte de don Saharrea Huarte Juan Felipe, durante la campaña 2002, en base al incumplimiento del artículo 40 del Reglamento 2419/2001, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones generales de aplicación de sistema integrado de gestión y control de determinado régimen de ayudas comunitarias y sus posteriores modificaciones.

Notificada la anterior Resolución el día 24 de junio de 2004, el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legalmente establecido al efecto.

En uso de las atribuciones que me han sido delegadas por Orden Foral 12/2003, de 28 de julio, del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación,

RESUELVO:

1.º Exigir a don Saharrea Huarte Juan Felipe, con NIF 72668847, y domicilio en calle Segonea Ciga, de Baztan, el reintegro de 845,64 euros por las cantidades indebidamente cobradas en concepto de ayudas a los productores de ovino - caprino campaña 2002, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 del Reglamento 2419/2001, de 11 de diciembre de 2001, por el que se establecen disposiciones generales de aplicación de sistema integrado de gestión y control de determinados regimenes de ayudas comunitarias y sus posteriores modificaciones.

2.º La devolución deberá realizarse en cualquier banco o caja de ahorros, mediante el ingreso de la citada cantidad en el número de cuenta 2054 0000 499105483150 denominada" Cuenta específica FEOGA - Garantía Ayudas" antes de transcurrido un mes de la notificación de la presente Resolución.

3.º Contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

4.º Notificar la presente Resolución a don Saharrea Huarte Juan Felipe, al Negociado de pagos del FEOGA - Garantía y a la Sección de Producción Animal, del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación a los efectos oportunos.

Pamplona, 26 de octubre de 2004
El Director General De Agricultura y Ganadería, Andrés Eciolaza Carballo."

Código del anuncio: F0512071