BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona

E D I C T O

En Pamplona, a 26 de noviembre de 2004.

Don J. Miguel Iriarte Barberena, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona.

Hago saber: Que en este Juzgado de Primera Instancia número Dos de Pamplona, se tramita procedimiento de juicio ordinario con el número 721/2004, instados por el Procurador don Joaquín Taberna Carvajal, actuando en nombre y representación de Vizcay Hermanos, S.A., frente a Tecnológicas Canadienses, S.L., en ignorado paradero, en cuyos autos se ha dictado resolución, que contiene el particular del tenor literal siguiente:

"Auto número 665. Magistrado-Juez, don J. Miguel Iriarte Barberena. En Pamplona, a 26 de noviembre de 2004.

Hechos.

Unico: El Procurador don Joaquín Taberna Carvajal, en nombre y representación de Vizcay Hermanos, S.A., presentó escrito al Juzgado Decano, que por turno de reparto correspondió a este Juzgado, por medio del cual interponía demanda de juicio ordinario contra Tecnológicas Canadienses, S.L., en el que exponía los Hechos y Fundamentos de Derecho que estimaba pertinentes y terminaba suplicando al Juzgado dicte sentencia por la que se condene al demandado a pagar a mi mandante la cantidad de cuatro mil quinientos cincuenta y dos euros con veintinueve céntimos (4.552,29) euros de principal, más los intereses legales desde el momento en que se debió cumplir la obligación de pago, es decir desde el 15 de enero de 2003, momento en el que se debió cumplir la obligación de pago y las costas del presente procedimiento que esta parte calcula sin perjuicio de ulterior liquidación en mil quinientos (1.500) euros.

Por auto de fecha 9 de junio, se admitió a trámite la demanda, emplazando a la demandada por veinte días.

Por providencia de fecha 17 de noviembre y no habiendo comparecido la parte demandada dentro del plazo para contestar a la demanda, se declara a dicha parte en situación de rebeldía procesal y se señala para la celebración de la audiencia el día 25 de noviembre, a las once horas. Fecha en que se constituyó S.S.ª en Audiencia Pública, con asistencia del Secretario, al objeto de celebrar la audiencia señalada. No comparece la parte actora a pesar de estar citada en forma, ni la parte demandada, declarada en rebeldía.

S.S.ª manifiesta que de conformidad con el artículo 414.3 de la L.E.C., procede citar auto sobreseyendo el proceso y ordenando el archivo de las actuaciones.

Razonamientos jurídicos.

Unico: Si no comparece a la audiencia ninguna de las partes, se levantará acta haciéndolo constar y el Tribunal, sin más trámites, dictará auto de sobreseimiento del proceso, ordenando el archivo de las actuaciones, artículo 414.3 de la L.E.C.

Visto el artículo citado y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva.

S.S.ª, ante mi el Secretario, dijo: Que debía sobreseer y sobresee el proceso al que dio lugar la demanda interpuesta por el Procurador don Joaquín Taberna Carvajal, en nombre y representación de Vizcay Hermanos, S.A., contra Tecnológicas Canadienses, S.L., en rebeldía, procediendo al archivo de las actuaciones.

Sin condena en costas.

Lo acuerda y firma, doy fe. El Magistrado-Juez, J. Miguel Iriarte Barberena. El Secretario".

Contra este auto cabe recurso de apelación en cinco días.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Tecnológicas Canadienses, S.L., en ignorado paradero, expido y firmo el presente por duplicado, con el fin de que su publicación se realice en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Pamplona, 26 de noviembre de 2004
El Magistrado-Juez, J. Miguel Iriarte Barberena
El Secretario, firma ilegible.

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