BOLETÍN Nº 134 - 9 de noviembre de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

SANGÜESA

Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición y en régimen laboral fijo, de un puesto de trabajo de Servicios Generales con funciones de Encargado/a con destino al Organismo Autónomo "Residencia de Ancianos Municipal de Sangüesa"

(Aprobada mediante acuerdo de Junta de Gobierno Local de 10 de octubre de 2005).

B A S E S

Base 1.ª Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante concurso-oposición y en régimen laboral fijo, de un puesto de trabajo de Servicios Generales con funciones de Encargado/a con destino a la Residencia de Ancianos Municipal de Sangüesa. Si por reorganización del servicio, las funciones de encargado se atribuyen a dirección o a cualquier otro puesto, el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria pasará a ser, exclusivamente, de servicios generales.

1.2. Los contratados tendrán un periodo de prueba de tres meses, transcurrido el cual, y si a juicio del órgano competente, no resultara apto para el desempeño de las funciones que le han sido asignados, se considerará resuelto el contrato.

1.3. La retribución económica será la establecida para el personal de Servicios Generales, con un complemento del 25% de puesto de trabajo.

1.4. La jornada de trabajo del puesto convocado será la siguiente:

_Jornada laboral: De lunes a domingo, jornada completa 100% y turno partido.

_Turnos: Mañana, tarde y noche. El horario de trabajo se ajustará al calendario laboral y a las necesidades del servicio.

1.5. Las funciones a desarrollar por la persona contratada serán las que se señalan a continuación, de manera enunciativa y no excluyente:

a) Asignación de tareas a las trabajadoras de Servicios Generales, y seguimiento en la realización de las mismas.

b) Sustituir a las trabajadoras de Servicios Generales, en sus respectivos puestos, en momentos puntuales de ausencia de las mismas. Y cubrir los puestos de trabajo, ante la ausencia del personal, con el resto de trabajadoras en situación de alta, cuando no sea posible la contratación de personal eventual para las sustituciones oportunas.

c) Reposición de ropa de trabajo y calzado de las trabajadoras de Servicios Generales, en colaboración con la Dirección.

d) Vigilar la higiene absoluta de todas las personas y dependencias.

e) Revisión de habitaciones y del resto de dependencias, así como de los sistemas de aviso de emergencias.

f) Responsable de la recepción, lavado, planchado y distribución de la lencería y de las prendas personales de los residentes, así como de la reparación y marcaje de la lencería y ropa personal.

g) Impedir la entrada a la cocina y la despensa a toda persona ajena al servicio.

h) Colaboración en la gestión del Albergue Municipal de Peregrinos y organización de la limpieza.

i) Pedido, recepción, almacenaje, control de existencias, y salida de suministros de productos de limpieza e higiene, menaje, lencería y otros.

Los pedidos de alimentación se realizarán en colaboración con las cocineras e Hijas de la Caridad.

j) Recogida de alimentos en el Banco de Alimentos de Navarra, o en otras dependencias, en colaboración con Hijas de la Caridad. (Por tanto, se deberá estar en posesión del Permiso de Conducción tipo B).

k) Comunicaciones telefónicas y megafónicas, en colaboración con Hijas de la Caridad.

l) Mensajería, en colaboración con Hijas de la Caridad.

m) Mantenimiento de las instalaciones, realizando reparaciones varias y reposición de elementos.

n) Conservación del edificio y jardines.

ñ) Vigilancia del edificio, accesos y llaves, en colaboración con Hijas de la Caridad.

o) Los residentes comunicarán al responsable o a Hijas de la Caridad, las anomalías que observen en sus habitaciones, o en el resto de dependencias e instalaciones.

p) Control de salidas y entradas, ausencias y retornos de los residentes, en colaboración con Hijas de la Caridad.

q) Información a los usuarios sobre los asuntos cotidianos, como direcciones, horarios, actividades, eventos, menús, o similares.

r) Control y atención a las visitas, en colaboración con Hijas de la Caridad.

s) Tratar a los residentes, empleados y en general a toda persona que se encuentre en el centro, con el debido respeto, tacto y consideración.

t) Transporte de los residentes, con medios propios o ajenos, en colaboración con Hijas de la Caridad.

u) Información y fomento de la participación de los residentes en la vida social de la Residencia y su entorno, y en las actividades socio-culturales, artísticas y recreativas, tanto internas como externas, en colaboración con Hijas de la Caridad.

v) Orientación y apoyo personal al surgimiento y desarrollo de aficiones, para la ocupación activa del tiempo libre de los residentes, en colaboración con Hijas de la Caridad.

w) Disponibilidad horaria.

x) Asistencia a los cursos de formación que se le indiquen, relacionados con el puesto de trabajo.

y) Cumplir con el debido secreto profesional, en cualquiera de sus aplicaciones.

z) Otras funciones, que sin especificar, le sean encomendadas, en consonancia con el puesto de trabajo.

Base 2.ª Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos en este concurso-oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano de la Comunidad Económica Europea y ser mayor de 18 años.

b) Hallarse en posesión del Certificado de escolaridad.

c) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de la correspondientes funciones.

d) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de las funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración.

e) Hallarse en posesión del permiso de conducir tipo B.

