BOLETÍN Nº 117 - 30 de septiembre de 2005

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

RESOLUCION 529/2005, de 13 de septiembre, del Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, por la que se convocan los XIX Juegos Deportivos de Navarra y se aprueban los criterios básicos que regulan el desarrollo de la competición.

El artículo 44.14 de la Ley Orgánica 13/1982 de 10 agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra atribuye a la Comunidad Foral de Navarra competencia exclusiva en materia de promoción del deporte y adecuada utilización del ocio.

Por Real Decreto 335/1986, de 24 de enero, se llevó a cabo la transferencia de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de deportes a la Comunidad Foral de Navarra. Entre las funciones que se atribuyen a la Comunidad Foral figura expresamente la relativa a la promoción y organización de la actividad deportiva escolar.

Entre los objetivos de política deportiva de la Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra, artículo 3.5, figura el de promocionar el deporte base desde los niveles escolares y por encima de cualquier otra práctica deportiva, como núcleo fundamental para el desarrollo del deporte navarro en todos sus niveles.

Así mismo en el artículo 6.2.g de la citada Ley Foral figura como competencia de la Administración deportiva de la Comunidad Foral, organizar o autorizar la organización de las competiciones deportivas oficiales de Navarra, en edad de escolarización obligatoria.

El Decreto Foral 278/2003, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, establece en su artículo primero que el Organismo Autónomo, bajo la superior planificación, dirección y tutela del titular del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud, ejercerá las competencias en materia de deporte y juventud que corresponden al Gobierno de Navarra, con el alcance que establecen sus propios estatutos.

Entre las funciones que corresponden a la Subdirección de Deporte se encuentran las de:

a) Promocionar, coordinar y fomentar la actividad deportiva.

b) Coordinar y tutelar a las federaciones deportivas de Navarra, y en su caso a otras entidades deportivas de Navarra, en el ejercicio de las funciones públicas que tengan delegadas, sin menoscabo de su actividad privada. Las federaciones deportivas de Navarra, entidades privadas de base asociativa ejercen por delegación funciones públicas de carácter administrativo y tienen reconocidas, en virtud del Decreto Foral 80/2003 de 14 de abril, entre sus funciones las concernientes a la promoción y desarrollo de su modalidad o modalidades deportivas, así como la organización de competiciones oficiales de ámbito navarro.

c) Organizar o autorizar la organización de las competiciones deportivas oficiales de Navarra, en edad de escolarización obligatoria.

Teniendo en cuenta los antecedentes descritos, procede convocar los XIX Juegos Deportivos de Navarra y establecer en términos generales los criterios básicos que regulen los Juegos Deportivos de Navarra, aglutinando y unificando como competición oficial en el ámbito de la Comunidad Foral a aquella actividad y manifestación deportiva realizada por participantes en categoría alevín, infantil, cadete y juvenil, con carácter general, durante el período de tiempo no lectivo. Marco básico que ha venido ejecutándose y asentándose en las ediciones anteriores y en el que por la propia naturaleza deportiva de la actividad desarrollada deben participar e intervenir en ejercicio de las funciones que tienen atribuidas, las Federaciones Deportivas.

La organización de estos Juegos Deportivos de Navarra corresponde al Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, conjuntamente con las Federaciones Deportivas y Entidades Locales de Navarra.

Procede igualmente aprobar el texto anexo de los acuerdos suscritos entre el Instituto Navarro de Deporte y Juventud y las distintas Federaciones Deportivas de Navarra participantes en los mismos.

En consecuencia, y sin perjuicio de la regulación que al respecto pueda establecer la Junta de Gobierno del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, en uso de las facultades conferidas por el artículo 14 del Decreto Foral 278/2003, de 28 de julio, por el que se aprueban los estatutos del Instituto Navarro de Deporte y Juventud,

RESUELVO:

1.º Aprobar la convocatoria de los XIX Juegos Deportivos de Navarra y los criterios básicos que regulan la competición conforme a la normativa que figuran en anexo a la presente Resolución y su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos.

2.º Aprobar el texto anexo de los acuerdos suscritos entre el Instituto Navarro de Deporte y Juventud con las federaciones deportivas de Navarra para su organización.

