BOLETÍN Nº 34 - 21 de marzo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ARTAJONA

Integración del personal laboral fijo en el estatuto del personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra

El Pleno del Ayuntamiento de Artajona en sesión celebrada el pasado 28 de enero de 2005 adoptó el siguiente acuerdo:

Visto que este Ayuntamiento en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2004, acordó iniciar el proceso de integración de su personal laboral en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, abriendo un plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la publicación del correspondiente acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, que se produjo el 10 de noviembre de 2004, a fin de que los trabajadores interesados presenten su solicitud.

Visto que durante el plazo abierto para tal fin presentaron sus solicitudes en las dependencias municipales los siguientes trabajadores:

_Don Juan Antonio Garciandía Satrústegui.

_Don José Javier Martinena Vital.

_Doña María Laura Oficialdegui Zudaire.

Vistos los informes de Secretaría elaborados al respecto de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto Foral 258/2004, de 5 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de integración del personal laboral fijo de las entidades locales de Navarra, en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, así como el informe complementario elaborado por el Departamento de Administración Local.

Se acuerda por unanimidad de los presentes:

Primero._Acordar la integración del personal de régimen laboral fijo de este Ayuntamiento, cuya relación figura como anexo a la presente Resolución, en el Estatuto del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, previsto en el artículo 5.º del Decreto Foral 258/2004, de 5 de julio.

Segundo._El personal que adquiere la condición de funcionario, continuará con el sistema de seguridad social y de previsiones sociales que le venía siendo aplicado y seguirá adscrito al puesto de trabajo que viniera desempeñando.

Tercero._Las retribuciones aplicables a este personal, serán las establecidas para los funcionarios en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra y disposiciones en desarrollo.

Cuarto._La fecha en que se producirá efectivamente la integración será la misma para todo el personal, siendo efectiva 1 de enero de 2005.

Quinto._Dar traslado de la presente Resolución a los interesados, y publicarla en el BOLETIN OFICIAL de Navarra con expresión de la relación de los puestos de trabajo, nivel, antigüedad que tuvieran reconocida y grado funcionarial que corresponda.

A N E X O

_Don Juan Antonio Garciandía Satrústegui, Empleado de Servicios Múltiples. Conserje. Nivel D. Antigüedad 9 de octubre de 1995. Grado 2.

_Don José Javier Martinena Vital. Empleado de Servicios Múltiples. Obrero Oficial 2.ª Nivel D. Antigüedad 24 de julio de 2000. Grado 1.

_Doña María Laura Oficialdegui Zudaire. Auxiliar Administrativa. Nivel D. Antigüedad 18 de noviembre de 2004. Grado 1.

Lo que se publica para general conocimiento de los interesados.

Artajona, 10 de febrero de 2005
El Alcalde, Pedro María Egea Ortiz.

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