BOLETÍN Nº 65 - 1 de junio de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.5. Estatutos y convenios colectivos

RESOLUCION 277/2005, de 4 de abril, del Director General de Trabajo, del Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se acuerda el Registro, Depósito y Publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del "Anexo del Acta de Constitución de la Comisión Mixta de Salud Laboral en Navarra" (Expediente número 1/2005 [A.I.]).

Visto el texto del "Anexo del Acta de Constitución de la Comisión Mixta de Salud Laboral en Navarra", suscrito con fecha 30-11-04, respectivamente, por la Organización Empresarial "CEN" por una parte y, de otra, por las Centrales Sindicales "UGT" y "CC.OO.".

Hechos:

1. Con fecha de 23 de marzo de 2005, ha tenido entrada en este Departamento el texto del referenciado Anexo al Acta citada, al que se acompaña la solicitud expresa de que se proceda a su registro y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

2. En la tramitación de este expediente se han observado las prescripciones legales y reglamentarias de aplicación.

Fundamentos de Derecho:

1. Este Departamento de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo es competente para ejercer las funciones de registro, depósito y publicación de los Convenios Colectivos de Trabajo, así como de los acuerdos sobre materias concretas e interprofesionales, establecidas en los artículos 83 y 90 del E.T., de conformidad con el Real Decreto 937/1986, de 11 de abril, por el que se traspasan los servicios de trabajo de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra y de acuerdo con el Decreto Foral 334/1996, de 23 de septiembre, por el que se asignan a este Departamento los referidos servicios laborales transferidos.

2. De acuerdo con lo establecido en el artículo 83.3, en relación con el 90, apartados 2 y 3 del mencionado E.T., y en el Real Decreto 1040/1981, de 22 mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, proceden la inscripción registral y publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra del reseñado Anexo.

En su virtud, en uso de las facultades otorgadas por Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral y en el Decreto Foral 49/2005, de 24 de febrero,

RESUELVO:

1. Ordenar la inscripción del citado Anexo al Acta, de fecha 30-11-04, en el correspondiente registro de este Departamento, donde queda en depósito su texto y documentación, con notificación a la Comisión Negociadora.

2. Disponer su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Contra la presente resolución cabe interponer Recurso de Alzada ante el Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación.

La presente Resolución se notificará a los interesados, a los efectos oportunos.

ANEXO AL ACTA DE CONSTITUCION DE LA COMISION MIXTA DE SALUD LABORAL PARA INCORPORAR LAS FUNCIONES DEL DELEGADO DE MEDIO AMBIENTE

En fecha 31 de mayo de 2001 suscribieron el Acta de la Comisión mixta de salud laboral la Asociación Empresarial "CEN" por una parte y, de otra, las centrales sindicales "UGT" y "CC.OO."

La comisión está compuesta por nueve personas, tres personas por cada una de las partes firmantes, y se reglamenta conforme a las normas y procedimientos que en la misma se desarrollan.

Desde esta Comisión Mixta de Salud Laboral se crea y regula la figura del "Delegado de la Comunidad Foral para la prevención de riesgos laborales". En dicho Acta se marcan las funciones y procedimiento de actuación de esta figura.

El 20 de octubre de 2004, el excelentísimo señor don Miguel Sanz Sesma, Presidente del Gobierno de Navarra, don Juan Antonio Cabrero Samaniego, Secretario General de Unión General de Trabajadores (U.G.T) de Navarra, don José María Molinero de Frutos, Secretario General de Comisiones Obreras (CC.OO.) de Navarra, y don José Manuel Ayesa Dianda, Presidente de la Confederación de Empresarios de Navarra, acordaron y suscribieron el III Plan de Empleo de Navarra 2005-2007.

El capítulo 5 de este Plan de Empleo contempla las acciones relativas a Prevención de Riesgos Laborales y, entre ellas, propone la continuación y el reforzamiento de la figura del Delegado de la Comunidad Foral para la prevención de Riesgos Laborales.

