BOLETÍN Nº 34 - 21 de marzo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

LESAKA

Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Lesaka, en régimen laboral

El Pleno del Ayuntamiento de Lesaka, en la sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2004, aprobó la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Lesaka, de carácter laboral, y su tramitación reglamentaria.

B A S E S

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Lesaka.

1.2. La persona que, tras superar las correspondientes pruebas selectivas, resulte nombrada para cubrir las plazas convocadas, será encuadrada en el nivel o grupo D y percibirá las retribuciones y complementos previstos en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Lesaka, quedando adscrito al departamento u organismo autónomo que el Ayuntamiento inicialmente decida y que posteriormente podrá variar libremente.

1.3. El nombramiento conferirá al designado el carácter de trabajador fijo de nómina y plantilla en régimen laboral y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en el referido régimen.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos al presente concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los requisitos siguientes:

_Tener la nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

_Ser mayor de edad.

_Hallarse como mínimo en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente.

_No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

_No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

2.2. Los anteriores requisitos deberán ser acreditados por los aspirantes aprobados que obtengan puesto de trabajo en el plazo y forma previstos en la base novena de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Lesaka (Plaza Zaharra, número 1, 31770 Lesaka) en el plazo de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria, que será facilitado a través Infolocal, marcando el teléfono 012, si se llama desde Navarra, o marcando el teléfono 948 637 005 si se llama desde fuera de Navarra, y en ellas los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

3.2. Los aspirantes deberán alegar los méritos que, de conformidad con lo establecido en la Base séptima de esta convocatoria, hayan de ser valorados por el Tribunal calificador.

3.3. Los méritos alegados deberán probarse con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no presentados en caso contrario. La no presentación de esta documentación en el plazo y forma establecidos para las instancias, supondrá la no valoración de los méritos.

3.4. A la instancia deberán adjuntarse los siguientes documentos:

_Los que acrediten los méritos alegados por los aspirantes, ordenados conforme a lo expuesto en la Base séptima de esta convocatoria.

_Justificante de haber abonado a través de entidad bancaria la cantidad de 5 euros en concepto de formalización del expediente y derechos de examen.

Estarán exentos del pago de la tasa:

a) Las personas con discapacidad reconocida, de grado igual o superior al 33 por 100, que acrediten tal condición mediante fotocopia debidamente compulsada del documento expedido por órgano competente.

b) Las personas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo de, al menos, un mes anterior a la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que durante el período de inscripción no hayan rechazado oferta de empleo adecuado, ni se hayan negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional, lo que se acreditará mediante certificación expedida por la correspondiente Oficina de Empleo.

3.5. El plazo señalado para la presentación de solicitudes será improrrogable.

3.6. Los aspirantes con discapacidad reconocida podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia, expresar en hoja aparte la discapacidad que padecen y las adaptaciones solicitadas, y adjuntar la acreditación original o fotocopia compulsada de la condición legal de discapacitado, expedida por órgano competente.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma Resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5._Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Don Juan Fermín Michelena Larralde, Alcalde del Ayuntamiento de Lesaka.

Suplente: Doña Laura Yanci Michelena, Primera Teniente de Alcalde del Ayuntamiento deLesaka.

Vocal: Don Angel Díez del Villar, nombrado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Suplente: Don José Vidal Cobos, nombrado por el Departamento de Administración Local del Gobierno de Navarra.

Vocal: Doña Mercedes Melero Echauri, nombrada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Suplente: Doña María Jesús Eugui Iraizoz, nombrada por la Federación Navarra de Municipios y Concejos.

Vocal: -.

Suplente: -.

Vocal: Don Modesto Maia Larretxea, oficial administrativo del Ayuntamiento de Lesaka, designado por los empleados del mismo.

Suplente: Doña Elsa Tapia Legaria, interventora del Ayuntamiento de Lesaka, designada por los empleados del mismo.

Vocal-secretario: el del Ayuntamiento de Lesaka don Andoni Esparza Leibar.

