BOLETÍN Nº 154 - 26 de diciembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

ORDEN FORAL 517/2005, de 13 de diciembre, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la que se resuelve la fase de información pública, se aprueba definitivamente el proyecto de "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18 (Modificación Tramo 4 en Ucar)" y se convoca a los titulares al levantamiento de actas previas a la ocupación.

Por Orden Foral 376/2005, de 27 de junio, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 87, de 22 de julio de 2005, se inició el procedimiento de expropiación forzosa de bienes afectados y se desafectaban de dominio público los bienes especificados en la referida Orden Foral en relación con el proyecto "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18 (Modificación Tramo 4 en Ucar)".

Por la citada Orden Foral se sometía dicho proyecto y la relación de los bienes y derechos afectados a información pública, a fin de que se formulasen cuantas observaciones y alegaciones se estimasen oportunas.

El Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas informa que transcurrido el plazo de alegaciones, se han recibido las siguientes:

Alegación número 1 de don Jesús Astrain Zaratiegui, D.N.I. 33.424.004-J, con domicilio en Olcoz, Calle San Miguel 5, representando a Lucía Zaratiegui Armendáriz.

Solicita:

1._Compensación económica por los 6.386 m² de tierra de labor ocupados según se refleja en la relación de bienes de nueva afección de la Orden Foral 376/2005, a razón de 20 euros/m² en concepto de expropiación, rápida ocupación, demérito al quedar la finca partida en dos partes quedando el límite de la parcela con el Canal en un gran terraplén y por soportar las consecuencias de la modificación del trazado del Canal inicialmente aprobado, sin encontrar argumentos convincentes que justifiquen la modificación y sin que se haya contado con la opinión de los propietarios afectados.

2._Aceptación de las condiciones económicas expuestas en las Hojas de Aprecio presentadas ante la Sección de Expropiaciones del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la ocupación de las fincas propiedad de doña Lucía Armendáriz Zaratiegui y de su marido don Jesús Astrain Loza identificadas en la Orden Foral 563/2003 con los números BI-15, BI-50, BI-51, BI-52, BI-53, BI-54, BI-55, BI-60, BI-61, BI-62 Y BI-63, excepto las superficies desafectadas por la Orden Foral 376/2005.

3._Concesión de zona regable y disponibilidad de agua de riego para las parcelas 180, 182, 183, 71 y 192 del polígono 3 de Biurrun-Olcoz, propiedad de doña Lucía Armendáriz Zaratiegui y de su marido don Jesús Astrain Loza.

Contestación:

1, 2 y 3: No es objeto de esta información pública la valoración de las parcelas afectadas la cual se establece en fases posteriores del procedimiento expropiatorio. En consecuencia no es procedente ningún pronunciamiento al respecto, si bien las actuaciones que se lleven a cabo en este sentido se basarán en los principios de equidad e igualdad.

No es objeto de esta información pública el atender la alegación planteada, no siendo la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente para resolverla. En consecuencia no procede ninguna determinación sobre lo solicitado.

Alegación número 2 de don Miguel Ramón Zulet Pagola, D.N.I. 15.771.089-N, con domicilio en Olcoz, Calle San Miguel 52.

Solicita:

1._Compensación económica por superficie de tierra de labor ocupada según se refleja en la relación de bienes de nueva afección de la Orden Foral 376/2005, a razón de 20 euros/m² en concepto de expropiación, rápida ocupación, demérito y por soportar las consecuencias de la modificación del trazado del Canal inicialmente aprobado, sin encontrar argumentos convincentes que justifiquen la modificación y sin que se haya contado con la opinión de los propietarios afectados.

2._Aceptación de las condiciones económicas expuestas en las Hojas de Aprecio presentadas ante la Sección de Expropiaciones del Departamento de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, por la ocupación de las fincas propiedad de don Miguel Ramón Zulet Pagola identificadas en la Orden Foral 563/2003 con los números BI-12, BI-13, BI-14, BI-17, BI-18, BI-29, BI-35, BI-36, BI-41, BI-67, BI-68 y BI-69, excepto las superficies desafectadas por la Orden Foral 376/2005.

3._Concesión de zona regable y disponibilidad de agua de riego para las parcelas 289 y 291 del polígono 3 de Biurrun-Olcoz, propiedad de don Miguel Ramón Zulet Pagola.

Contestación:

1, 2 y 3: No es objeto de esta información pública la valoración de las parcelas afectadas la cual se establece en fases posteriores del procedimiento expropiatorio. En consecuencia no es procedente ningún pronunciamiento al respecto, si bien las actuaciones que se lleven a cabo en este sentido se basarán en los principios de equidad e igualdad.

No es objeto de esta información pública el atender la alegación planteada, no siendo la Administración de la Comunidad Foral de Navarra competente para resolverla. En consecuencia no procede ninguna determinación sobre lo solicitado.

En su virtud, de conformidad con lo informado y propuesto por el Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, y en uso de las de atribuciones conferidas por el artículo 2.2 del Decreto Foral 47/2005, de 24 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Obras Públicas Transportes y Comunicaciones, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa,

ORDENO:

1.º Resolver la fase de información pública del proyecto "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18 (Modificación Tramo 4 en Ucar)", en el sentido expresado en la parte expositiva de la presente Orden Foral como contestación a las alegaciones presentadas.

2.º Aprobar definitivamente el proyecto "Canal de Navarra: Tramos 4, 5 y 18 (Modificación Tramo 4 en Ucar)".

3.º Convocar a los titulares de bienes y derechos afectados por el proyecto para que comparezcan el día 9 de enero de 2006 en los Ayuntamientos de Ucar y Biurrun-Olcoz, a fin de proceder al levantamiento de actas previas a la ocupación y, en su caso, a las de ocupación definitiva de los bienes y derechos afectados.

4.º Publicar esta Orden Foral en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en dos de los diarios de mayor circulación en la Comunidad Foral.

5.º Notificar la presente Orden Foral al Servicio de Proyectos, Ferrocarriles y Obras Hidráulicas, al Servicio de Caminos y Construcción, a la Sección de Expropiaciones, a los Ayuntamientos de Ucar y Biurrun-Olcoz y a los alegantes, a los efectos oportunos.

6.º Señalar que contra la presente Orden Foral, que no agota la vía administrativa, los particulares podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, la presente Orden Foral agota la vía administrativa para las Administraciones Públicas, quienes podrán interponer contra ella recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, en su caso, o al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo ante el Gobierno de Navarra en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Pamplona, 13 de diciembre de 2005
El Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones, Alvaro Miranda Simavilla.

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