BOLETÍN Nº 28 - 7 de marzo de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

RESOLUCION 301/2005, de 9 de febrero, del Director General de Administración Local, por la que se aprueba el texto de la convocatoria de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la realización de actividades de fomento y desarrollo de la calidad e innovación de los servicios públicos locales, que se realicen durante el año 2005.

El Departamento de Administración Local, en cumplimiento de uno de sus objetivos estratégicos, ha venido impulsando desde el año 2001 diversas convocatorias de ayudas a las Entidades Locales de Navarra, con el objetivo de fomentar y desarrollar la calidad e innovación de los servicios públicos locales.

La orientación de dichas convocatorias fue principalmente la de dar respuesta a las necesidades de aquellas Entidades Locales que estaban planteando iniciativas para la puesta en marcha de nuevos sistemas de atención a la ciudadanía y de fomento y desarrollo de la calidad e innovación de sus servicios públicos.

Durante ese mismo periodo 2001-2004, se han desarrollado diversas actuaciones por el Departamento de Administración Local con el objetivo de apoyar y fomentar iniciativas de mejora de la calidad de los servicios públicos de las entidades locales y de adaptación de los mismos a la Sociedad de la Información y Conocimiento.

Asimismo el Departamento de Administración Local ha colaborado con diversas unidades del Gobierno de Navarra que inciden en el desarrollo del Sector Local con el objetivo de crear sinergias positivas. En este aspecto cabe destacar la relación con el Departamento de Bienestar Social (Instituto Navarro de Bienestar Social, Dirección General de la Familia, Instituto Navarro de la Mujer, Instituto Navarro de Deporte y Juventud) que ha permitido identificar oportunidades para el impulso de actuaciones conjuntas. Como por ejemplo el desarrollo de políticas de igualdad, Carta de Servicios, Sistemas de Información ...

Fruto de dicho análisis y de la experiencia adquirida a través de las convocatorias de ayudas citadas, se ha procedido a elaborar una nueva convocatoria de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la realización de actividades de fomento y desarrollo de la calidad e innovación de los servicios públicos locales.

Esta convocatoria hace hincapié en la conveniencia de que las acciones de mejora que se realicen respondan a un planteamiento coherente y global, por lo que se ha estructurado para que sirva como marco que dé cobertura, de forma integrada, tanto a acciones del área tecnológica como del área de calidad y organización. Asimismo, se han introducido nuevos conceptos financiables para dar respuesta a la dinámica de cambios conceptuales que se están produciendo tanto en el entorno tecnológico como en el de calidad.

Por cuanto antecede, y en virtud de las atribuciones delegadas por Orden Foral 272/2003, de 13 de agosto, del Consejero de Administración Local,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de ayudas a Entidades Locales de Navarra para la realización de actividades de fomento y desarrollo de la calidad e innovación de los servicios públicos locales, que se realicen durante el año 2005, y las bases reguladoras de las mismas, que se recogen en el Anexo a esta Resolución.

2.º Aprobar el siguiente régimen financiero del gasto derivado de la convocatoria de subvenciones: 223.152 euros con cargo a la Partida Económica 211001 21500 4600 942300 "Plan de calidad y modernización"; y 217.876 euros con cargo a la partida 211001 21500 7600 942302 "Fomento de los sistemas de información del sector local"; todas ellas del presupuesto del año 2005.

3.º Publicar la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5.º Trasladar esta Resolución al Centro Contable del Departamento de Administración Local y al Servicio de Calidad y Modernización.

A N E X O

Bases reguladoras

1. Objeto de las ayudas.

Apoyar aquellas iniciativas y actuaciones que fomenten la calidad, organización e innovación de los servicios públicos locales, que se realicen durante el período 2005, de acuerdo a las condiciones establecidas en este anexo, y a los ámbitos de actuación que se citan en el apartado 3 de las bases reguladoras de esta convocatoria. Como excepción podrá subvencionarse el coste oficial de adquisición de los dominios.es adquiridos en el año 2004.

2. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las ayudas objeto de esta convocatoria todas las Entidades Locales de Navarra.

3. Actuaciones y ámbitos a subvencionar.

3.1. Disposiciones generales.

Las actuaciones susceptibles de recibir ayudas de tipo económico deberán diseñarse y desarrollarse de acuerdo a lo especificado en las Guías Técnicas correspondientes, las cuales se pueden recoger en el Servicio de Calidad y Modernización del Departamento de Administración Local, así como consultar y/o descargar desde la página Web de dicho Departamento: www.cfnavarra.es/info-local/Calidad.