Suplente: Doña María José Larráyoz Aríztegui, secretaria de la Agrupación de ayuntamientos de Arantza e Igantzi.

El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas.

5.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente de aquéllas.

6._Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes Bases.

6.2. La oposición dará comienzo en el mes de mayo de 2005, aproximadamente, en la fecha, lugar y hora que se determine en la Resolución que se menciona en la Base 4.3.

Posteriormente, el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de los distintos ejercicios, en la forma reglamentaria.

7._Fase de concurso.

7.1. La puntuación máxima otorgada a la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, será de 30 puntos, distribuidos conforme al Anexo II en los apartados siguientes:

_Servicios prestados: Máximo 20 puntos.

_Titulación académica: Máximo 10 puntos.

7.2. El Tribunal podrá solicitar en cualquier momento aclaraciones y datos complementarios sobre los méritos alegados por los concursantes.

El Tribunal valorará los méritos de cada aspirante por cada uno de los apartados señalados sin que en ningún caso pueda dar por supuesta la concurrencia de un mérito que no hubiese sido alegado o que no hubiese sido acreditado documentalmente, ni pueda otorgar por cada uno de los apartados puntuación superior a la máxima señalada.

7.3. Al término de la fase de concurso el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida por cada uno de los aspirantes. Esta información se podrá obtener a través de Infolocal, marcando el teléfono 012, si se llama desde Navarra, o marcando el teléfono 948637005 217 012 si se llama desde fuera de Navarra.

La puntuación obtenida en la fase de concurso, se sumará a la total obtenida en la fase de oposición, resultando de este modo la puntuación total del concurso-oposición.

8._Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

a) Primer ejercicio: Conocimiento hablado y escrito de euskera. Estarán exentos de participar en la misma quienes tengan el título EGA o equivalente.

b) Segundo ejercicio: Realización de una prueba escrita sobre la materia comprendida en el temario del Anexo III, que consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario o preguntas, con respuestas alternativas, de las que una sola de ellas podrá ser considerada correcta.

c) Tercer ejercicio: Consiste en una prueba escrita sobre la materia comprendida en el temario del Anexo IV, que consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas, con respuestas alternativas, de las que una sola de ellas podrá ser considerada correcta.

d) Cuarto ejercicicio: Realización de una prueba práctica de procesador de textos. Se valorará la velocidad y corrección de la escritura.

e) Quinto ejercicio: Consiste en la realización de pruebas psicotécnicas para la determinación del grado de adecuación de los aspirantes a las exigencias del perfil profesiográfico del puesto de trabajo.

La primera de estas pruebas será efectuada por la Mancomunidad de Euskera de Bortziriak y la quinda por el Servicio de Psicología Aplicada del Instituto Navarro de Administración Pública. La puntuación que los técnicos de las dos entidades referidas asignen a cada uno de los opositores, vinculará al Tribunal calificador del concurso-oposición.

8.2. La valoración de los ejercicios de la oposición, que serán eliminatorios, podrá alcanzar hasta un máximo de 70 puntos, quedando distribuidos de la forma siguiente:

_Primer ejercicio: no tendrá puntuación, siendo calificado como apto o no apto. Serán eliminados los aspirante que no obtengan la calificación de apto o no presenten la titulación señalada.

_Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 25 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 12,5 puntos.

_Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 15 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 7,5 puntos.

_Cuarto ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 5 puntos.

_Quinto ejercicio: Hasta un máximo de 20 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen 10 puntos.

8.3. Los ejercicios segundo y tercero de la oposición se podrán realizar en una misma jornada y se efectuarán tal y como determine el Tribunal Calificador.

El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento las calificaciones, así como la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas.

8.4. La convocatoria para cada ejercicio será mediante llamamiento único, al que los aspirantes deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente, quedando excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

9._Relación de aprobados, presentación de documentos y retirada de documentación.

