BOLETÍN Nº 9 - 21 de enero de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ANDOSILLA

Nombramiento de Teniente de Alcalde y delegación de atribuciones

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla, el día 24 de noviembre de 2003, dictó la resolución número 37/2003, en virtud de la cual se designa Tercer Teniente de Alcalde de esta Entidad y se efectúa, en favor del mismo, delegación genérica de atribuciones correspondientes al Area de Festejos, cuyo texto íntegro se transcribe a continuación.

Don Manuel Osorio Martín, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Andosilla.

Considerando que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 20.1.a) y 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, los Tenientes de Alcalde serán nombrados libremente por el Alcalde de entre los miembros de la Comisión de Gobierno y, donde ésta no exista, de entre los Concejales.

Atendido artículo 46.2 del Real Decreto 2658/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que establece que en los Ayuntamientos en que no exista Comisión de Gobierno el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del tercio de número legal de miembros de la Corporación, mediante Resolución 4/2003, de 19 de septiembre, han sido nombrados primer y segundo Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Andosilla (BOLETIN OFICIAL de Navarra, número 129, de fecha ocho de octubre).

Vistos artículos 43, 44, 114 y concordantes del mismo texto legal, en virtud de los cuales el Alcalde, en aquellos Ayuntamientos donde no exista Comisión de Gobierno, puede delegar el ejercicio de determinadas atribuciones en los Tenientes de Alcalde, sin perjuicio de las delegaciones especiales que, para cometidos específicos, pueda efectuar en favor de cualquier concejal.

Teniendo en cuenta que razones de eficacia hacen conveniente la designación del Tercer Teniente de Alcalde y la delegación, en su favor, de atribuciones correspondientes al Area de Festejos, a los efectos de posibilitar mayor eficacia en la prestación de los servicios, teniendo en cuenta que según el artículo 46.4 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, en los Ayuntamientos que no tengan Comisión de Gobierno podrán ser objeto de una sola Resolución de Alcaldía el nombramiento como Teniente de Alcalde y la delegación de atribuciones a que se refiere el artículo 43 aludido, en ejercicio de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 21.2 y 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local,

He resuelto:

Primero._Designar, ex artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, como Tercer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento Andosilla a doña Noelia Lorente Cisneros.

Segundo._El Tercer Teniente de Alcalde designado ejercerá, por orden de nombramiento, junto con los designados mediante Resolución de Alcaldía número 004/2003, de 19 de septiembre, las funciones del Alcalde en los supuestos contemplados en el artículo 47 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales.

Tercero._Delegar, al amparo de lo dispuesto en el artículo 43.3 citado, de forma genérica, en el Tercer Teniente de Alcalde, doña Noelia Lorente Cisneros, las competencias atribuidas a la Alcaldía en matera de Festejos, comprendiendo las facultades de dirección y gestión del área correspondiente, incluida la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, exceptuándose de la presente delegación aquellas atribuciones no susceptibles de delegación de conformidad con la normativa vigente.

Cuarto._Indicar al Concejal Delegado que, en virtud de lo dispuesto en el artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, esta Alcaldía recibirá información de la gestión de las atribuciones objeto de delegación, y de los actos y disposiciones emanados en virtud de la misma.

Quinto._La designación como Teniente de Alcalde y la delegación de atribuciones efectuada requieren, para su eficacia, la aceptación por parte de la Concejal interesada, entendiéndose aceptadas si en el término de tres días hábiles, contados a partir del siguiente al de la correspondiente notificación, no efectúa manifestación expresa en contrario.

Sexto._Proceder, en cumplimiento de los artículos 44 y 46.1 in fine del citado Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a la publicación de la presente Resolución en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Séptimo._Dar traslado de la presente Resolución a la interesada, y dar cuenta de la misma al Pleno en la próxima Sesión que dicho órgano colegiado celebre.

Lo que se hace público para general conocimiento, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida por el artículo 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local.

Andosilla, a veinticuatro de noviembre de dos mil tres. El Alcalde-Presidente, Manuel Osorio Martín.

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