BOLETÍN Nº 117 - 30 de septiembre de 2005

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.2. Plantilla Orgánica, Oferta Pública de Empleo, oposiciones y concursos

ESTELLA

Convocatoria para la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de profesor de pintura del Colectivo Almudi

Por Resolución número 339, de 6 de septiembre de 2005, de la Alcaldesa del Ayuntamiento de Estella, se ha aprobado la "Convocatoria para la provisión, mediante concurso-oposición de un puesto de trabajo de profesor de pintura del colectivo Almudi.

B A S E S

Base 1._Normas generales.

1.1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, por el sistema de concurso-oposición, de una plaza de Profesor de Pintura, con destino en las aulas de pintura del colectivo Almudi, dependiente del Ayuntamiento de Estella.

1.2. El aspirante que resulte nombrado en virtud de la presente convocatoria, tendrá la condición de contratado laboral fijo-discontinuo del Ayuntamiento de Estella, y será afiliado y dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, bajo la acción protectora prevista en este régimen.

1.3. El puesto de trabajo estará dotado con las retribuciones correspondientes al nivel C, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento Provisional de Retribuciones, aprobado por Decreto Foral 158/1984, de 4 de julio, y demás disposiciones que lo desarrollan o modifican, así como las establecidas en la Plantilla Orgánica del Ayuntamiento de Estella, para dicho puesto de trabajo.

1.4. El régimen será de jornada a tiempo parcial (73%), durante 9 meses de duración del curso escolar, establecido entre el 1 de octubre y el 30 de junio, adaptándose el horario, a las necesidades del servicio, pudiendo ser modificado en cualquier momento por el órgano administrativo competente.

1.5. El aspirante que resulte nombrado tendrá el deber de residir en Estella, a cuyo efecto fijará efectivamente su domicilio en este término municipal, salvo autorización expresa en contrario.

Base 2._Funciones que se desempeñarán.

Las funciones que el Profesor de Pintura debe desempeñar son las siguientes:

2.1. Enseñanza de técnicas de pintura artística a alumnos adultos y niños, inscritos en las aulas del Colectivo Almudi, como actividad extraescolar y sin validez académica alguna.

2.2. Colaborar con las labores que se les requiera desde el Departamento de Cultura, siempre que estas estén relacionadas con su área de acción.

Base 3._Requisitos de los aspirantes.

3.1. Para ser admitidos a la presente oposición, los aspirantes deberán reunir, en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de los nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

b) Tener cumplidos dieciocho años y no exceder de la edad establecida para la jubilación.

c) Hallarse en posesión del título de Bachillerato, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

d) Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.

e) No hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

f) Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Todos estos requisitos deberán ser acreditados documentalmente por los aspirantes que resulten seleccionados y sean llamados para su contratación temporal, en el momento que se les indique, con anterioridad a la formalización del correspondiente contrato.

El cumplimiento de los anteriores requisitos, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección y durante el periodo de contratación.

Base 4._Instancias.

4.1. Las instancias para poder participar en la convocatoria deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Estella, sito en Paseo de la Inmaculada número 1 en horario de atención al público (de 10:30 a 13:30 horas de lunes a viernes), o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 20 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las instancias deberán ajustarse al modelo publicado como Anexo en la presente convocatoria y será facilitado en las Oficinas Generales del Ayuntamiento de Estella, pudiendo obtenerse también, a través de Infolocal, llamando al teléfono 012.

En la instancia de participación, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

4.2. Los aspirantes con minusvalía deberán adjuntar a la instancia de participación, la acreditación de la condición de minusválido, expedida por órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios en que éstas sean necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y además, expresar en hoja aparte la minusvalía que padecen y las adaptaciones solicitadas.

4.3. Plazo de presentación de instancias.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Convocatoria en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. El plazo señalado para la presentación de instancias será improrrogable.

