BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Instrucción número Tres de Pamplona

E D I C T O

En Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, a 16 de diciembre de 2004.

Se hace saber: Que en este Juzgado se sigue juicio de faltas número 296/200-C por lesiones por imprudencia, habiendo recaído sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

"En Pamplona, a 10 de diciembre de 2004. Doña María Paz Benito Osés, Magistrado-Juez de Juzgado Instrucción número Tres de Pamplona, en nombre del Rey, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa juicio de faltas 296/2004, seguida por una falta de lesiones por imprudencia, sin intervención del Ministerio Fiscal y como implicados Amaia Rodríguez Ortega, Francisco Rodríguez Morenza y Miguel Casas Arias, como denunciantes asistidos del Letrado señor Martín-Crespo y Marta Elena Novelle Vaquero, como denunciada, que no comparece pese a estar citada en legal forma, y Línea Directa Aseguradora, asistida del Letrado señor Zubiri, y,

Fallo: Condeno a doña Marta Elena Novelle Vaquero, como autora responsable de una falta de lesiones por imprudencia, a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de seis euros, que hacen un total de 90 euros, más las costas.

Si el penado no satisface voluntariamente, o por vía de apremio, la multa impuesta, quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias impagadas, que habrá de cumplirse en el centro penitenciario correspondiente.

En materia de responsabilidad civil, deberá indemnizar a Amaia Rodríguez, en la cantidad de 7.275,12 euros, más 18,41 euros importe del collarín; a Miguel Casas, en la cantidad de 7.275,12 euros y a Francisco Rodríguez, en la cantidad de 3.867,31 euros.

De estas cantidades deberá responder de forma directa y solidaria la compañía Línea Directa Aseguradora, a quien se le aplicarán los intereses en la forma prevenida en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, que podrá interponerse en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, en la forma prevista en el artículo 795 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

Y para que sirva de notificación a Marta Elena Novelle Vaquero, hoy en ignorado paradero, expido y firmo el presente.

Pamplona, 16 de diciembre de 2004
La Magistrado-Juez, María Paz Benito Osés.

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