BOLETÍN Nº 129 - 28 de octubre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

1.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

RESOLUCION 202/2005, de 13 de octubre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, por la que se convocan pruebas específicas para la valoración de idiomas, a efectos de la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

La Orden Foral 18/2004, de 8 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, regula las pruebas específicas para la valoración de idiomas a efectos de la provisión de puestos de trabajo en las Administraciones Públicas de Navarra.

El artículo 3.3 de la Orden Foral dispone que las pruebas se convocarán mediante Resolución del Director Gerente del Instituto Navarro de Administración Pública, que se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, sin perjuicio de su anuncio en los tablones oficiales del Instituto Navarro de Administración Pública y en la página web del mismo. Añade que la resolución especificará los aspectos concretos referidos a las pruebas de valoración: plazo de presentación de solicitudes, examen escrito, redacción, examen oral, progresividad de la prueba ...

Con el fin de dar cumplimiento material a la meritada disposición, procede dictar la oportuna resolución administrativa que establezca las bases de la nueva convocatoria de las pruebas específicas para la valoración de los idiomas, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Foral 112/2005, de 12 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Navarro de Administración Pública,

RESUELVO:

1.º Convocar pruebas específicas destinadas a la valoración de conocimientos lingüísticos de vascuence, inglés, francés y alemán del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, a efectos de la provisión de los puestos de trabajo de dichas Administraciones Públicas.

2.º Aprobar las Bases por la que se rige la convocatoria y que figuran como anexo a esta Resolución, así como los modelos de impreso a utilizar.

3.º Notificar esta Resolución al Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios y a la Secretaría General del Instituto Navarro de Administración Pública.

4.º Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y anunciarla en los tablones oficiales del Instituto Navarro de Administración Pública y en la página web del mismo, a los efectos de su general conocimiento.

5.º Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 57 y 115 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, artículo 46 de los Estatutos del organismo autónomo Instituto Navarro de Administración Pública, aprobados por el Decreto Foral 267/2003, de 28 de julio, modificado por la Disposición Adicional Sexta del Decreto Foral 38/2005, de 24 de febrero, y artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

B A S E S

Bases de la convocatoria de pruebas específicas destinadas a la valoración de conocimientos lingüísticos de vascuence, inglés, francés y alemán del personal al servicio de las administraciones públicas de Navarra, a efectos de la provisión de los puestos de trabajo de dichas administraciones públicas.

Base primera._Normas generales.

Se convocan pruebas específicas destinadas a la valoración de conocimientos lingüísticos de vascuence, inglés, francés y alemán del personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra, a efectos de la provisión de los puestos de trabajo de dichas Administraciones Públicas, de acuerdo con lo que establece la Orden 18/2004, de 8 de marzo, del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior (BOLETIN OFICIAL de Navarra número 39, de 31 de marzo de 2003).

Base segunda._Requisitos.

Para ser admitido a la realización de las pruebas específicas, los interesados deberán reunir los requisitos siguientes:

a) Presentar la correspondiente solicitud conforme a la base tercera.

Ser funcionario o contratado laboral fijo de una Administración Pública de Navarra. No podrán acogerse a estas pruebas específicas quienes sean contratados administrativos, contratados laborales temporales o personal eventual de las Administraciones citadas.

Encontrarse legalmente habilitado para participar en los concursos de provisión de puestos de trabajo regulados en el Decreto Foral 215/1985, de 6 de noviembre.

Base tercera._Plazo y presentación de solicitudes.

El plazo improrrogable de presentación de las solicitudes para la realización de las pruebas específicas será de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Las solicitudes habrán de presentarse dentro del citado plazo utilizando el impreso de solicitud preparado a tal efecto por el Instituto Navarro de Administración Pública y que figura al final de estas bases.

Los interesados podrán utilizar el impreso que figura en esta resolución, solicitarlo en las oficinas del Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública u obtenerlo en la siguiente dirección de Internet: www.cfnavarra.es/inap.

Las solicitudes irán dirigidas al Instituto Navarro de Administración Pública, calle Navarrería, número 39, código postal 31001, de Pamplona, y podrán presentarse por cualquiera de las siguientes formas:

_Directamente en las dependencias administrativas del Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública.