3.º La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

4.º Trasladar la presente Resolución al Instituto Navarro de Deporte y Juventud, a la Subdirección de Deporte, a las federaciones deportivas de Navarra interesadas y al BOLETIN OFICIAL de Navarra, a los efectos oportunos, significándole que contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Bienestar Social, Deporte y Juventud, en el plazo de un mes contando a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

El Gobierno de Navarra a través del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, convoca para el presente curso escolar 2005/2006 los XIX Juegos Deportivos de Navarra, regulados por la Normas Generales que se indican en las siguientes

B A S E S

1._Ambito.

Los Juegos Deportivos de Navarra (a partir de aquí "JDN") constituyen la única competición oficial de Navarra que determina a los campeones navarros de los deportes y categorías convocados. Cualquier otra actividad, que se oferte desde las federaciones deportivas Navarras en estas edades deberá contar con el V.º B.º del Instituto Navarro de Deporte y Juventud (a partir de aquí INDJ).

El programa de JDN se desarrollará con carácter general los sábados a la mañana y podrá contemplar actividades de promoción o de carácter lúdico.

2._Participación.

En el programa de JDN podrán participar todos/as los/as deportistas escolarizados/as o con residencia en Navarra que pertenezcan a un club deportivo inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Navarra y comprendidos/as en las siguientes edades por categorías:

."A" Alevín: nacidos/as 1994-95.

."I" Infantil: nacidos/as 1992-93.

."C" Cadete: nacidos/as 1990-91.

."J" Juvenil: nacidos/as 1988-89.

Las citadas edades y categorías podrán variarse en función de las características y reglamentación de los diferentes deportes y podrá igualmente incorporarse la categoría benjamín, con objeto de asumir progresivamente la Regulación Deportiva en el Menor, lo cual quedará reflejado en los correspondientes Reglamentos Técnicos.

En aquellos casos que los/las deportistas no cumplan los requisitos anteriormente citados y deseen participar, deberán ser autorizados por el Comité Organizador.

Podrán participar excepcionalmente, equipos cuya composición sea mixta, siempre que concurran circunstancias que lo aconsejen y previa autorización del Comité Organizador.

3._Objetivos.

a) Posibilitar la participación deportiva de toda la población Navarra en las categorías convocadas, incidiendo en su sentido formativo y educativo.

b) Ofertar una actividad deportiva adecuada a las características de los/las participantes, fomentando la deportividad.

c) Promocionar modalidades deportivas con escasa implantación o de carácter lúdico en estas edades.

d) Posibilitar la detección de talentos deportivos con proyección de futuro.

e) Establecer un plan de formación de técnicos, para que en un plazo de tiempo prudencial, los responsables de los clubes y equipos participantes, dispongan de una mayor preparación para un mejor desarrollo de sus funciones.

4._Organización.

La organización general de los JDN corresponde al INDJ quién delegará el desarrollo deportivo específico a las federaciones deportivas de Navarra y contará con la colaboración de las Entidades Locales de Navarra.

La actividad será gratuita, con las correspondientes cuotas de inscripción y depósitos.

Las categorías juvenil, alevín y benjamín y la modalidad de fútbol campo, podrán tener un tratamiento diferenciado al resto de modalidades y categorías tradicionales en el programa en su progresiva incorporación al mismo.

Se adjunta un calendario de los diferentes deportes con sus particulares condiciones de participación: plazo de inscripción, número de jugadores, cuotas de inscripción y depósitos.

En toda información y comunicación referente a JDN, se emplearán los logotipos correspondientes al programa, indicándose asimismo sus organizadores y colaboradores.

a) Comité de Organización: Se establecerá un Comité por cada deporte, compuesto al menos por dos representantes del INDJ y otros dos de la federación correspondiente. Entre otras, tendrán las funciones de:

Organización, desarrollo y evaluación de cada deporte, así como la aprobación del Sistema de Competición, Reglamento Técnico y Disciplinario adaptado a la edad y propuesto por las federaciones.

Antes del comienzo de la competición, las federaciones deportivas habrán publicado los Sistemas de Competición, Reglamentos Técnicos y Calendarios, que estarán a disposición de todos los clubes inscritos en la competición.

b) Comité de Seguimiento: Se establecerá un Comité de Seguimiento por cada deporte, que podrá coincidir o no con el Comité de Organización.

