BOLETÍN Nº 137 - 16 de noviembre de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

MONTEAGUDO

Convocatoria para la provisión mediante concurso oposición de una plaza de empleado municipal subalterno de servicios múltiples en el Ayuntamiento de Monteagudo

El señor Alcalde de Monteagudo, por resolución de fecha 13 de octubre de 2005, ha aprobado la "Convocatoria para la provisión de una plaza de empleado municipal subalterno de Servicios múltiples en el Ayuntamiento de Monteagudo", conforme a las siguientes:

B A S E S

1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en régimen funcionarial de un puesto de trabajo de Empleado Municipal Subalterno al servicio del Ayuntamiento de Monteagudo, mediante concurso oposición.

Los aspirantes aprobados sin plaza, según el orden de puntuación obtenida, podrán ser contratados temporalmente en los puestos previstos en la normativa vigente.

1.2. El nombramiento conferirá el designado, a todos los efectos, el carácter de funcionario de nómina y plantilla del Ayuntamiento de Monteagudo, desde la toma de posesión, siendo afiliado al Régimen General de la Seguridad Social, conforme a lo que establece la Ley Foral 13/1993, de 30 de diciembre.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado de las retribuciones correspondientes al nivel E de los establecidos en el Estatuto del Personal al Servicio de la Administraciones Públicas de Navarra y demás disposiciones aplicables.

1.4. Bajo la dirección del Ayuntamiento, corresponderán al designado, entre otras, las siguientes funciones:

a) Los servicios propios de Alguacil y Ordenanza.

b) Publicación y distribución de bandos y comunicaciones.

c) Mantenimiento y conservación de servicios urbanos municipales.

d) Limpieza y mantenimiento de inmuebles e instalaciones municipales.

e) Instalación y mantenimiento de mobiliario urbano, y de jardinería y arbolado de vías públicas urbanas y rurales, parques, zonas verdes y áreas forestales, de descanso, etc.

f) Riego y limpieza de calles y plazas.

g) Trabajos agrícolas propios del medio rural, como laboreo de tierra, plantaciones forestales y su mantenimiento, apertura de zanjas, etc.

h) Coordinación de trabajadores en ejecución de obras municipales por administración, y trabajos de albañilería en general y de mantenimiento de caminos.

i) Vigilancia del término municipal en cuanto a ordenación del tráfico, estacionamiento, licencias de obra, ocupación de la vía pública, guarderío rural, etc.

j) Cuidado y control del Cementerio municipal.

k) Manejo, mantenimiento y reparación de maquinaria y vehículos.

l) Montaje, desmontaje, colocación y traslado de mobiliario, enseres, escenarios, vallados, banderas y materiales.

ll) Cualesquiera otras labores de carácter municipal que le sean encomendadas, dentro de su nivel y categoría.

1.5. El tipo de trabajo y régimen de jornada de trabajo será el establecido anualmente y se adaptará a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por los órganos competentes.

1.6. El aspirante nombrado tendrá el deber de residencia en Monteagudo, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término municipal.

2._Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este concurso oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea y ser mayor de edad el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) Hallarse en posesión del Certificado de Escolaridad o Estudios Primarios.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

e) Estar en posesión del Permiso de Conducir de Categoría B, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

2.2. Los requisitos anteriores deberán ser acreditados por los aspirantes aprobados que obtengan la plaza, en el plazo y forma previstas en la base 7 de la presente convocatoria, y su cumplimiento se entenderá referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, debiendo gozar de los mismos durante el procedimiento de selección hasta el momento del nombramiento.

3._Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro del Ayuntamiento de Monteagudo, en el plazo de treinta días naturales, que empezarán a contar desde la publicación de esta convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, presentando la siguiente documentación:

a) Instancia en modelo oficial publicado como Anexo 1, con todos los extremos cumplimentados, a la que se acompañarán los documentos originales o copias compulsadas de los méritos alegados para la fase de concurso.

b) Fotocopia compulsada del DNI y del permiso de conducir.

