II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.3. OTRAS DISPOSICIONES
2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales
GARDE
Tipos de gravamen para el año 2005
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra, el Pleno del Ayuntamiento de Garde, en sesión celebrada el día 16 de diciembre de 2004, adoptó el siguiente acuerdo:
1._Fijar en el 0,1679 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial urbana.
2._Fijar en el 0,4970 por ciento el tipo de gravamen para la exacción de la contribución territorial rústica.
3._Fijar en el 2 por ciento el tipo de gravamen para la exacción del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
4._Respecto al impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicar los porcentajes mínimos establecidos en los artículos 175 y 176 de la Ley Foral 2/1995.
5._Aplicar el índice 1 a las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.
Este acuerdo entrará en vigor el día 1 de enero de 2005 y contra el mismo se pueden interponer los recursos oportunos.
Garde, 3 de febrero de 2005
El Alcalde, José Javier Echandi Sarriés.
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