BOLETÍN Nº 27 - 4 de marzo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

SESMA

Aprobación inicial de tipos de gravamen y tarifas de ordenanzas fiscales para el 2005

El pleno del Ayuntamiento, en la sesión celebrada el día 18 de enero de 2005, adoptó el acuerdo siguiente:

1.º Fijar los porcentajes y tipos de gravamen de los siguientes impuestos que regirán a partir del 1 de enero del año 2005:

_Contribución Territorial Urbana, 0,201 por ciento; Rústica 0,80 por ciento.

_Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 3 por ciento.

_Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana: los porcentajes y tipo de gravamen siguientes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 175 y 176 de la misma Ley.

Periodo de uno hasta 5 años: Porcentaje anual: 2,86.

Período de hasta 10 años: Porcentaje anual: 2,81.

Período de hasta 15 años: Porcentaje anual: 2,76.

Período de hasta 20 años: Porcentaje anual: 2,76.

Tipo de gravamen: 12,72%.

Este acuerdo es firme en vía administrativa y contra él, pueden interponerse potestativamente cualquiera de estos recursos:

1._En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 25 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta el recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2._En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta el recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3._En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el Contencioso Administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

2.º Aprobar inicialmente las modificaciones a introducir en las Ordenanzas Fiscales Vigentes que a continuación se relacionan, cuyo texto íntegro obra en este expediente:

a) "Ordenanza de la utilización del Cementerio Municipal de la Villa de Sesma y tasas por su utilización y prestación de servicios".

b) "Ordenanza reguladora de las tasas por la utilización de las instalaciones deportivas municipales".

c) "Ordenanza reguladora de las tasas por aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común".

d) "Ordenanza reguladora de las tasas por expediciones y tramitación de documentos".

e) "Ordenanza fiscal reguladora de las tasas por licencia para el ejercicio de actividades clasificadas e inocuas y traspasos de actividad".

_Exponer al público el expediente por un plazo de treinta días desde la publicación del anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, para que los vecinos o interesados legítimos puedan examinarlo y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

Si transcurriese dicho período de información pública sin alegaciones, se entenderá aprobado definitivamente y será firme en vía administrativa.

Contra el presente acuerdo, una vez firme en vía administrativa, se podrá interponer alguno de los siguientes recursos:

1._En el plazo de un mes, desde el día siguiente a la notificación, el de reposición, ante el órgano municipal autor del mismo (Ley 30/1992, de 25 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Si se presenta recurso de reposición, no se pueden interponer ni el de alzada ni el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de reposición.

Contra la resolución de un recurso de reposición no podrá interponerse de nuevo dicho recurso.

2._En el plazo de un mes desde la notificación, el de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra (Ley Foral 6/1990, de 2 de julio).

Si se presenta recurso de alzada, no se podrá interponer el contencioso administrativo, hasta que sea resuelto o desestimado presuntamente el de alzada.

3._En el plazo de dos meses, desde el día siguiente a la notificación, el contencioso administrativo ante el órgano competente de dicha jurisdicción (Ley 29/1998, de 13 de julio).

Sesma, 8 de febrero de 2005
El Alcalde, Pedro M.ª Mangado Pinillos.

Código del anuncio: L0502153