4.4. A las instancias se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o documentación equivalente de identificación.

b) Certificados originales acreditativos de los méritos que el aspirante desee hacer valer en la fase de concurso, de conformidad con lo establecido en el apartado 8 de esta convocatoria, o, tratándose de extremos que no pueda acreditar por este conducto copia autentificada o fotocopia (que se presentará acompañada del original para su compulsa) de los títulos, justificantes u otros que pretenda sean valorados.

Base 5._Admisión de aspirantes y reclamaciones.

5.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos y ordenará su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

5.2. Los aspirantes excluidos, dentro de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la lista provisional en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, podrán formular reclamaciones y subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido.

5.3. Transcurrido el plazo de reclamaciones y una vez resueltas éstas, la Alcaldía dictará Resolución aprobando la lista definitiva de admitidos y excluidos y ordenará la publicación de la misma en el BOLETIN OFICIAL de Navarra. En la misma resolución se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de las pruebas.

El hecho de figurar en las relaciones de admitidos no prejuzga que se reconozca a los interesados la posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Cuando del examen de la documentación que deben presentar los aspirantes en el momento de su llamamiento para la contratación, se desprenda que no poseen alguno de los requisitos exigidos, los interesados decaerán de todos los derechos que pudieran derivarse de su participación en esta convocatoria.

Base 6._Tribunal calificador.

6.1. El Tribunal calificador estará compuesto por los siguientes miembros:

_Presidente: Doña María José Fernández Aguerri, alcaldesa del Ayuntamiento de Estella.

_Suplente: Don Jaime Garin San Martín, concejal de cultura del Ayuntamiento de Estella.

_Vocal: Un profesor de las Aulas de Pintura del Colectivo Almudi.

_Suplente: Un profesor de las Aulas de Pintura del Colectivo Almudi.

_Vocal: Director del Museo Gustavo de Maeztu de Estella.

_Suplente: Coordinadora de la Casa de Cultura de Estella.

_Vocal: Un representante de la Comisión de Personal.

_Suplente: Un representante de la Comisión de Personal.

_Vocal-Secretario: Don Pablo Gil Morras, secretario general del Ayuntamiento de Estella.

_Suplente: Doña María Puy Barbarin Elcarte, oficial administrativo del Ayuntamiento de Estella.

6.2. El Tribunal deberá constituirse antes de las pruebas selectivas, siendo necesaria para su válida constitución y actuación, la asistencia de, al menos, la mayoría absoluta de sus miembros.

6.3. El Tribunal resolverá por mayoría todas las cuestiones que puedan plantearse en relación con la interpretación y aplicación de las bases contenidas en esta convocatoria.

6.4. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano convocante, cuando concurran los motivos de abstención presentes en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las aludidas circunstancias.

6.5. El Tribunal podrá incorporar asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el Tribunal y se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.

Base 7._Desarrollo del concurso-oposición.

7.1. El concurso-oposición se desarrollará en dos fases, teniendo lugar en primer término el concurso y posteriormente la fase de oposición en la forma indicada en las presentes bases.

7.2. El concurso-oposición dará comienzo en la fecha, hora y lugar que se anuncie con la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

Base 8._Fase de concurso.

8.1. La fase del concurso, sin carácter eliminatorio, tendrá una valoración máxima de 20 puntos. Los méritos alegados y probados conforme a lo establecido en el apartado 4.4 se puntuarán de acuerdo con el siguiente baremo:

8.1.1. Experiencia Profesional.

a) Por trabajos prestados en Administraciones Públicas, en puestos de similares características que las del puesto que se convoca, por cada año 2 puntos, hasta un máximo de 10 puntos. Las fracciones se prorratearán proporcionalmente.

b) Por trabajos prestados en centros docentes, en puestos de similares características que las del puesto que se convoca, por cada año 1 punto, hasta un máximo de 5 puntos. Las fracciones se prorratearán proporcionalmente.

c) Por desempeño de actividad profesional de similar característica a la del puesto que se convoca en academias privadas, propias o ajenas, por cada año 0,5 puntos, hasta un máximo de 2,5 puntos.