3.2. El plazo para la presentación de solicitudes será improrrogable.

4._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirando el plazo de presentación de las solicitudes, el Alcalde dictará la Resolución oportuna aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.2. Dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, los aspirantes excluidos podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas estas, el Alcalde dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

5._Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: El señor Alcalde de Monteagudo.

Suplente: El Primer Teniente de Alcalde.

Vocal 1: Un profesor de E.G.B.

Suplente: Un profesor de E.G.B.

Vocal 2: Un ingeniero industrial.

Suplente: Un ingeniero industrial.

Vocal 3: Un arquitecto superior o arquitecto técnico.

Suplente: Un arquitecto superior o arquitecto técnico.

Vocal 4, representante del Personal: El secretario del Ayuntamiento, que actuará como secretario del tribunal.

Suplente: Doña María Teresa Arcilla Soto, auxiliar administrativa.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de todas las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal en base exclusivamente a aquellas.

6._Comienzo y desarrollo del concurso oposición.

De conformidad con el artículo 16.j del Reglamento de Ingreso, el concurso oposición dará comienzo como mínimo a partir de dos meses de la fecha de publicación de la convocatoria.

El concurso oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar primero la fase de concurso y posteriormente la fase de oposición, en la forma indicada en las presentes bases.

El concurso oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se determine en la Resolución que apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos.

Posteriormente el Tribunal hará públicos oportunamente los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en la forma reglamentaria.

6.2. El concurso oposición constará de los siguientes ejercicios:

6.2.1._Fase de concurso.

El Tribunal procederá a la Valoración de los méritos alegados por los aspirantes conforme al siguiente baremo de méritos detallado en el Anexo II.

Todos los méritos deberán ser alegados y probados por los aspirantes en el momento de presentar su instancia solicitando tomar parte en la convocatoria, con documentos originales o compulsados debidamente, teniéndose por no aportados en caso contrario.

Una vez concluida la valoración de los méritos se hará público el resultado en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

6.2.2._Fase de oposición.

A) Primer Ejercicio

1._Realización de un dictado de unas 200 palabras aproximadamente.

Valor de la prueba: 10 puntos. Las faltas de ortografía descuentan 0,25 puntos cada una, salvo el error de acentuación que descontará solamente 0,1 punto cada uno.

2._Resolución de cuatro problemas de matemáticas de nivel básico. Para la realización de esta prueba no se podrán utilizar máquinas calculadoras.

Valor de la prueba: 5 puntos, 1,25 puntos por problema totalmente resuelto.

B) Segundo Ejercicio: Consistirá en la contestación por escrito a una serie de preguntas cortas o tipo test sobre conocimientos en materia de albañilería, jardinería, mantenimiento de edificios e instalaciones, conocimiento de datos del municipio de Monteagudo, y de otros temas relacionados con las funciones a desarrollar.

Valor de la prueba: 10 puntos.

C) Tercer Ejercicio: Consistirá en la realización de unas pruebas de carácter práctico relacionadas con el trabajo a realizar sobre:

_Electricidad: 20 puntos.

_Albañilería: 20 puntos.

_Agricultura, jardinería, riego, fontanería: 20 puntos.

Una vez terminado cada ejercicio de la fase de oposición, el Tribunal, hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Monteagudo la lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas, y la fecha, lugar y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición.

Los aspirantes serán convocados para las pruebas mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, quedando eliminados los aspirantes que no comparezcan a las mismas. Los aspirantes deberán acudir provistos de las herramientas necesarias para la realización de cada una de las pruebas.

El Tribunal determinará el orden y la realización de las pruebas de la fase de oposición en un solo día o en días diferentes, así como la duración de las mismas en función del contenido que se establezca.

7._Relación de aprobados y presentación de documentos.

7.1. Terminada la calificación de los ejercicios el Tribunal elevará al Ayuntamiento la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida, sumando las calificaciones alcanzadas por cada aspirante en la fase de oposición más los de la fase de concurso, y acompañarán la propuesta de nombramiento a favor del aspirante con mayor puntuación.

