BOLETÍN Nº 134 - 9 de noviembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCION 2730/2005, de 2 de noviembre, del Director General de Función Pública, por la que se corrigen los errores advertidos en la convocatoria aprobada por Resolución 2456/2005, de 3 de octubre, para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 130 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Administrativo, Oficial Telefonista y Operador Oficial de Coordinación, de nivel o grupo C, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Por Resolución 2456/2005, de 3 de octubre, se aprueba la convocatoria para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 130 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Administrativo, Oficial Telefonista y Operador Oficial de Coordinación, de nivel o grupo C, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos.

Publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 126, de 21 de octubre de 2005, se han advertido en las bases los siguientes errores:

Uno._En la base 3.1, donde dice; "por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común", debe decir; "por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Dos._En la base 6.3.1, donde dice: "todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado.", debe decir: "todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso-oposición."

Tres._En el punto 4, conocimiento de idiomas, del baremo para valoración de méritos, Anexo II de la convocatoria, debe añadirse un último párrafo del siguiente tenor: "El conocimiento de cada uno de los cuatro idiomas se podrá valorar también mediante la superación de las pruebas específicas que hayan sido convocadas por el Instituto Navarro de Administración Pública, graduadas en cinco niveles de dificultad, que serán valorados, cada uno de ellos, en 1/5 de la valoración máxima señalada para cada idioma."

En consecuencia, y en ejercicio de las atribuciones que tengo asignadas por el Decreto Foral 30/2005, de 21 de febrero,

HE RESUELTO:

1.º Corregir los siguientes errores advertidos en la convocatoria aprobada por Resolución 2456/2005, de 3 de octubre, para la provisión en promoción interna restringida, mediante concurso-oposición, de 130 plazas del conjunto de los puestos de trabajo de Administrativo, Oficial Telefonista y Operador Oficial de Coordinación, de nivel o grupo C, al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, inserta en el BOLETIN OFICIAL de Navarra número 126, de 21 de octubre de 2005:

Uno._En la base 3.1, donde dice; "por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común", debe decir; "por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común".

Dos._En la base 6.3.1, donde dice: "todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso de traslado.", debe decir: "todos los méritos deberán haberse alegado y probado documentalmente, mediante documentos originales o copias compulsadas en el momento de presentar cada aspirante su instancia solicitando tomar parte en el presente concurso-oposición."

Tres._En el punto 4, conocimiento de idiomas, del baremo para valoración de méritos, Anexo II de la convocatoria, debe añadirse un último párrafo del siguiente tenor: "El conocimiento de cada uno de los cuatro idiomas se podrá valorar también mediante la superación de las pruebas específicas que hayan sido convocadas por el Instituto Navarro de Administración Pública, graduadas en cinco niveles de dificultad, que serán valorados, cada uno de ellos, en 1/5 de la valoración máxima señalada para cada idioma."

2.º Ordenar su traslado a los miembros del Tribunal calificador, y la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos que sean oportunos.

3.º Señalar que contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a los efectos oportunos.

Pamplona, 2 de noviembre de 2005
El Director General de Función Pública, Alberto Andérez González.

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