La puntuación máxima en el apartado "Experiencia profesional", será de 15 puntos, por lo que si la suma de los apartados a), b) y c), fuera superior, se mantendrá en 15 puntos.

Si coinciden en el tiempo la prestación de servicios encuadrados en más de un apartado, se computarán en ese período de coincidencia, únicamente los prestados en el que tenga asignada mayor puntuación.

8.1.2. Formación, docencia, investigación y otros méritos. Máximo 5 puntos.

a) Por haber realizado publicaciones y trabajos de investigación relacionados con las funciones del puesto, hasta 1 punto.

b) Por cursos, seminarios, jornadas, debidamente acreditados que tengan relación con el puesto, se valorarán con el siguiente criterio:

Por cada hora de curso: 0,005 puntos, con un máximo de 5 puntos.

c) Por formación reglada complementaria, relacionada con las funciones del puesto:

_Por un título de Diplomatura, 0,50 puntos.

_Por un título de Licenciatura, 1 punto.

d) Conocimiento de Euskera: Por título EGA o Certificado de Aptitud expedido por la Escuela oficial de Idiomas, 1 punto.

e) Premios, exposiciones, etc, a valorar por el Tribunal, hasta 1 punto.

8.2. Concluida la fase de concurso se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Estella, la puntuación obtenida por los aspirantes en esta fase.

Base 9._Fase de oposición.

9.1. La oposición constará de los siguientes ejercicios, siendo su puntuación máxima 80 puntos:

a) Primer ejercicio.

Consistirá en la contestación a un cuestionario tipo test, sobre preguntas relacionadas con los temas del Anexo II. La puntuación máxima de esta prueba será de 20 puntos, debiéndose alcanzar un mínimo de 10 puntos para superar la prueba.

b) Segundo ejercicio.

Prueba de carácter teórico-practico relacionada con la programación de un curso. La puntuación máxima de esta prueba será de 40 puntos, debiéndose alcanzar un mínimo de 20 puntos para superar la prueba.

c) Tercer ejercicio.

Prueba de carácter práctico, que consistirá en la realización de un dibujo a lápiz o carboncillo de un tema libre, durante un tiempo máximo de 30 minutos. La puntuación máxima de esta prueba será de 15 puntos, debiéndose alcanzar un mínimo de 7,5 puntos para superar la prueba.

d) Cuarto ejercicio.

Entrevista personal con el Tribunal que versará sobre aspectos generales relacionados con el puesto de trabajo a desarrollar, y para lo cual éste podrá contar con el asesoramiento técnico necesario. La puntuación máxima será de 5 puntos, no teniendo carácter eliminatorio.

9.2. Los aspirantes serán convocados mediante llamamiento único para cada ejercicio, al que deberán acudir provistos del Documento Nacional de Identidad, de bolígrafo, lápiz o carboncillo y goma de borrar. Quedarán eliminados aquellos aspirantes que no se presenten en las fechas, horas y lugares anunciados por cualquier motivo.

9.3. Una vez terminado cada ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, lista de aspirantes aprobados con las calificaciones obtenidas y, así mismo, el lugar, la fecha y hora de celebración del siguiente ejercicio de la oposición, con una antelación mínima de 48 horas.

Base 10._Relación de aprobados y presentación de documentos.

10.1. Terminada la calificación del último ejercicio, el Tribunal hará pública, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, la relación de aprobados por orden de puntuación obtenida, sumando las calificaciones obtenidas por cada aspirante en los ejercicios.

10.2. El Tribunal elevará a la señora Alcaldesa propuesta de nombramiento en favor de los aspirantes con mayor puntuación que tengan cabida en el número de plazas convocadas, la cual será publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Los empates que se produzcan se dirimirán atendiendo a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios, por el orden en que éstos se han realizado y, en último caso, de ser necesario, a favor del aspirante de mayor edad.

