BOLETÍN Nº 27 - 4 de marzo de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

VILLAFRANCA

Aprobación de tipos de gravamen para el ejercicio de 2005

El Pleno del Ayuntamiento de Villafranca, en sesión ordinaria celebrada el pasado día 29 de diciembre de 2004, y con el "quórum" reglamentario, ha aprobado inicialmente de conformidad con lo dispuesto en la Ley Foral 2/95, de las Haciendas Locales de Navarra, adoptó el siguiente acuerdo por mayoría absoluta:

1.º Establecer los siguientes porcentajes e índices que han de gravar los impuestos municipales para el año 2005 y que son los siguientes:

_Fijar en el 0,4507%, el tipo de gravamen anual para la Contribución Urbana.

_Fijar el 0,4527% el tipo de gravamen para la exacción de la Contribución Rústica.

_Fijar (I.C.I.O.) el 4% del presupuesto de ejecución material, el tipo de gravamen del impuesto de construcciones, instalaciones y obras en general.

_Fijar para la determinación del incremento de valor en el impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, -"I.I.V.T.N.U." (Plusvalías), estableciendo la Tasa de Gravamen en el 9,92% y el Porcentaje anual en el 2,3%.

_Fijar para el impuesto de actividades económicas "I.A.E.", el índice del 1,40% de los previstos en el artículo 154 de la citada Ley Foral 2/95, para las actividades que se desarrollen en la localidad en tanto en cuanto no sea anulado y sin efecto fehacientemente por los organismos públicos superiores en este ejercicio económico.

_Fijar el gravamen de 1,2012% sobre valoración catastral por "canon" en la concesión de tierra en paraje "Dehesa".

2.º Establecer para la exacción de los vehículos de tracción mecánica, las tarifas establecidas por el Gobierno de Navarra para el ejercicio de 2005.

3.º Señalar el día 1 de enero de 2005 como fecha de entrada en vigor de estos acuerdos aprobatorios.

4.º Establecer el calendario fiscal del contribuyente para el ejercicio económico de 2005 a fin de llevar a cabo el abono de impuestos y tasas en fechas de facturación y cobro de forma periódica voluntaria y no periódica y que es el siguiente:

Calendario fiscal periódico:

Impuesto de Circulación: 1 al 28 febrero.

Contribución (1.º semestre): 1 al 31 marzo.

Contribución (2.º semestre): 1 al 31 agosto.

IAE: 1 al 31 mayo.

Calendario fiscal no periódico:

Impuestos: Fechas.

Impuesto de Construcción y obras: Durante todo el año.

Plusvalías: Durante todo el año.

Lo que se hace público para general conocimiento y demás efectos pertinentes, significando que contra dichos acuerdos se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el órgano jurisdiccional de lo Contencioso Administrativo que corresponda, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, o previamente y con carácter potestativo, recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación mencionada con anterioridad. Igualmente podrá interponerse, con carácter potestativo y previo a cualquier otro recurso, recurso de reposición ante el órgano que dicta el presente acto, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Villafranca, 20 de enero de 2005
El Alcalde, José Miguel Sola Lafraya.

Código del anuncio: L0502148