BOLETÍN Nº 94 - 6 de agosto de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.5. Otros

LIÉDENA

Aprobación inicial modificación Normas Subsidiarias

El Pleno del Ayuntamiento de Liédena, en sesión celebrada el día 24 de junio de 2004, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

1.º Aprobar inicialmente la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Liédena, elaborada por los Arquitectos don Manuel Sagastume y don José Arauzo y presentada por don Eduardo Moreno Purroy en representación de "Astume 2000, S.L.", en el sentido de clasificar las parcelas catastrales 868 y 69 del polígono 1 del vigente catastro de Liédena como urbanas, advirtiendo al promotor que se plantea la clasificación del suelo como "urbano no consolidado de uso residencial" por lo que, en el documento para aprobación provisional, sería preciso justificar el cumplimiento del artículo 92 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Además se deberá recoger como urbanización extraordinaria para la unidad la prolongación de la calle con la urbanización del camino existente hasta el límite del campo de fútbol para propiciar una alternativa viaria de tráfico de residentes y el acondicionamiento del camino de acceso al casco urbano de carácter peatonal.

2.º Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes, a partir de la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, insertando también anuncio en los diarios editados en la Comunidad Foral y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento a fin de que los interesados lo examinen y puedan presentar las alegaciones que consideren oportunas.

3.º Remitir el presente acuerdo y el documentos de la modificación, tanto al Departamento de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Vivienda, a fin de que, de acuerdo con el artículo 70.4 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, emita informe sobre las materias competencia de los distintos Departamentos del Gobierno de Navarra establecidos por la Ley y a la Mancomunidad de Servicios de la Comarca de Sangüesa para que, de acuerdo con el artículo 70.5 de la Ley de referencia, emita informe respecto a los servicios municipales mancomunados que resulten afectados por la modificación.

Liédena, 25 de junio de 2004
La Alcaldesa, María Beatriz Lucía Olleta Sánchez.

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