9.1. Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en el concurso y en los distintos ejercicios de la oposición, así como la propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes con mayor puntuación que tengan cabida en las nueve plazas convocadas. Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

9.2. En caso de producirse la renuncia expresa al nombramiento de algún aspirante propuesto, se entenderá ampliada la propuesta de nombramiento al siguiente o siguientes aprobados con puntuaciones sucesivas.

9.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la comunicación de la propuesta de nombramiento, los aspirantes incluidos en la misma deberán aportar en el Ayuntamiento los siguientes documentos:

_Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

_Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2 de la convocatoria o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

_Certificado Médico Oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

_Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

_Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

_Los aspirantes al turno restringido deberán aportar además, certificación de su Administración anterior, acreditativa de los requisitos requeridos en el apartado 2.1.2. de la convocatoria.

9.4. Si dentro del plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, alguno de los aspirantes no presentara dichos documentos, no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudiera haber incurrido por falsedad en su instancia.

9.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

9.6. La documentación aportada podrá retirarse por los aspirantes siempre que no se haya interpuesto reclamación o recurso, previa petición expresa en tal sentido. La solicitud de retirada podrá presentarse durante un plazo de tres meses, una vez transcurridos previamente otros tres desde la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la resolución de nombramiento.

Transcurrido el plazo señalado en el apartado anterior sin haberse retirado la documentación, se entenderá que el aspirante renuncia a su recuperación, decayendo en su derecho a ello y procediéndose a su destrucción.

Cuando exista reclamación o recurso, la documentación aportada será retenida para su comprobación y estudio. Su retirada se producirá en el momento en que la tramitación de la reclamación o recurso lo permita.

9.7. Con la relación de aspirantes aprobados se elaborará una lista de mayor a menor puntuación para posibles contrataciones temporales por el Ayuntamiento de Lesaka.

La citada lista tendrá una duración de cuatro años.

10._Nombramiento y toma de posesión.

10.1. El Alcalde nombrará, mediante Resolución, Auxiliar Administrativo en régimen laboral del Ayuntamiento de Lesaka al aspirante que hubieren dado cumplimiento a lo dispuesto en el apartado anterior.

10.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

10.3. Los aspirantes nombrados deberán tomar posesión del cargo en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomaran posesión, perderán todos sus derechos para la adquisición de la condición de trabajador del Ayuntamiento de Lesaka. En tal supuesto, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1. procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

11._Recursos.

11.1. Contra la presente Convocatoria, sus Bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse, optativamente, uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

_Recurso contencioso-administrativo establecido en la legislación general, ante el órgano competente de dicha jurisdicción, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido, comunicando previamente al órgano autor del mismo la intención de recurrir.

_Recurso de alzada directamente ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

11.2. Contra los actos del Tribunal Calificador se podrá interponer recurso de alzada ante el señor Alcalde, dentro del mes siguiente a la fecha de notificación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ......................... mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número ............., con domicilio actual en población ................, provincia ............., calle ................... código postal ............., teléfono .............

Ante V.I. comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Auxiliar Administrativo del Ayuntamiento de Lesaka, en régimen laboral.

Que no está incurso en ninguna de las incapacidades establecidas en las disposiciones vigentes.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Que ha abonado los derechos de examen, que ascienden a 5 euros, en los términos establecidos en la convocatoria y se acompaña el correspondiente resguardo, o acredita, mediante documentación adjunta, supuesto de exención del pago de la tasa.

Que padece discapacidad, por lo que solicita las adaptaciones que se señalan, por los motivos que se expresan. (En folio aparte se especificarán las adaptaciones solicitadas y los motivos de la petición).

Que aporta documentación acreditativa de la condición de discapacitado, expedida por organismo competente.

Número de páginas que se adjuntan a la presente instancia

Por lo expuesto,

Solicita se sirva admitir la presente solicitud y en su virtud tenga al/la suscribiente por admitido/a a la convocatoria antes mencionada.

En ....................... a ............ de ................ de 2005

(Firma del solicitante)

SEÑOR ALCALDE PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE LESAKA.