No será objeto de ayudas las actuaciones que hayan sido subvencionadas por los mismos conceptos en anteriores convocatorias, a excepción de actualizaciones en proyectos ya desarrollados. Aquellas iniciativas a las que se les reconozca el derecho a ayuda y no se desarrollen durante el año 2005, no podrán ser objeto de ayuda en convocatorias posteriores, a no ser que con anterioridad a la finalización del citado año se justifique la imposibilidad de realización.

3.2. Ambitos de actuación y cuantías.

Las actuaciones a subvencionar están enmarcadas en dos ámbitos de actuación: área 1, Tecnologías de la información y comunicación, y área 2, Calidad y Organización. El límite máximo de ayuda para cada Entidad Local, para cada una de las áreas será de 27.000 euros.

Area 1 Tecnologías de la información y comunicación

A._Base de datos de información 012 Info-Local.

Adquisición de ordenador y router (uno por entidad) o cortafuegos necesarios para la incorporación de la Base de Datos de Información del proyecto "012 Servicio municipal de atención telefónica ciudadana" a la Entidad Local, de forma que las Entidades tengan acceso a la información contenida en dicha Base de Datos.

Se subvencionará hasta un 100% del coste de adquisición del primer equipo, con un límite de subvención de 2.200 euros, o de 3.700 euros, si precisa cortafuegos.

B._Extensión de la BDI 012 Info-Local en la Organización.

Adquisición del equipamiento necesario para extender la BDI del proyecto "012 Info-Local" entre los puestos de trabajo de las áreas de la Entidad Local, de forma que esté disponible para la consulta y actualización.

Se subvencionará hasta un 100% del costo de adquisición del equipamiento informático necesario para la extensión de la BDI con un límite de 6.000 euros por entidad.

C._Puntos de información.

C.1._Adquisición de puntos de información.

Adquisición de un kiosco de Información por Entidad Local, siempre que incorporen la información y trámites contenidos en la Base de Datos de Información del 012 y que contemplen, además, la incorporación en lugar visible del logotipo de "Infolocal" (red de kioscos). Se podrá subvencionar la adquisición de un segundo kiosco si se diera alguno de los siguientes supuestos: Poblaciones de mas de 15.000 habitantes; dispersión geográfica; y proyectos de interés general para el sector local de Navarra.

.Para el primer punto de información que se instale, un 100% de subvención, según se trate de punto de información:

_con tarjeta de red: 11.400 euros.

_con RDSI: 11.900 euros.

_con tecnología VPN (ADSL/Cable): 12.900 euros.

.Para el segundo punto de información, se concederá, para cada una de las opciones señaladas en el párrafo anterior, un 50% de subvención, es decir, 5.200 euros, 5.950 euros y 6.450 euros, respectivamente.

C.2._Incorporación de contenidos en puntos de información.

Adquisición y/o desarrollo del software necesario para la incorporación de nuevos contenidos en los puntos de información existentes en la Entidad Local, siempre que éstos incorporen información de la Base de Datos de Información del servicio 012 Infolocal.

Se subvencionará hasta un 100% del coste de la actuación, con un límite de 9.000 euros.

D._Puntos de acceso público a Internet.

Adquisición de uno u dos ordenadores y router o cortafuegos, que permitan la instalación de un punto de acceso público a Internet, disponibles para la ciudadanía.

Se subvencionará hasta un 50% del coste de la actuación, con un límite de 4.500 euros.

E._Sistema de Acreditación.

Adquisición del equipo necesario para poner en marcha un Sistema de Acreditación mediante Tarjetas, según las especificaciones y características de la tarjeta diseñada por el Departamento de Administración Local (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 92, de fecha 30/07/2001), para que sean utilizables en puntos de información, piscinas, polideportivos, etc. Los elementos contemplados son: router o cortafuegos, ordenador, impresora, web-cam, lector y lector grabador.

Se subvencionará una instalación por Entidad Local, salvo en el caso de entidades que tuvieran dos o más locales o dependencias en los que emplear el sistema de acreditación, en cuyo caso podrá subvencionarse una segunda instalación.

_Para la primera instalación: Hasta el 100% de ayuda para los elementos señalados en el párrafo anterior, con un límite de ayuda de 4.400 euros, si la instalación precisa de router y de 5.500 euros si la instalación necesita cortafuegos.

_Para la segunda instalación:

Hasta el 50% de ayuda para los elementos señalados en el párrafo anterior, con un límite de ayuda de 2.200 euros, si la instalación precisa de un router y de 2.750 euros si la instalación necesita cortafuegos.

