BOLETÍN Nº 9 - 21 de enero de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.3. OTRAS DISPOSICIONES

2.3.4. Presupuestos-Haciendas Locales

BERRIOZAR

Acuerdo sobre el tipo de gravamen de la Contribución Territorial en relación con la aprobación de la revisión de Ponencia de Valoración

El Pleno del Ayuntamiento de Berriozar, en sesión celebrada el día treinta de diciembre del año dos mil tres, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

"Mediante acuerdo plenario de fecha 26 de noviembre del actual, se aprobaron los tipos de gravamen de la Contribución Territorial para el año dos mil cuatro.

Dado que la revisión de la Ponencia de Valoración de la Riqueza Urbana va a entrar en vigor con fecha 1 de enero de 2004, es preciso prever los efectos que esta revisión pueda tener en la recaudación de la contribución Territorial, en consecuencia; se acuerda lo siguiente:

El incremento respecto a la contribución territorial urbana estará condicionado al resultado de la aplicación de la nueva Ponencia de valoración de la riqueza urbana. La recaudación total en el ejercicio de 2004 por las unidades urbanas que figuran en catastro en 2003, no podrá ser superior a un 5,1% respecto a la de 2003."

Contra esta resolución cabe interponer optativamente uno de los siguientes recursos:

a) Recurso contencioso-administrativo ante la sala del mismo orden del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución.

b) Recurso de alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra dentro del mes siguiente a la fecha de notificación de esta resolución.

c) Recurso de reposición ante el mismo órgano autor del acto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución.

Berriozar, a dos de enero de dos mil cuatro. El Alcalde, Benito José Ríos Ochoa.

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