_En el Registro General del Gobierno de Navarra, en la avenida Carlos III, 2.

_Por correo postal.

_Por correo electrónico, enviándolo a la siguiente dirección: servicio.vascuence.inap@cfnavarra.es

_A través de Internet en la dirección www.inapidiomas.net

_Por cualquier otro medio de los admitidos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Base cuarta._Competencia para la valoración.

Las valoraciones de los admitidos competerán al Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios del Instituto Navarro de Administración Pública.

Para cada idioma, el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios indicará un responsable.

La valoración material de los conocimientos idiomáticos de los interesados se llevará a cabo por personas evaluadoras, designadas entre los empleados de las Administraciones Públicas o contratadas a tal efecto, siempre que cuenten con la titulación oficial apta para la evaluación.

Base quinta._Niveles de valoración.

La valoración de cada aspirante en cada idioma al que se haya presentado será de 0 a 5, sin fraccionamientos, y en función de los conocimientos demostrados.

Para la valoración conjunta de los conocimientos lingüísticos se evaluarán las cuatro destrezas lingüísticas: comprensión oral, comprensión escrita, expresión oral y expresión escrita.

Para la superación de cualquier nivel lingüístico (de 1 a 5) será necesario haber superado cada uno de estos cuatro apartados en una misma prueba. Por tanto, no se tendrá en cuenta la superación de alguna de estas cuatro destrezas en una prueba anterior.

La calificación será global, según se considere que el evaluado ha superado completamente cada nivel de dificultad.

Base sexta._Pruebas de valoración.

Para ser admitido al acto material de celebración de las pruebas específicas, así como durante todo su desarrollo, los interesados deberán estar en posesión y facilitar cuando se lo soliciten los responsables de la valoración, el documento nacional de identidad.

Las pruebas de valoración se compondrán de dos partes: escrita y oral.

a) La parte escrita incluirá ejercicios para valorar la capacidad gramatical, la comprensión global y específica de textos, y la expresión escrita.

A tal efecto, se dividirá en cinco partes. Cada participante decidirá a lo largo de la prueba, según su criterio personal y en atención a su nivel de conocimientos, si realiza una, dos o más partes de la prueba escrita, siendo en todo caso aconsejable, realizar un mínimo de dos partes para que los evaluadores dispongan de información suficiente para concretar la valoración. Para ello, los participantes dispondrán de información precisa al comienzo de la prueba y, además, del tiempo necesario para realizar una, dos o más partes. Los participantes dispondrán un máximo de seis horas para la realización de todas las pruebas escritas.

b) En la parte oral se evaluarán la comprensión y la expresión oral.

La parte correspondiente a la expresión oral, con carácter general, será a partir de un soporte (texto, fotografía, cuestionario ...) y se grabará. Consistirá en exponer, individualmente o en parejas, temas de interés general o mantener conversaciones.

Base séptima._Fechas de las pruebas.

Las pruebas se realizarán en enero de 2006.

Una vez recibidas todas las solicitudes, las fechas y los horarios concretos de las pruebas se anunciarán en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, en los tablones oficiales del Instituto Navarro de Administración Pública y en la página web de éste, sin perjuicio de los anuncios en los diarios de edición en Navarra en que se considere necesario.

La distribución del calendario de las diferentes pruebas se hará según el número de participantes y de las posibilidades técnicas de realización.

Las pruebas se realizarán en el Instituto Navarro de Administración Pública, en horario de mañana y tarde.

Base octava._Remisión de valoración.

Concluidas las pruebas y efectuadas las correcciones de los ejercicios, el Servicio de Vascuence e Idiomas Comunitarios emitirá un documento acreditativo de la valoración otorgada a cada interesado.

El documento se remitirá al lugar que hubiera indicado el interesado, a efectos de notificaciones, en el mes siguiente a la conclusión de las pruebas.

Pamplona, 13 de octubre de 2005
El Director Gerente del Instituto Navarro de administración pública, Ignacio Bandrés Urriza.

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