BOLETÍN Nº 6 - 14 de enero de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

RESOLUCION 2223/2004, de 15 de diciembre, del Director General de Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se dispone la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 96/2004, de 2 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Esteribar, en el paraje Ollokilanda de Olloki, promovido por el Ayuntamiento de Esteribar.

Mediante Orden Foral 96/2004, de 2 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, se aprobó definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Esteribar, en el paraje Ollokilanda de Olloki, promovido por el Ayuntamiento de Esteribar, condicionando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la aportación de un Texto Refundido de la modificación en el que se incluyan las correcciones señaladas en dicha Orden Foral.

Habiéndose aportado el Texto Refundido exigido y teniendo en cuenta el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procede la publicación de la citada Orden Foral de aprobación definitiva.

En consecuencia, y en uso de las atribuciones que me han sido delegadas por la Orden Foral 1028/1999, de 29 de julio, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

RESUELVO:

1.º Disponer la publicación, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, de la Orden Foral 96/2004, de 2 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Esteribar, en el paraje Ollokilanda de Olloki, promovido por el Ayuntamiento de Esteribar, cuyo texto íntegro se recoge en el ANEXO que se adjunta a esta Resolución.

2.º Señalar que contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Resolución o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

3.º Trasladar esta Resolución al Ayuntamiento de Esteribar y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

A N E X O

ORDEN FORAL 96/2004, de 2 de febrero, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se aprueba definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Esteribar, en el paraje Ollokilanda de Olloki, promovido por el Ayuntamiento de Esteribar.

El Ayuntamiento de Esteribar ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, el expediente descrito en el encabezamiento.

Vista la documentación aportada, así como el informe favorable del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se considera procedente su aprobación definitiva, con las determinaciones señaladas en la parte dispositiva de esta Orden Foral.

En consecuencia, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente el expediente de modificación de las Normas Subsidiarias de Esteribar, en el paraje Ollokilanda de Olloki, promovido por el Ayuntamiento de Esteribar, vinculando su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a la remisión, en el plazo de tres meses, de un Texto Refundido en el que se incluyan las siguientes determinaciones:

A._Vinculación normativa en el texto del documento, de las determinaciones señaladas en la memoria presentada por la Alcaldía.

B._Vinculación explícita en la normativa urbanística escrita y gráfica, de las determinaciones que se afirman vinculantes para el futuro Plan Parcial de Conjunto, tales como el Parque Fluvial, la reserva de infraestructura viaria (Ronda Este), el eje central viario con la sección que ha corregido el Ayuntamiento, el aprovechamiento máximo establecido, aprovechamiento tipo y la ubicación de dotaciones, por considerarse elementos y determinaciones estructurantes, vinculadas a la justificación de las razones que han motivado la modificación del PGOU vigente.

C._Aclaración normativa concreta de los posibles usos del polígono, sin suprimir "la totalidad de la normativa urbanística."

D._Las entreplantas, los sótanos y semisótanos consumen aprovechamiento urbanístico lucrativo (artículo 102 LF. 35/02). Su ignorancia desvirtúa y reduce la cesión del 10% del aprovechamiento al Ayuntamiento.

2.º Señalar que contra esta Orden Foral se podrá interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la presente Orden Foral, tal como se dispone en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

3.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Esteribar, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de febrero de 2004
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

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