BOLETÍN Nº 9 - 21 de enero de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

MANCOMUNIDAD DEL ALTO ARAXES

Modificación Ordenanza Fiscal Reguladora de las Tasas y derechos de recogida y tratamiento de basuras para la Mancomunidad del Alto Araxes

En la Sesión que la Mancomunidad de Basuras Alto Araxes, celebró en fecha veintisiete de noviembre de dos mil tres, se aprobó el acuerdo cuyo texto íntegro se transcribe a continuación:

APROBACION INICIAL MODIFICACION ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS Y DERECHOS DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE BASURAS PARA LA MANCOMUNIDAD DEL ALTO ARAXES

Tasas por recogida y tratamiento de basuras

"Artículo 6.º: Las tasas que establece y regula esta Ordenanza es infraccionable, y se percibirá de acuerdo con las siguientes tarifas, IVA incluido:

Tarifa b, Tarifa Normal: Viviendas Particulares Anual.

Tarifa c, Tarifa Mixta: Vivienda con Local comercial.

Tarifa d, Tarifa Especial: Fábricas, bares, restaurantes etc.

Tarifa b, Al año 46 euros (7.654 pesetas).

Tarifa c, Al año 78 euros (12.978 pesetas).

Tarifa d, Al año 156 euros (25.956 pesetas)."

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, el expediente queda sometido a información pública por el plazo de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, a fin de que los vecinos e interesados legítimos puedan examinar el expediente y formular reclamaciones, reparos u observaciones.

De no producirse reclamaciones en el tiempo reglamentario la ordenanza se entenderá definitivamente aprobada.

Las nuevas tarifas entrarán en vigor a partir del 1 de enero del año 2002.

Araitz, a veintiocho de noviembre de dos mil tres. El Presidente, Miguel Javier Recalde Goldaraz.

Código del anuncio: L0300813