Asimismo, la Entidad Local podrá adquirir el equipamiento necesario para instalar el sistema de acreditación en la Biblioteca Pública de la red del Gobierno de Navarra ubicada en su demarcación municipal. Dicho equipamiento estará compuesto por impresora termográfica, impresora de etiquetas, web-cam y lector grabador. Será subvencionado hasta el 100% con un límite de ayuda de 3.000 euros.

F._Sistemas de gestión/tramitación vía Internet.

Adquisición del equipamiento y software necesarios para implantar sistemas de gestión y tramitación a través de Internet.

Hasta un 50% del costo de la inversión, con un límite de ayuda de 3.000 euros por entidad.

La ayuda podrá alcanzar un 100% del coste, con un límite de ayuda de 9.000 euros, si la iniciativa integra gestión y tramitación con el servicio "012 Infolocal", y/o firma digital.

G._Implantación de sistemas de Atención a la Ciudadanía.

Adquisición del equipamiento informático y de comunicaciones necesario para la puesta en marcha de Oficinas presenciales de Atención a la Ciudadana, siempre que estén coordinados con el servicio "012 Infolocal".

Se concederá un 75% de ayuda, con un límite de 6.000 euros.

H._Conectividad "012 Infolocal"-Entidades Locales.

Adquisición del equipamiento informático y de comunicaciones necesario para garantizar la conectividad de las Entidades Locales con el servicio "012 Infolocal".

H.1._Centralitas.

Adquisición de centralitas digitales o ampliación de las ya existentes, compatibles con la infraestructura del servicio 012 Infolocal.

Se concederá un 100% de ayuda, con un límite de 9.000 euros.

H.2._Conectividad.

Adquisición del equipamiento necesario para garantizar la conectividad de las instalaciones municipales con el servicio 012 infolocal: tecnología.net, RPV, extensión de la red municipal, etc.

Se concederá un 100% de ayuda, con un límite de 9.000 euros.

I._Otras inversiones o gastos relacionadas con las tecnologías de la información y comunicación. (Registro de dominio *****.es).

Adquisición de equipos, de software y otros elementos necesarios para fines que estén directamente relacionados con la mejora de la atención a la ciudadanía, así como la adquisición del dominio *****.es de la entidad local. Como excepción podrá subvencionarse el coste oficial de adquisición de los dominios *****.es registrados en el año 2004.

Se concederá hasta un 100% del coste, con límite de subvención de 6.000 euros.

Area 2 - Calidad y organización

A._Análisis, diagnóstico y planificación.

A.1._Análisis y diagnóstico de situación.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 6.000 euros.

A.2._Reflexión estratégica de la Entidad.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 11.000 euros.

A.3._Plan de Modernización.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 15.000 euros.

A.4._Planes estratégicos de localidad.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 15.000 euros.

A.5._Otros.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 6.000 euros.

B._Modelos de Gestión.

B.1._Normalización y simplificación de procedimientos (Gestión de expedientes, Simplificación y clarificación administrativa, normalización de procedimientos administrativos ...).

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 8.000 euros.

B.2._Mejora de procesos.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 6.000 euros.

B.3._Gestión por procesos.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 12.000 euros.

B.4._Apoyos a la implantación de proyectos del área de Tecnología de la Información y Comunicación.

Serán subvencionadas con un 100% del coste, con un límite de ayuda de 3.000 euros.

B.5._Implantación del Sistema de Atención a la Ciudadanía (S.A.C.).

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 14.000 euros.

B.6._Plan de gestión anual.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

B.7._Establecimiento de indicadores y estándares de control, supervisión y seguimiento para la gestión directa e indirecta de servicios públicos finalistas.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 3.500 euros.

B.8._Otros.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 6.000 euros.

C._Personas.

C.1._Liderazgo.

Hasta un 25% del coste correspondiente, con un límite de subvención de 3.000 euros.

C.2._Análisis y valoración de puestos, Cargas de trabajo, Clima laboral, Gestión por competencias, Gestión del conocimiento.

Hasta un 25% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 3.000 euros.

C.3._Apoyos, en el área de personal, a la implantación de proyectos del área de Tecnologías de la Información y Comunicación.

Serán subvencionadas con un 100% del coste, con un límite de ayuda de 3.000 euros.

C.4._Apoyos, en el área de personal, a la implantación del Sistema de Atención a la Ciudadanía (S.A.C.).

Serán subvencionados con un 75% del coste, con un límite de ayuda total de 4.000 euros.

C.5._Otros.

Hasta un 25% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 3.000 euros.