Entre otras, tendrá las siguientes funciones:

_Nombrar a personas colaboradoras para realizar las funciones de supervisión, seguimiento, información y propuesta de mejoras en el desarrollo del programa. El Comité y las personas colaboradoras estarán acreditadas y tendrán capacidad para velar por el cumplimiento de los Objetivos de JDN y de la Campaña de la Deportividad.

_Analizar las acciones antidisciplinarias excepcionales que pudieran ocurrir durante el desarrollo de la actividad y proponer a los Comités disciplinarios, si lo estiman conveniente, diferentes alternativas en el cumplimiento de las posibles sanciones deportivas que pudieran derivarse en tales casos.

_Solventar los problemas que vayan surgiendo en el desarrollo óptimo del programa y de la calidad del mismo.

c) Desplazamientos: El autobús es el medio de transporte oficial de la organización; no obstante los clubes con la antelación establecida, podrán solicitar la utilización de medios de transporte propios, que tendrán la correspondiente subvención.

El incumplimiento de la normativa de desplazamientos dará lugar: la primera vez a una sanción del 25% del depósito, la segunda vez del 75% restante y la tercera vez determinará la pérdida del derecho al transporte oficial y subvenciones por este concepto.

Las normas más destacables del transporte oficial son:

1) Necesaria presencia con cada grupo o equipo, de al menos un responsable acreditado del club, mayor de edad, durante todo el desplazamiento.

2) Obligación del club/equipo de informarse semanalmente del plan de desplazamiento establecido, a través de los cauces que se determinen.

3) Obligación de los participantes al cumplimiento del plan de viaje establecido en lo referente a horarios y lugares de salida del autobús.

4) Los equipos que no vayan a hacer uso del transporte programado deberán notificarlo a la federación correspondiente al menos con cinco días de antelación a la fecha de señalización del encuentro.

La empresa adjudicataria del transporte oficial, atenderá los sábados a la mañana, los posibles problemas que se produzcan, en el teléfono móvil 608 77 90 31.

d) Instalaciones: Todos los equipos participantes en los JDN deberán disponer de instalaciones adecuadas para efectuar la competición, o bien gestionar con la organización el uso de otras instalaciones alternativas. En ningún caso se podrán derivar gastos de alquiler de instalaciones con cargo al programa de JDN. Los equipos que tengan una hora fija de juego en sus instalaciones deberán adaptarla, en los casos que el equipo contrario utilice el transporte oficial.

e) Asistencia Sanitaria y Seguros: La asistencia sanitaria derivada de la práctica deportiva de los participantes en todas las modalidades deportivas incluidas en los JDN corresponderá, con carácter general al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea (O.F. 64/2003, de 15 de mayo, del Consejero de Salud).

El INDJ tendrá contratada una póliza de seguro de accidentes que cubra los riesgos de fallecimiento y/o pérdidas anatómicas y funcionales por accidente. La responsabilidad civil derivada de la actividad programada, está incluida en la cobertura general de responsabilidad civil establecida por el Gobierno de Navarra (art. 67 de la Ley del Deporte, pág. 55).

f) Trofeos y Medallas: El INDJ determinará el número y el modelo de los trofeos y medallas que se entreguen en los JDN en las diferentes finales que se celebren, así como el protocolo y decoración específica de las mismas.

5._Programa deportivo.

a) Modalidades/Especialidades: Actividades Subacuáticas (natación con aletas), Ajedrez, Atletismo, (campo a través y pista), Bádminton, Baloncesto, Balonmano, Béisbol Ciclismo (BTT, carretera), Deportes de Invierno (esquí de fondo), Fútbol (fútbol campo, fútbol sala y fútbol 7 femenino), Herri Kirolak, Hípica, Judo y D.A., Kárate, Natación (natación y waterpolo), Patinaje (velocidad y hockey), Pelota (pelota a mano, cesta punta, remonte, paleta goma, paleta cuero, pala corta y guante-laxoa), Rugby, Taekwondo, Tenis, Tenis de Mesa, Triatlón, Vela.

Las modalidades deportivas a contemplar dentro de los JDN podrán modificarse por la Subdirección de Deporte del INDJ cuando concurran circunstancias que así lo aconsejen.

b) Inscripciones: Las inscripciones se formalizarán por los clubes, en los plazos establecidos; cumplimentando todos los datos de los impresos oficiales y abonando las cuotas y depósitos; en las federaciones deportivas de Navarra. Una vez tramitadas se procederá a la expedición de la licencia federativa correspondiente, que habilitará para poder participar en los JDN, como deportistas, delegados, entrenadores y árbitros.

