BOLETÍN Nº 154 - 26 de diciembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.4. Resoluciones

RESOLUCION 241/2005, de 1 de diciembre, del Director General de Transportes, por la que se actualiza el mínimo de percepción y se incrementa la tarifa general de los servicios públicos regulares permanentes de viajeros por carretera.

Por Orden Foral 146/2005, de 10 de febrero, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones fue aprobado el último aumento del mínimo de percepción de los servicios públicos regulares permanentes de uso general de viajeros por carretera.

El artículo 19 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, según modificación introducida por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, ha fijado la revisión automática de tarifas en función del Indice de Precios al Consumo y de productividad de las líneas regulares.

Corresponde a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la fijación del mínimo de percepción para las concesiones de su competencia.

Visto el informe del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes en el que se propone la revisión del mínimo de percepción, y en el que se indica que la fuerte variación experimentada en el precio de combustible que forma parte de la estructura de costes de estos servicios aconsejan proceder a su revisión tarifaria, en ejecución de lo que se dispone en los artículos 17, 18 y 19 de la citada Ley y 28, 29, 86, 87 y 88 de su Reglamento que determinan el régimen económico-financiero de los servicios y actividades de transporte terrestre, se considera que procede autorizar un incremento del 3,30 por ciento, a cuenta del que habrá de efectuarse en el año 2006, deduciéndose el incremento ahora realizado del que, entonces, resulte de aplicación.

Cumplido el trámite de audiencia a las asociaciones de consumidores y usuarios, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 22.2.d) de la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

En su virtud, y en ejercicio de las competencias delegadas por Orden Foral 230/2005, de 1 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

1.º Fijar el mínimo de percepción de los servicios públicos regulares permanentes de uso general de transporte de viajeros por carretera en 0,95 euros, Impuesto sobre el Valor Añadido incluido.

2.º Autorizar un incremento del 3,30 por ciento, con efecto desde el 1 de diciembre de 2005, a cuenta de la que habrá de efectuarse en el año 2006, deduciéndose el incremento ahora realizado del que, entonces, resulte de aplicación.

3.º Indicar que para la aplicación de las nuevas tarifas las empresas concesionarias solicitarán del Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes el visado de los nuevos cuadros de precios.

4.º Señalar que los cuadros de tarifas, debidamente visados, deberán ser expuestos al público en los lugares de venta de billetes.

5.º Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y proceder a su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 1 de diciembre de 2005
El Director General de Transportes, Jesús María Odériz Echevarría.

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