BOLETÍN Nº 59 - 18 de mayo de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 3 de la calle Merced de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 25 de febrero de 2005, adoptó la siguiente resolución:

«Visto el informe emitido con fecha 7 de febrero de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 3 de la calle Merced de Pamplona efectuada con fecha 9 de agosto de 2004, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la citada calle, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

_En fachada principal:

_Revoco con zonas desprendidas y riesgo de caída de material.

_Recibido de barandillas de huecos de planta 4.ª en mal estado con pérdida de material de fachada.

_Zonas de fachada en huecos de 1.ª planta con revoco saltado, dejando a la vista elementos de madera.

_Mocheta interior del cuarto piso (lado derecho desde la calle) con caída de revestimiento, dejando tablilla vista.

_En patio interior:

_Paramentos verticales en mal estado de conservación.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/98, de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 3 de la calle Merced, que procedan en el plazo de seis meses, contados a partir de la finalización de las obras de reurbanización de la calle Merced, a la ejecución de las siguientes obras:

_En fachada principal:

_Picado y reparación de zonas de fachada en mal estado, solucionando el revestimiento de piezas de madera, y recuperando el acabado original o "encebollado".

_Recibido de barandillas 4.º piso, eliminando riesgos de caída de material y asegurando su estabilidad.

_Recomposición de mocheta interior de 4.º piso, comprobar el estado de la mocheta del otro hueco.

_En patio interior:

_Picado, revoco y pintura de muros de patio interior.

Antes del inicio de las obras deberán presentar proyecto suscrito por técnico competente y justificante de contratación del Director de obra.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 212.12 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava, número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 19 de abril de 2005
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0510881