BOLETÍN Nº 50 - 27 de abril de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.1. Ordenación del territorio y urbanismo

ORDEN FORAL 263/2005, de 17 de marzo, del Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, por la que se resuelve el expediente de modificaciones del Plan Municipal de Larraun, promovido por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento de Larraun ha presentado ante el Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, para su aprobación definitiva, un conjunto de modificaciones de su planeamiento urbanístico.

Teniendo en cuenta la documentación aportada, así como el informe del Servicio de Ordenación del Territorio y Urbanismo y en uso de las facultades que tengo conferidas por Decreto Foral 42/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda,

ORDENO:

1.º Aprobar definitivamente las modificaciones del Plan Municipal de Larraun que a continuación se relacionan:

_Consolidación de la casa Etxarrienea como vivienda en suelo no urbanizable de Errazkin.

_Clasificación como suelo urbano de los terrenos de la parcela 275 del polígono 25 de Madotz.

_Creación de un nuevo sector de suelo urbanizable, Sector MU-1 de Mugiro.

_Ordenanzas del artículo 28 de regulación de canteras y actividades mineras.

_Número máximo de plantas y alturas de la edificación de las explotaciones ganaderas.

2.º Denegar la aprobación definitiva de la modificación de la parcela 274 del polígono 25 de Madotz, consistente en clasificar la citada parcela como suelo urbano, por carecer de los servicios urbanísticos básicos en las condiciones señaladas en el Decreto Foral 589/99.

3.º Señalar que contra esta Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes. Y contra el expediente se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente Orden Foral o, en su caso, publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Notificar esta Orden Foral al Ayuntamiento de Larraun, al Concejo de Errazkin, al Concejo de Madotz, al Concejo de Mugiro y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

Pamplona, 17 de marzo de 2005
El Consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, José Andrés Burguete Torres.

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