BOLETÍN Nº 154 - 26 de diciembre de 2005

VIII. ANUNCIOS

8.1. OTROS ANUNCIOS OFICIALES

PAMPLONA

Requerimiento edificio número 12 del Paseo de Sarasate de Pamplona

El Concejal Delegado de Urbanismo y Vivienda del excelentísimo Ayuntamiento de Pamplona, con fecha 26 de octubre de 2005, adoptó la siguiente resolución:

«Visto el informe emitido con fecha 30 de agosto de 2005 por los Servicios Técnicos Municipales de la Oficina de Rehabilitación de Viviendas, sobre la visita de inspección al edificio número 12 del paseo de Sarasate de Pamplona (fachada a calle Lindachiquía) efectuada con fecha 2 de agosto de 2005, antes del inicio de los trabajos de excavación correspondientes a las obras de reurbanización de la calle Lindachiquía, mediante el que se ha comprobado que presenta los siguientes desperfectos:

En fachada a calle Lindachiquía número 13/15:

_Alero: tablas levantadas en esquina con signos de humedades.

_Canalón abollado con vegetación y pérdidas de agua.

_Revoco en progresivo estado de deterioro: presenta grietas y fisuras generalizadas y desconchones de pintura.

_Losas de balcones de piedra: disgregadas con pérdida de sección en cantos y esquinas. Riesgo de caída de fragmentos a vía pública.

_Apoyo de barandillas insuficiente.

Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, y en el artículo 19 de la Ley 6/98 de 13 de abril sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, he resuelto:

1._Ordenar a los propietarios del edificio número 12 del paseo de Sarasate que procedan en el plazo de noventa días, contados a partir de la finalización de la 1.ª fase de la 3.ª Etapa de las obras de reurbanización de calles del Casco Antiguo, a la ejecución de las siguientes obras:

En fachada a calle Lindachiquía número 13/15:

_Sustitución de piezas de alero dañadas. Reparar las causas que producen las humedades. Lijado y pintado del alero.

_Sustitución de canalón que en ningún caso será de PVC.

_Picado de zonas dañadas de mortero y limpieza de todo el paramento así como de mochetas y cabezales. Revocado y pintado de toda la fachada.

_Recomposición de sección de losas, eliminando completamente los riesgos de desprendimientos.

_Retirada de barandillas y recolocación de las mismas, una vez garantizada su seguridad.

Antes del inicio de las obras deberán presentar documentos que las definan y presupuesto. También, en caso de colocación de andamios, justificante de contratación de Técnico responsable.

2._Apercibir a los propietarios del citado inmueble que, de no efectuar las obras requeridas en el punto anterior en el plazo establecido, podrá el Excelentísimo Ayuntamiento actuar en ejecución sustitutoria a partir del día siguiente en que venza el plazo, girándose en este caso las tasas correspondientes, por importe equivalente al 132% de los gastos que se originen, o iniciar la imposición de multas coercitivas por lapsos mensuales.

Según lo previsto en el artículo 10.3 de la Ley de Propiedad Horizontal, los propietarios que se opongan o demoren la ejecución de las órdenes dictadas, responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse.

3._Apercibir igualmente a los propietarios, que la inejecución de las obras requeridas en el plazo indicado, supondrá además la incoación de expediente sancionador, como presuntos responsables de una falta leve tipificada en el artículo 211.5 de la Ley Foral 35/2002 de 20 de diciembre de Ordenación del Territorio y Urbanismo, sancionada con multa de de 300,00 a 6.000,00 euros.

4._Indicar a los propietarios que estas obras de reparación son parte de las necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio descrito al vigente Decreto Foral sobre financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda.

Para la ejecución de estas obras podrán acogerse a las ayudas de rehabilitación, siempre que se ejecuten junto con aquéllas necesarias para conseguir la adecuación estructural y funcional del edificio, a cuyo efecto pueden informarse en la Oficina Municipal de Rehabilitación de Viviendas, sita en la calle Eslava número 1.»

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

_Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución.

_Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación de esta resolución; o bien,

_Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL de Navarra en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 59.5 apartado a) de la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 30/1992, de 26 de noviembre) y demás legislación aplicable, a efectos de notificación a otros posibles interesados desconocidos y a aquellos que, intentada la notificación en forma legal, ésta no se les haya podido practicar.

Pamplona, 23 de noviembre de 2005
La Alcaldesa, Yolanda Barcina Angulo.

Código del anuncio: L0523068