En el capítulo 6 de este III Plan de Empleo se introduce lo que se ha denominado "el desarrollo de Políticas Medioambientales". Se establece que la relación existente entre el Medio Ambiente y la Acción Sindical Ambiental, es uno de los objetivos primordiales para integrar el principio de Desarrollo sostenible en las Relaciones Laborales dentro de nuestra Comunidad, así como la necesaria colaboración y participación entre la Administración Foral y los agentes económicos y sociales.

Por ello, se considera necesario incluir el Medio Ambiente como materia específica dentro del Plan Empleo, para iniciar acciones de información, formación y concienciación.

La figura del Delegado de Medio Ambiente para la Comunidad Foral de Navarra, que se crea en este Plan, tiene como característica la de no estar vinculada directamente a una empresa o centro de trabajo, siendo su ámbito de actuación el de la Comunidad Foral. Tendrá como función principal la de informar y formar en el nuevo cambio de cultura medioambiental empresarial, para favorecer con ello la participación de los trabajadores y la empresa y, así mismo, colaborar en la implantación de los Sistemas de Gestión Medio Ambiental y sus Normativas y Reglamentos.

Dicho Delegado de Medio Ambiente, colaborará con los sectores productivos de la comunidad Foral para, a través de su acción formativa e informativa, conseguir el avance necesario en lo social, laboral, industrial y económico, orientándonos inequívocamente hacia el Desarrollo sostenible.

Todo ello con el fin de:

_Que la empresa adopte sistemas de gestión ambiental.

_Conducir la participación de los trabajadores en el sistema de gestión ambiental cuando la empresa decida implantarlo.

_Consolidar la decisión adoptada haciendo que el sistema funcione.

Por todo ello, don José Manuel Ayesa Dianda, Presidente de la confederación de Empresarios de Navarra (CEN), don José María Molinero de Frutos, Secretario General de Comisiones Obreras de Navarra (CC.OO.) y don Juan Antonio Cabrero Samaniego, Secretario General de la Unión General de Trabajadores de Navarra (UGT),

Acuerdan:

_Que al igual que en el caso de los riesgos laborales, la prevención es la orientación básica para evitar los riesgos ambientales.

_Que el camino hacia una producción limpia, es decir no contaminante y respetuosa con el entorno en el uso de los recursos naturales, es también el camino hacia unas condiciones de trabajo y de vida más saludables.

_Que dada la similitud en muchos casos y la inexistencia de fronteras entre salud laboral y medioambiente en el mundo de la empresa, consideran necesario ampliar las competencias de la Comisión mixta creada el 31 de mayo de 2001, dotándola de competencias medioambientales.

Así, los Delegados de la Comunidad Foral para la Prevención de Riesgos Laborales y el Medio Ambiente tendrán las competencias marcadas por esta Comisión mixta, y actuarán en aquellas empresas y/o sectores que sean fijados por esta Comisión Mixta.

Para la intervención por parte de estos Delegados en funciones medioambientales será necesario el consentimiento previo del empresario o su representación. A tal efecto, los Delegados deberán ser acreditados por la propia Comisión con el fin de que presente sus credenciales en la empresa a la que han sido designados.

Sus funciones serán fijadas específicamente por la Comisión Mixta y genéricamente consistirán en:

1. Visitar los lugares de trabajo.

2. Asesoramiento al empresario en todo lo relativo a prevención de riesgos laborales y medio ambiente en la empresa.

3. Participación con la empresa en la mejora de la acción preventiva.

4. Promoción y fomento de la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa vigente en materia medioambiental y de riesgos laborales.

Se solicitará al Gobierno de Navarra que mediante partida presupuestaria regule la dotación para el desarrollo del trabajo de éstos Delegados.

Cada una de las partes representadas en la Comisión Mixta contará con los delegados pertinentes que pongan en marcha el proyecto.

Lo que se acuerda en Pamplona, el 30 de noviembre de 2004._Comisiones Obreras de Navarra, José María Molinero de Frutos._Unión General de Trabajadores de Navarra, Juan Antonio Cabrero Samaniego._Confederación de Empresarios de Navarra, José Manuel Ayesa Dianda.

Pamplona, 4 de abril de 2005
El Director General de Trabajo, José María Roig Aldasoro.

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