En el caso de los apartados C1, C2, y C5 las Entidades que hayan realizado previamente alguna de las acciones del Area 2 " Calidad y organización", del apartado A) " Análisis, diagnóstico y planificación, y del apartado B) "Modelos de Gestión, se subvencionará un 50% de coste correspondiente, no pudiéndose superar el límite de 6.000 euros de ayuda.

D._Modelos de Calidad y certificaciones.

D.1._Autoevaluación EFQM, CAF.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 9.000 euros.

D.2._Certificación UNE-EN ISO.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

D.3._Memorias EFQM.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

D.4._Cartas de servicios.

D.4.1._Implantación del modelo de Cartas de Servicios.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 9.000 euros.

D.4.2._Auditoría de la Carta de Servicios.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 9.000 euros.

D.4.3._Certificación del modelo de Cartas de Servicios.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

D.4.4._Redefinición de la Carta de Servicios.

Hasta un 75% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

D.4.5._Otros.

Hasta un 50% del coste correspondiente, con un límite de ayuda de 6.000 euros.

4. Documentación, plazo y lugar de presentación de solicitudes

4.1._Documentación.

Las solicitudes de ayuda se presentarán en el modelo de solicitud, diseñado para tal efecto (una solicitud por actuación), que se podrá recoger en el Servicio de Calidad y Modernización del Departamento de Administración Local, así como consultar y/o descargar desde la página Web de dicho Departamento _www.cfnavarra.es/info-local/Calidad_.

Dicha documentación también podrá ser remitida a través del canal de Correo Electrónico Seguro (CES) _www.cfnavarra.es/ces_.

Al citado modelo de solicitud se le deberá acompañar memoria de la actuación objeto de solicitud de ayudas, conteniendo al menos:

_Responsable del proyecto en la Entidad Local.

_Objetivos.

_Plan de trabajo o fases de desarrollo del proyecto, y cronograma.

_Medios técnicos y humanos previstos.

_Presupuesto. En aquellos proyectos en los que participen más de una Entidad Local deberá indicarse claramente cuál es el porcentaje de participación, gasto o aportación económica de cada una de las partes intervinientes.

_Indicadores o medidores cuantificables del grado de cumplimiento de los objetivos previstos.

_Necesidad o conveniencia de ejecución del mismo (antecedentes, experiencias previas).

_Ubicación del proyecto dentro de un plan global de actuación, o como continuación de iniciativas llevadas a cabo anteriormente, o como trabajos previos a otros a desarrollar con posterioridad.

4.2. Plazo y lugar de presentación de solicitud.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Departamento de Administración Local, o en cualquiera otro de los lugares previstos en la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. También podrá ser remitida dicha documentación, en formato fichero, a través del canal de Correo Electrónico Seguro (CES) _www.cfnavarra.es/ces_.

El plazo de presentación de solicitudes es de 30 días naturales a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5. Valoración.

Para la valoración de las actuaciones subvencionables se tendrá en cuenta los siguientes criterios:

Criterios generales: hasta 60 puntos.

_Participación de la Entidad Local en proyectos implantados, en implantación o a implantar conjuntamente con el Departamento de Administración Local, que estén relacionados con los Sistemas de Información y Tecnologías de la Comunicación, así como con la Calidad y la Organización: hasta 30 puntos.

_Existencia de un Plan global de Actuaciones en la Entidad Local: Planes de estrategia de la Entidad, planes de modernización, estudios de directrices globales: hasta 20 puntos.

_Dispersión geográfica de los núcleos poblacionales o instalaciones: hasta 10 puntos.

Criterios específicos: hasta 40 puntos.

_La adecuación de los proyectos a la guía técnica correspondiente: hasta 15 puntos.

_Valoración técnica y características de las propuestas: objetivos, alcance, organización del proyecto, plan de trabajo, metodología, control de indicadores, evaluación y seguimiento: hasta 10 puntos.

_Incidencia del proyecto en la Organización y en el ciudadano: hasta 10 puntos.

También se valorarán hasta 5 puntos:

_En relación con las acciones del apartado "Calidad y Organización", el grado de integración de los proyectos en la secuencia de desarrollo, ("circuito de acciones") descrita en la introducción de las guías técnicas de los proyectos.

_En relación con las acciones del apartado "Tecnologías de la información y comunicación" el Carácter innovador de la propuesta.

Con la puntuación obtenida por todos los proyectos, se elaborarán dos listas, una por cada área de actuación "Tecnología de la información y comunicación" y "Calidad y organización", que ordenadas de mayor a menor puntuación servirán de base para el reparto de las ayudas.