El Comité Organizador, podrá autorizar la participación excepcional de aquellos equipos que no disponiendo del número mínimo de jugadores/as exigidos/as lo soliciten previa argumentación y justificación.

c) Cuotas y Depósitos: Las cuotas se abonarán por los clubes con carácter único, en concepto de inscripción.

Las cantidades de cuotas y depósitos a abonar por los clubes son exclusivamente las establecidas en el cuadro adjunto; salvo modificación por el Comité Organizador.

Los depósitos se establecen para hacer frente a las responsabilidades de los participantes, abonándose el doble del establecido cuando el número de equipos de un club es superior a dos en la misma modalidad.

La pérdida total del depósito por sanciones reglamentarias obliga a su reposición inmediata para que el equipo sancionado pueda continuar en competición. Concluida la misma, las federaciones deportivas acordarán la devolución devolverán el importe del depósito a los clubes, previo descuento de las cantidades que reglamentariamente se hayan deducido.

d) Encuentros: Los partidos deberán celebrarse siempre. Los equipos no podrán alegar causa alguna para no celebrar el encuentro señalado si están presentes ambos equipos, y si las instalaciones reúnen las condiciones reglamentarias y de seguridad establecidas. La negativa a disputar el encuentro, por parte de alguno de los equipos, podrá ser considerada como incomparecencia. Los encuentros finalizarán a la hora en que esté señalizado el comienzo del siguiente cuando tengan lugar en espacios deportivos compartidos con otros equipos.

e) Aplazamientos: Podrán aplazarse encuentros cuando la solicitud se realice por escrito con al menos seis días de antelación a la señalización del mismo, con acuerdo escrito de ambos clubes e indicando la nueva fecha, lugar, hora, e instalación de juego del encuentro, y el órgano competente de la federación lo apruebe.

f) Notificación de Resultados: Salvo que esté regulado en el Reglamento técnico de JDN: el equipo que juega en casa comunicará el resultado del encuentro a la federación correspondiente, en el plazo máximo de 48 horas desde su celebración, enviando el acta en dicho plazo si no hubiese un árbitro federado. Su incumplimiento tendrá sanción económica y su reiteración podrá alcanzar la exclusión de la competición.

6._Participación en campeonatos de España.

La inscripción y participación en los Campeonatos de España de la Juventud e Infantil convocados por el Consejo Superior de Deportes corresponde al INDJ a través de las selecciones deportivas Navarras de las diferentes modalidades deportivas convocadas en los citados campeonatos o en la forma que lo determine la convocatoria.

La participación por selecciones será determinada por el INDJ, a propuesta de las federaciones deportivas Navarras correspondientes que establecerán en sus reglamentos técnicos de JDN, los criterios de selección en aquellos deportes que se realice por puntuación.

Los aspectos relacionados con los trámites de inscripción, envío de documentación y organización de los desplazamientos corresponde a la Subdirección de Deporte del INDJ.

7._Deportividad.

La campaña de promoción de la deportividad "Tranqui, vive deportivamente", intenta impulsar el juego limpio y la deportividad en las edades de JDN y de su entorno (padres, entrenadores, delegados, árbitros y espectadores) por lo que se quiere hacer un llamamiento a todos los participantes a un comportamiento positivo dentro y fuera de los terrenos de juego y se solicitan propuestas de acciones deportivas relevantes, para conceder el "Premio anual de JDN". Asimismo se insta a las federaciones participantes a que propongan sistemas para favorecer y premiar la deportividad en su deporte.

8._Calidad.

Con objeto de intentar cumplir los objetivos del programa de JDN y de mejorar progresivamente aspectos del mismo se solicita la colaboración de todos los participantes directos o indirectos, para que cumplan con la normas establecidas y expongan cualquier sugerencia, denuncia o aportación relacionadas con aspecto del programa, a través de las oficinas o página Web del INDJ.

Pamplona, 13 de septiembre de 2005
El Director Gerente del Instituto Navarro de Deporte y Juventud, Javier Trigo Oubiña.

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