Dicha propuesta deberá publicarse en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

7.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la publicación en el Tablón de Anuncios y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá tomar posesión del cargo, aportando en las oficinas del Ayuntamiento de Monteagudo, los siguientes documentos:

1._Fotocopia del Documento Nacional de Identidad (a compulsar con el original que se presentará en las Oficinas Municipales) o certificación del acta de nacimiento.

2._Copia autenticada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las Oficinas Municipales) del certificado de escolaridad o estudios primarios, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención.

3._Copia autenticada o fotocopia (a compulsar con el original que se presentará en las Oficinas Municipales) del permiso de conducir de categoría B.

4._Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias del cargo.

5._Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

6._También deberá prestar Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las leyes, y de cumplir fielmente las obligaciones y funciones del cargo.

7.3. Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no se presentaran dichos documentos, el aspirante propuesto no podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte de la convocatoria.

7.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la baja se cubrirá con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 7.1, procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

8._Nombramiento y toma de posesión.

8.1. Concluido el proceso selectivo y aportados por el aspirante los documentos a que se refiere la base 7.2 anterior, el Alcalde, mediante resolución, procederá a su nombramiento como funcionario Subalterno de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Monteagudo.

8.2. Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.3. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en plazo de un mes a contar desde la notificación de su nombramiento. Si en dicho plazo, y salvo los casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de empleado del Ayuntamiento. En tal supuesto se estará a lo establecido en la base 7.4.

9._Recursos.

Contra esta convocatoria, sus bases y actos de aplicación de las mismas, cabe interponer, optativamente, los siguientes recursos:

_Recurso contencioso-administrativo, directamente ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su notificación.

_Previamente y con carácter potestativo, Recurso de reposición ante el propio Ayuntamiento, o recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra, en el plazo de un mes desde la notificación.

ANEXO I

Modelo de Instancia

Don ............................, mayor de edad, provisto de D.N.I. número ..............., nacido el día ....... de ............ de 19......., natural de ..................... (............), con domicilio en calle ............. número ......, de ............ (...........) código postal ..........., teléfono ..........., comparece y como mejor proceda dice:

Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante Concurso Oposición de un puesto de Empleado Municipal Subalterno de Servicios Múltiples, con carácter funcionarial, en el Ayuntamiento de Monteagudo y, a tal efecto, declara:

a) Tener la nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea y tener 18 años cumplidos el día que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) Hallarse en posesión del título de Certificado de Estudios Primarios.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesaria para el ejercicio de las correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de cualquier Administración Pública.

e) Estar en posesión del Permiso de Conducir de Categoría B, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes.

Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Por lo expuesto:

Solicito se sirva admitir la presente instancia y en su virtud la haga ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante concurso oposición de la plaza de Subalterno de Servicios Múltiples del Ayuntamiento de Monteagudo.

Monteagudo, .................................... de ......................... de 2005.

(firma)

SEÑOR ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO. MONTEAGUDO.

ANEXO II

Baremo de méritos

1. Por servicios prestados como Empleado Subalterno de Servicios Múltiples en alguna Administración Pública de Navarra, con las funciones propias de este puesto, de carácter funcionarial en propiedad, en interinidad o laboral fijo o eventual, acreditada mediante Certificado oficial, por tiempo igual o superior a un año: 0,5 puntos por cada año completo o fracción superior a 6 meses. Periodo mínimo a computar un año. Si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado se computará únicamente uno de ellos. Máximo: 1,5 puntos.

2. Por servicios prestados con el mismo carácter y condiciones anteriores y por el mismo periodo en tareas específicas de Guarderío Rural, Alguacil o Policía Municipal: 0,5 puntos por año o fracción, con periodo mínimo a acreditar de 1 año. Máximo: 1,5 puntos que se adicionarán a los del apartado anterior, en caso de coincidencia.

Monteagudo, 13 de octubre de 2005
El Alcalde, José María Vázquez Royo.

Código del anuncio: L0520513