BOLETÍN Nº 100 - 22 de agosto de 2005

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de lo Social número Tres de Navarra

Edicto de notificación

Don Antonio Fernández Ayesa, Secretario del Juzgado de lo Social número Tres de Navarra.

Hago saber: Que en el procedimiento número 44/2005, seguido en este Juzgado a instancias de Leanu Mircescu, contra la empresa Guitecna Burlada, S.L., Tomás Guisado Tena y Flora María Reina Pascual, sobre cantidad, se ha dictado en el día de hoy la siguiente resolución, que contiene la siguiente parte dispositiva:

"Diligencia de ordenación del Secretario, don Antonio Fernández Ayesa. En Pamplona, a 21 de julio de 2005.

Los anteriores exhortos únanse y vista la diligencia que se ha constatado por el Juzgado de Paz de Burlada, notifíquese a los demandados esta resolución, las pendientes y las que legalmente fuese necesarias notificarles, por medio de edictos que se publicaran en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, advirtiéndoles que quedan a su disposición en este Juzgado las copias de las mismas.

Notifíquese la presente a las partes, haciéndose saber al tiempo, que contra la misma cabe instar revisión ante el ilustrísimo señor Magistrado-Juez de este Juzgado, en el día siguiente hábil a su notificación.

Así lo ordena y firma el Secretario que suscribe, de lo que paso a dar cuenta y doy fe".

"Propuesta de providencia de la Secretaria, doña Lourdes García Ruiz. En Pamplona, a 14 de junio de 2005.

No existiendo Perito oficial asignado a este Juzgado, se requiere al Fondo de Garantía Salarial, para que en el plazo de cinco días, designe persona idónea para la valoración de los bienes embargados en la presente ejecución, consistente en el vehículo NA-4098-V, el cual se encuentra en el reservado de la Policía Municipal de Burlada.

Modo de impugnarla: Mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado, dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento".

"Propuesta de providencia de la Secretaria Judicial, doña Lourdes García Ruiz. En Pamplona, a 16 de junio de 2005.

Visto el estado de las actuaciones, se decreta el embargo de los siguientes bienes o derechos, como propiedad de la parte ejecutada, Tomás Guisado Tena y Flora María Reina Pascual:

Finca 10.891 de Egüés. Tomo 2.738, libro 367, folio 27.

Líbrese mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad de Aoiz, para que tenga lugar la anotación del embargo trabado, reclamándose al tiempo certificación de cargas y gravámenes que afecten a la finca embargada, y cuyo despacho se remitirá el mismo día de su expedición por fax al Registro, sin perjuicio de su presentación ordinaria.

Se requiere a los ejecutados para que en diez días presenten los títulos de propiedad, bajo apercibimiento sacar los bienes a subasta sin suplir dichos títulos, o de apremios y obtención de los mismos a su costa de los archivos o registros en que se encuentren.

Se hace saber a las ejecutadas que podrán librar sus bienes mediante el pago de las cantidades reclamadas, que podrá ingresar en la cuenta de este Juzgado en la entidad Banesto, sucursal de la calle Cortes de Navarra, 5, de Pamplona (0030-8025), al concepto o procedimiento clave 3160.0000.64.0044.05, bajo expreso apercibimiento de que una vez realizados los bienes embargados en la presente vía ejecutiva, su transmisión será irrevocable.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo, que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación".

"Propuesta de providencia del Secretario Judicial, don Antonio Fernández Ayesa. En Pamplona, a 12 de julio de 2005.

Visto el estado de las actuaciones, se decreta el embargo de los siguientes bienes o derechos, como propiedad de la parte ejecutada Guitecna Burlada, S.L.:

Ingresos que se produzcan y saldos acreedores existentes en cuentas corrientes, de ahorro a cualquier tipo de depósitos que la anterior ejecutada tenga en esa entidad Banco de Vasconia de Berriozar, así como de cualquier valor mobiliario titularidad de la apremiada en que esa entidad financiera actúe como depositaria o intermediaria, hasta cubrir las cantidades objeto de apremio.

Crédito que la citada parte ejecutada ostente frente a Construcciones Azpíroz y Saralegui, Prefabricados de Hormigón Lurgain, S.A. y Arian, S.A., a quien se librará oficio para que en el plazo de cinco días, transfiera a la cuenta de este Juzgado la suma total de las cantidades pendientes en la ejecutoria, o sucesivas que adeude hasta cubrir el total importe, bajo las advertencias y apercibimientos legales en caso de incumplimiento.

Recuérdese a la Hacienda Foral y Caja Rural los despachos librados con fecha 25 de mayo actual.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, haciéndose saber al tiempo, que contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles, siguientes a su notificación".

Se advierte al destinatario que no se llevará a cabo ninguna otra notificación, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a Guitecna Burlada, S.L., Tomás Guisado Tena y Flora María Reina Pascual, expido la presente para su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 21 de julio de 2005
El Secretario Judicial, Antonio Fernández Ayesa.

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