BOLETÍN Nº 27 - 4 de marzo de 2005

VIII. ANUNCIOS

Dirección Provincial de Navarra de la Tesorería General de la Seguridad Social

UNIDAD DE RECAUDACION EJECUTIVA 31/01

E D I C T O

En la Unidad de Recaudación Ejecutiva 31/01 se instruye expediente administrativo de apremio contra los deudores relacionados, habiéndose dictado por el Recaudador Ejecutivo de dicha Unidad la providencia de embargo que a continuación se transcribe:

"Requerimiento de bienes (TVA-218):

En el expediente administrativo de apremio que se instruye en esta Unidad de Recaudación Ejecutiva contra los deudores de referencia, por deudas a la Seguridad Social, debidamente notificadas en tiempo y forma, y cuya cuantía corresponde al siguente detalle:

874618 LAREQUI DUQUE, JOSE ANTONIO 43.214,47 PAMPLONA

9866662 PERCAZ BARRIO, JOSE MIGUEL 1.771,45 PAMPLONA

9735313 FERREIRA FERREIRA, MARCELINO 3.101,76 PAMPLONA

9641144 MUÑOZ AGUADO, AURELIO 16.528,25 PAMPLONA

0142414 ECHARTE PETRI, PEDRO MARIA 12.555,07 PAMPLONA

01101119 USTARROZ MARTIN, JOSE ESTEBAN 325,37 PAMPLONA

0139784 EDICA CONST. Y OBRAS PUBLICAS, S.L. 10.451,85 PAMPLONA

0134734 LACASTA EGEA, LUIS MARIA 1.765,39 PAMPLONA

0132613 MARTIN MENDIVE, CARLOS LAUREANO 3.998,71 PAMPLONA

31049370111 IRALDE LOPEZ, IGNACIO 18.301,72 BURLADA

9660948 GONZALEZ OLAGÜE, ANTONIO 6.718,20 BURLADA

0149282 IBERO BREM, ANDY 8.534,65 BURLADA

0149888 NIANG, BASSIROU 6.719,00 BURLADA

91144065 GONZALEZ GARCIA, RAMON FELIPE 8.768,36 ANSOAIN

9829175 MORAIS FERREIRA, MANUEL JESUS 10.722,32 MUTILVA BAJA

Transcurrido el plazo señalado para el ingreso voluntario de la totalidad de las cantidades adeudadas, sin haberse verificado el abono de las mismas, se ha procedido a dictar la correspondiente providencia de embargo por la que se ordena la traba de bienes y derechos en cantidad suficiente para cubrir el importe del crédito perseguido, el recargo, intereses en su caso y costas que legalmente le sean exigibles. A tales efectos y en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 91 del Reglamento General de Recaudación de los Recursos del Sistema de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio ("Boletín Oficial del Estado" del día 25), se le requiere para que efectúe manifestación sobre sus bienes y derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus responsabilidades.

Asimismo se le hace constar que si incumple con el deber de manifestación de sus bienes, no podrá estimarse como causa de impugnación del procedimiento de apremio la preterición o alteración del orden de prelación a observar en el embargo de los mismos, a que se refiere el artículo 91 del citado Reglamento General de Recaudación en relación con los bienes y derechos no señalados por el deudor.

Transcurridos ocho días desde la publicación del anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de su último domicilio y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra sin personarse el interesado, se tendrá por notificado de todas las sucesivas diligencias hasta que finalice la sustanciación del procedimiento, sin perjuicio del derecho que le asiste a comparecer.

Pamplona, 17 de febrero de 2005
El Recaudador Ejecutivo, Ana María Casas Carretero.

Código del anuncio: E0502808