Las ayudas se concederán hasta agotar la consignación presupuestaria existente para cada una de las áreas citadas, empleando la puntuación del baremo como criterio de adjudicación. En caso de empate en la determinación de la última concesión abordable con la consignación presupuestaria existente, se empleará el parámetro población (mayor número de habitantes) como criterio seleccionador.

6. Resolución y régimen económico de las subvenciones.

El Servicio de Calidad y Modernización del Departamento de Administración Local una vez realizada la valoración de las solicitudes recibidas, elevará la correspondiente propuesta de Resolución al Director General del Departamento de Administración Local.

A fin de facilitar la mejor valoración de las solicitudes, el Servicio de Calidad y Modernización del Departamento de Administración Local podrá requerir a las Entidades Locales solicitantes la ampliación o modificación de la información contenida en los documentos presentados.

En la Resolución de concesión figurará el importe de ayuda, que se calculará inicialmente a partir del porcentaje correspondiente aplicado al presupuesto teórico de la actuación, indicado en la guía técnica correspondiente al proyecto presentado, de acuerdo a lo expuesto en el punto 3.2 "Ambitos de actuación y cuantías".

El abono final de la ayuda se calculará aplicándose al coste real de la acción, determinado por el importe de la factura o facturas correspondientes, el tanto por ciento de ayuda aprobado, de acuerdo a lo expuesto en el punto 3.2 "Ambitos de actuación y cuantías".

Si, existiera consignación presupuestaria disponible, el Servicio de Calidad y Modernización podría elevar una nueva Resolución de concesión, a aquellos proyectos que no hubieran obtenido ayuda en la primera Resolución de concesión, respetando la puntuación obtenida en la fase de baremación.

7. Plazo de resolución.

La resolución de las solicitudes se llevará a cabo en el plazo de 30 días a contar desde la finalización del plazo máximo de presentación de las mismas. Las solicitudes se entenderán desestimadas si no recae Resolución expresa en el plazo establecido.

8. Forma y Plazo del Abono de las ayudas.

Las ayudas concedidas se abonarán por transferencia a la presentación de las facturas correspondientes, o las certificaciones de las fases desarrolladas, y de las Memorias de evaluación de proyecto y conclusiones del mismo.

En el supuesto de proyectos, o fases de los mismos, no desarrollados con anterioridad al 15 de diciembre de 2005, se perderá el derecho a la percepción de la ayuda reconocida.

9. Incompatibilidades.

Los beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente convocatoria podrán obtener subvenciones y ayudas provenientes de otras Administraciones, entidades y organismos públicos o privados de cualquier naturaleza para el mismo objeto y finalidad, sin que el total de las mismas pueda sobrepasar el 100% de inversión o gasto de cada proyecto o actividad.

10. Obligaciones de los beneficiarios.

Presentar antes del 30 de junio de 2005 las fichas de seguimiento de proyectos, elaboradas a tal efecto, las cuales se pueden recoger en el Servicio de Calidad y Modernización del Departamento de Administración Local, así como consultar y/o descargar desde la página Web de dicho Departamento _www.cfnavarra.es/info-local/Calidad_.

Justificar las inversiones y gastos realizados, correspondientes al proyecto ejecutado o a las certificaciones de las fases de desarrollo del proyecto, aprobadas en la Resolución de ayuda, mediante la presentación de facturas originales o compulsadas, antes del 15 de diciembre de 2005.

Presentar, a la finalización del proyecto, las Memorias de evaluación del proyecto, fases, proceso de desarrollo del mismo y conclusiones del proyecto desarrollado.

Comunicar, con certificación del Secretario/a, al Departamento de Administración Local las subvenciones o ayudas de cualquier tipo y para el mismo concepto recibidas por la Entidad Local, de Administraciones, Entidades y Organismos de cualquier naturaleza, públicos o privados, a los efectos de comprobar que el total de subvenciones reconocidas no sobrepase el 100% del coste de la inversión o gasto realizado.

11. Colaboraciones.

Hacer constar la colaboración o patrocinio del Departamento de Administración Local en todos aquellos productos o referencias a las actuaciones subvencionadas.

12. Incumplimientos.

El incumplimiento de lo establecido en las bases de esta convocatoria, el falseamiento de datos o la modificación, sin autorización del Departamento de Administración Local, de los fines para los que se concedió la ayuda, dará lugar a la pérdida de la misma, a la obligación de reintegrar las cantidades que hubieran sido percibidas, sin perjuicio de las demás responsabilidades previstas en el ordenamiento jurídico.

Pamplona, 9 de febrero de 2005
El Director General de Administración Local, Angel Serrano Azcona.

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