10.3. Dentro de los 30 días naturales siguientes a la publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de la propuesta de nombramiento, el aspirante propuesto deberá aportar, en el Registro General del Ayuntamiento, los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 3.1.c) de la convocatoria.

c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le imposibilite el ejercicio de las funciones propias del cargo.

d) Declaración jurada de no hallarse inhabilitado ni suspendido para el ejercicio de funciones públicas y de no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.

e) Juramento o promesa de respetar el Régimen Foral de Navarra, de acatar la Constitución y las Leyes y de cumplir fielmente las obligaciones propias del cargo.

10.4. Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor suficientemente justificados, no presentaran dichos documentos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

10.5. En el supuesto previsto en el apartado anterior, el Alcalde cubrirá la baja con el aspirante incluido inmediatamente a continuación en la relación de aprobados a que se refiere la Base 10.1 procediéndose con el mismo en la forma señalada en los apartados anteriores.

Base 11._Nombramiento y toma de posesión.

11.1. La señora Alcaldesa nombrará, mediante resolución, contratado laboral fijo-discontinuo del Ayuntamiento de Estella, para desempeñar el puesto de trabajo de Profesor de Pintura, al aspirante que hubiera dado cumplimiento a lo establecido en la Base anterior.

Dicho nombramiento será publicado en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

11.2. El aspirante nombrado deberá tomar posesión en el plazo de un mes a contar desde la notificación del nombramiento. Si en dicho plazo y salvo casos de fuerza mayor, no tomara posesión, perderá todos sus derechos para la adquisición de la condición de contratado laboral fijo-discontinuo del Ayuntamiento de Estella. En tal supuesto, se estará a lo establecido en la Base anterior.

Base 12._Recursos.

Contra la presente convocatoria, sus bases y actos de la misma podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses, a contar desde la publicación o notificación del acto recurrido y optativamente recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de publicación o notificación del acto recurrido.

ANEXO I

Modelo de instancia

Don/doña ........................., mayor de edad, provisto/a de Documento Nacional de Identidad número .......... y nacido el día ..... de ........... de ......, natural de .......... (.............), de nacionalidad ..........., con domicilio actual en ......... (...........), calle ..............., código postal ............, teléfonos .................

Ante V.E. comparece y como mejor proceda dice:

Que cumple en tiempo y forma todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria y bases para la provisión, mediante pruebas selectivas, de un puesto de trabajo de Profesor de Pintura del colectivo Almudi dependiente del Ayuntamiento de Estella, publicada en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, número ....., de fecha ..............

Que se somete y acepta como vinculantes los términos de las bases que rigen la convocatoria.

Que acompaña fotocopia compulsada del D.N.I.

Que desea someterse a las pruebas de Euskera:

Sí f No f

(Marque una cruz donde proceda).

Por lo expuesto,

Solicita ser admitido a la convocatoria para la provisión, mediante pruebas selectivas, de un puesto de trabajo de Profesor de Pintura del Colectivo Almudi dependiente del Ayuntamiento de Estella.

Estella, ..... de .............. de 2005.

(Firma)

ANEXO II

Temario

Tema 1._La Administración municipal. Organos municipales: Alcalde, Pleno y Junta de Gobierno. Otros órganos. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general y, particularmente, en referencia al Ayuntamiento de Estella.

Tema 2._Expresividad y creatividad. Factores que intervienen en el proceso creativo. Estrategias.

Tema 3._Forma e imagen. Factores objetivos y subjetivos en la apreciación formal. Psicología de la imagen.

Tema 4._La forma dimensional y tridimensional: organización y estructuras. Recursos para su análisis.

Tema 5._La proporcional en las formas: el módulo y la estructura. Redes. La proporción en el cuerpo humano: diferentes concepciones estéticas.

Tema 6._El color como fenómeno físico y visual. Color luz, color pigmento.

Tema 7._La luz definidora de las formas. Luz natural y artificial. Representación bidimensional del volumen. El claroscuro.

Tema 8._Técnicas de expresión en el dibujo y en la pintura. Materiales.

Estella, 6 de septiembre de 2005
La Alcaldesa, María José Fernández Aguerri.

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