2.2. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos durante el procedimiento de prueba de selección hasta el momento de su contratación por el Organismo Autónomo.

Base 3.ª Instancias.

3.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Sangüesa, en el plazo de treinta días naturales a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. Dichas instancias deberán ajustarse al modelo publicado en la presente convocatoria como Anexo I y deberán ir acompañadas de la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen por los concursantes.

3.2. El plazo de presentación de solicitudes será improrrogable.

Base 4.ª Admisión de aspirantes y reclamaciones.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Patronato dictará Resolución aprobando la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

4.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

4.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, el Presidente del Patronato dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos, y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Base 5.ª Tribunal calificador.

5.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

Presidente: Presidente de la Junta del Organismo Autónomo.

Suplente: Vicepresidente de la Junta del Organismo Autónomo.

Vocal: Trabajadora Social de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

Suplente: Trabajadora Social de la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa.

Vocal: Representante sindical de los trabajadores del Organismo Autónomo de la Residencia Municipal de Ancianos.

Suplente: Secretario del Ayuntamiento de Aibar.

Vocal: Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: Oficial Administrativo del Ayuntamiento de Sangüesa.

Vocal-Secretario: Secretario del Ayuntamiento de Sangüesa.

Suplente: Secretario del Ayuntamiento de Liédena.

5.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

5.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases de la convocatoria.

5.4. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y colaborarán con el Tribunal exclusivamente en aquellas.

Base 6.ª Desarrollo del concurso-oposición.

6.1. En la misma resolución aprobatoria de la lista definitiva de admitidos y excluidos, se determinará el lugar, fecha, y hora de comienzo de la fase de oposición.

Base 7.ª Fase de concurso.

7.1. El Tribunal procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, de acuerdo con el baremo de méritos que a continuación se señala. Todos los méritos deberán ser alegados y probados documentalmente por los aspirantes en el momento de presentar su instancia, solicitando formar parte en el concurso-oposición. Los documentos serán originales o compulsados debidamente, y deberán contener información clara y concreta que permita su valoración. En caso contrario se tendrán por no presentados.

7.2. Valoración de méritos.

Se valorarán los méritos de los candidatos conforme al siguiente baremo:

Formación: (Máximo 4 puntos).

_Por cursos y titulaciones relacionados con la atención al anciano, a valorar por el Tribunal:

_Cursos:

De 20 a 50 horas: 0,25 puntos.

De 51 a 100 horas: 1 punto.

De más de 101 horas: 2 puntos.

_Titulaciones:

_Estar en posesión de algún título oficial relacionado con la atención al anciano; 2 puntos por título.

_Estar en posesión de un título de idiomas _distintos del castellano_ oficiales en algún país miembro de la CEE, 2 puntos por título e idioma. Se deberá acreditar tener superado el 5.º curso de la Escuela de Idiomas o disponer del título EGA (euskera).

Experiencia: (Máximo 6 puntos).

1. Por servicios prestados como Trabajador de Servicios Generales con funciones de encargado/a o equiparado, en Residencias de Ancianos Públicas. Por cada año 2 puntos.

2. Por servicios prestados como Trabajador de Servicios Generales con funciones de encargado/a o equiparado, en Residencias de Ancianos Privadas. Por cada año 1 punto.

3. Por servicios prestados como Trabajador de Servicios Generales o equiparado, en Residencias de Ancianos Públicas, Ayuntamientos u otras Administraciones Públicas. Por cada año 0,75 puntos.

4. Por servicios prestados en Instituciones o empresas privadas con la categoría de Auxiliar de Familia, Auxiliar de Clínica o Trabajador de Servicios Generales. Por cada año 0,5 puntos.

Para el cómputo de los méritos previstos en apartados anteriores, suficientemente acreditados, se tendrán en cuenta tanto los servicios prestados en régimen laboral fijo o eventual como administrativo, interino o de propiedad, pero si coincide en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computará en ese período de coincidencia únicamente los prestados en el que tiene asignado una mayor puntuación.

Cuando el tiempo de experiencia acreditado no complete anualidades enteras o se realice en jornadas a tiempo parcial, se obtendrá la correspondiente proporcionalidad.

Base 8.ª Fase de oposición.

8.1. La fase de oposición constará de los siguientes ejercicios:

_Primer ejercicio: Prueba teórica.

Consistirá en la contestación por escrito, a un cuestionario tipo test o preguntas cortas, sobre los contenidos de los temas relacionados en el anexo II del programa.

_Segundo ejercicio: Prueba práctica.

Consistirá en la resolución por escrito, de uno o varios supuestos prácticos, sobre aspectos que determine el tribunal en relación con las materias del programa de la oposición, y las funciones del puesto de trabajo enunciadas en el apartado 1.5.

_Tercer ejercicio: Prueba psicotécnica.

Consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas acordes con las características y funciones del puesto a cubrir, realizadas por técnicos del Instituto Navarro de Administración Pública.

El Tribunal podrá determinar la celebración de varias pruebas en un solo día.