ANEXO II

Baremo para la valoración de los méritos

1._Servicios prestados.

a) Puestos de trabajo de Administrativo (Oficial o Auxiliar) desempeñados en Municipios: 6 puntos por año trabajado (0,5 puntos por mes).

b) Puestos de trabajo de Administrativo (Oficial o Auxiliar) desempeñados en otras Administraciones Públicas: 3 puntos por año trabajado (0,25 puntos por mes).

Si el número de años no fuese entero, se asignará a los aspirantes la puntuación que proporcionalmente corresponda a los días que hayan prestado servicio.

La puntuación correspondiente a este apartado primero no podrá ser superior a 20 puntos.

2._Titulación académica.

a) Por estar en posesión del título de Técnico Superior de la familia Profesional Administrativa o de la familia Profesional Informática: 6 puntos.

b) Por estar en posesión de otros títulos de Técnico Superior o Bachillerato Superior: 4 puntos.

c) Por estar en posesión de titulación académica oficial de grado medio: 2 puntos.

No se valorarán los títulos cuya posesión sea requisito indispensable para la consecución de otros de superior rango académico que se aleguen como mérito y sean objeto de valoración específica en el baremo. Asimismo, tampoco podrá ser objeto de valoración el título que sirva como requisito para poder concurrir a la convocatoria de acuerdo con lo previsto en la Base 2.1.

La puntuación correspondiente a este apartado tercero no podrá ser superior a 10 puntos.

ANEXO III

Temario del segundo ejercicio de la fase de oposición

Tema 1._La Constitución Española de 1978. Génesis y caracteres. Estructura y contenido. La organización territorial del Estado.

Tema 2._La Administración Local. El Municipio: Población, competencias, organización y funcionamiento. Entidades locales de Navarra.

Tema 3._El Reglamento: Concepto general. Ordenanzas y Reglamentos municipales: Requisitos y clases.

Tema 4._Características y principios generales del procedimiento administrativo. Su iniciación e impulso. La legitimación.

Tema 5._Procedimiento administrativo: Informes y sus clases. Alegaciones: Clases, supuestos y formas. Los interesados.

Tema 6._La notificación de los actos administrativos. Plazos y formas. La publicación: Forma y supuestos.

Tema 7._Recursos administrativos: Características y régimen legal. Especialidades de Navarra.

Tema 8._Los Presupuestos Municipales: Estructura. Trámites de aprobación y modificación.

Tema 9._El Texto Refundido del Estatuto del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra: Estructura y tipos de personal.

Tema 10._Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra: Recursos de los Ayuntamientos. Las Tasas.

ANEXO IV

Temario del tercer ejercicio de la fase de oposición

Tema 1._Conceptos elementales sobre informática básica: Hardware, sofware y sistemas operativos. Conceptos elementales sobre Internet y Correo Electrónico.

Tema 2._Conceptos elementales sobre Windows 98 y Windows NT Workstation. El escritorio y sus elementos: el administrador de programas; el explorador de Windows: el panel de control; el administrador de impresión; el botón Inicio; la carpeta Inicio; la barra de tareas; el comando ejecutar; usuarios NT; conectarse a un servidor NT.

Tema 3._Procesadores de textos: Conceptos fundamentales. Microsof Word 97 para Windows: El área de trabajo; escribir y editar; formato de texto; diseño de página y composición; Estilos; plantillas; herramientas; tablas; administración de archivos; trabajar con campos; imprimir.

Tema 4._Hojas de cálculo: Conceptos fundamentales. Microsoft Excel 97 para Windows: Conceptos básicos; libros de trabajo; hojas; celdas; selección de celdas y comandos; introducción de datos; creación de fórmulas y vínculos; uso de funciones; edición de una hoja de cálculo; formato; gráficos; imprimir.

Tema 5._Bases de datos: Conceptos fundamentales. Microsoft Access 97 para Windows: Fundamentos: tablas; consultas; formularios; informes; imprimir.

Lesaka, 10 de diciembre de 2004
El Alcalde Presidente, Juan Fermín Michelena Larralde.

Código del anuncio: L0502432