BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

ANSOÁIN

E D I C T O

El Ayuntamiento de Ansoáin, en sesión plenaria celebrada el día 29 de diciembre de 2004, acordó establecer, con efectos de 1.º de enero de 2005, los siguientes tipos de gravamen y recargos en los tributos que a continuación se relacionan:

Contribución Urbana. Tipo de gravamen: 0,14 por ciento.

Contribución Rústica. Tipo de gravamen: 0,80 por ciento.

Impuesto sobre Actividades Económicas: Establecer un índice de 1,4 sobre las cuotas mínimas del impuesto.

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras: Tipo de gravamen, 5 por ciento.

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: Se aplicarán los porcentajes anuales máximos previstos en el cuadro que figura en el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas Locales de Navarra, estableciéndose el tipo de gravamen en el 10 por 100 de conformidad con lo establecido en el artículo 176.2 de la misma Ley Foral.

Asimismo, aprobó inicialmente las siguientes Ordenanzas fiscales y de precios públicos, las cuales, cumplidos los trámites reglamentarios, entrarán en vigor el 1 de enero de 2005:

_Fiscal General.

_Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.

_Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

_Expedición y tramitación de documentos.

_Otorgamiento de licencias y realización de actuaciones urbanísticas.

_Otorgamiento de licencias de control de actividades clasificadas e inocuas y de apertura de establecimientos.

_Retirada de vehículos de la vía pública y subsiguiente custodia de los mismos.

_Ejecuciones sustitutorias y órdenes de ejecución.

_Apertura de zanjas, calicatas y calas, en terreno de uso público y cualquier remoción del pavimento o aceras en la vía pública.

_Entrada de vehículos a través de aceras y reservas de vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase.

_Utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local.

_Aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local por las empresas explotadoras de servicios públicos de suministros.

_Prestación del servicio de asistencia y estancia en la Escuela Infantil.

_Utilización de las Piscinas Municipales, Centro Hidrotermal y de las instalaciones complementarias.

_Autotaxis y demás vehículos de alquiler.

_Inspecciones previstas en ordenanzas y acuerdos municipales.

_Contribuciones especiales.

_Celebración de matrimonios civiles.

_Entrada, inscripción o matrícula en cursos y actividades de carácter educativo, cultural, deportivo o social, organizados por el Ayuntamiento y sus Patronatos.

Se somete el expediente a información pública por espacio de 30 días, a contar de la publicación de este edicto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Ansoáin, 30 de diciembre de 2004
El Alcalde, Alfredo García López.

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