8.2. La valoración de los ejercicios de la oposición podrá alcanzar hasta un máximo de 40 puntos, que quedan distribuidos de la siguiente forma:

_Primer ejercicio: Hasta un máximo de 15 puntos, con eliminación si no se alcanzan los 7,5 puntos.

_Segundo ejercicio: Hasta un máximo de 15 puntos, con eliminación si no se alcanzan los 10 puntos.

_Tercer ejercicio: Hasta un máximo de 10 puntos, con eliminación de quienes no alcancen 5 puntos.

_En cualquier caso y en todos los ejercicios, quedará eliminado el aspirante que sea calificado con 0 puntos en cualquiera de los temas y supuestos.

8.3. La calificación se adoptará sumando las puntuaciones otorgadas por los distintos miembros del Tribunal y dividiendo el total por el número de asistentes de aquél, siendo el cociente la cantidad definitiva.

8.4. Los aspirantes serán convocados a las pruebas mediante llamamiento único, al que deberán acudir provistos del DNI. Los aspirantes que no comparezcan a los mismos, o en su caso, a la lectura de los respectivos ejercicios, quedarán eliminados.

Base 9.ª Relación de aprobados y presentación de documentos.

9.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Sangüesa, la relación de aprobados por orden de puntuación total obtenida y trasladará a la Junta del Organismo Autónomo propuesta de nombramiento en favor del aspirante con mayor puntuación.

9.2. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la notificación de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar a la Junta del Patronato los documentos siguientes:

a) Fotocopia del DNI.

b) Fotocopia compulsada del Certificado de Escolaridad.

c) Declaración Jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración.

d) Informe expedido por el Centro de Salud al que esté adscrito el aspirante indicando que, examinado el candidato y a la vista de su historial clínico, no padece enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite para el servicio de funciones propias del cargo.

9.3. Si el aspirante designado no presentara dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor debidamente justificados, dichos documentos, no podrá ser contratado, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pueda haber incurrido por falsedad en su instancia solicitando tomar parte en la Convocatoria.

9.4. En el supuesto previsto en el apartado anterior, la Junta del Organismo Autónomo cubrirá el puesto de trabajo con los aspirantes incluidos inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere el apartado 9.1, procediéndose con los mismos en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 10. Contratación.

10.1. Finalizado el procedimiento de selección y aportados los documentos a que se refiere la base 9.2, la Junta Rectora, mediante el acuerdo correspondiente, ordenará la contratación del aspirante que hubiera dado cumplimiento a los requisitos.

10.2. El aspirante nombrado deberá formalizar contrato y tomar posesión de su cargo en el plazo máximo de treinta días a partir de la notificación de su nombramiento, decayendo en todos sus derechos si no lo hicieran, salvo casos justificados de fuerza mayor.

10.3. El contratado quedará sometido a un período de prueba de tres meses de duración. Transcurrido dicho plazo sin que la Administración contratante estime nada en contra, adquirirán la condición de contratados laborales fijos a todos los efectos.

Base 11. Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y los actos de aplicación de la misma podrá interponerse optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación o publicación.

b) Recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

c) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes a la fecha de notificación o publicación del acto o acuerdo recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/Doña ...................................., mayor de edad, provisto del DNI número ......................... y nacido el día .......... de ............. de 19....., natural de .................., con domicilio en .................., calle .................., teléfono .....................

Ante V.E. comparece y como mejor proceda,

Expone:

_Que solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición y en régimen laboral, de un puesto de trabajo de Servicios Generales con funciones de Encargado/a con destino a la Residencia de Ancianos Municipal de Sangüesa.

_Que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

_Que acompaña documentación justificativa de los méritos alegados.

Por lo expuesto,

_Solicita se sirva admitir la presente instancia y en su virtud le haga ser admitido/a en la Convocatoria para la provisión mediante concurso-oposición y en régimen laboral fijo de un puesto de trabajo de Servicios Generales con funciones de Encargado/a con destino a la Residencia Municipal de Ancianos de Sangüesa.

Sangüesa, ................................. de .......................... de 2005.

(Firma)

SEÑOR PRESIDENTE DE LA JUNTA DEL ORGANISMO AUTONOMO RESIDENCIA MUNICIPAL DE ANCIANOS DE SANGÜESA.

ANEXO II

Programa de oposición

Tema 1._Los problemas de la Tercera Edad. Enumeración de los mismos.

Tema 2._Atención adecuada al anciano en Residencias Geriátricas.

Tema 3._La Higiene personal del anciano.

Tema 4._Medios a utilizar en la limpieza de las dependencias de una Residencia. Limpieza de baños y servicios. La correcta utilización de los productos de limpieza. El lavado y cuidado de la ropa.

Tema 5._Aspectos y tareas a tener en cuenta en el Servicio de comedor de una Residencia Geriátrica.

Tema 6._Organización administrativa de la Residencia Municipal de Sangüesa. Estatutos del Organismo Autónomo.

Sangüesa, 11 de octubre de 2005
El Presidente del Organismo Autónomo Residencia Municipal de Ancianos, José Luis Lorenzo Elbás.

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