BOLETÍN Nº 9 - 21 de enero de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

ORDEN FORAL 513/2003, de 4 de diciembre, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización con la que cuenta la Escuela Municipal de Música de Etxarri-Aranatz, por ampliación de especialidades.

Vista la solicitud de don Igor Ijurra Fernández, presidente del Patronato de la Escuela Municipal de Música de Etxarri-Aranatz, para que se autorice a la misma para impartir las especialidades instrumentales de Saxofón y Trompeta.

Visto el informe favorable emitido por el Servicio de Inspección Técnica y de Servicios para que se autoricen ambas especialidades a la vista de la documentación pedagógica presentada y de la titulación de los profesores propuestos para impartirlas.

Visto, no obstante, que la escuela ya cuenta con autorización para impartir la especialidad de Trompeta, con lo que no es necesario volver a autorizarla a la vista de la nueva documentación presentada.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 29 del Decreto Foral 421/1992, de 21 de diciembre (BOLETIN OFICIAL de Navarra del 22 de enero de 1993), por el que se establecen las normas básicas por las que se regirá la creación y funcionamiento de las Escuelas de Música y Danza en la Comunidad Foral de Navarra; y a propuesta del Servicio de Centros y Ayudas al Estudio,

ORDENO:

1.º Se autoriza a la Escuela Municipal de Música de Etxarri-Aranatz (código de centro: 31005531) para impartir las enseñanzas correspondientes a la especialidad instrumental de Saxofón con efectos del inicio del curso 2003/2004.

2.º Las enseñanzas que tendrá autorizadas la escuela a partir de ese momento serán las correspondientes a la "oferta básica", a la que se refiere el artículo 9.º 1. del Decreto Foral 421/1992, con las siguientes especialidades instrumentales: Canto, Flauta travesera, Guitarra, Piano, Saxofón, Trompeta, Tuba, Txistu y Violín.

3.º Cualquier modificación en la composición de la Escuela, que afecte a los supuestos contemplados en el artículo 29 del citado Decreto Foral 421/1992, deberá ser autorizada por este Departamento.

4.º La autorización de la Escuela podrá revocarse en los supuestos contemplados en el artículo 31 del mencionado Decreto Foral.

5.º Se advierte que, de conformidad con el artículo 20 del Decreto Foral 421/1992, la entidad titular de la Escuela asumirá el sostenimiento económico de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden Foral.

6.º Contra la presente resolución administrativa, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación.

7.º La presente Orden Foral se publicará en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

8.º Se traslada la presente Orden Foral al Señor Presidente del Patronato de la Escuela Municipal de Música de Etxarri-Aranatz; al Servicio de Inspección Técnica y de Servicios y al de Centros y Ayudas al Estudio; a la Sección de Enseñanzas de Régimen Especial y a la de Centros Escolares y de su Financiación; a la Unidad Técnica de Gestión de la Información, y al Negociado de Financiación de Centros Públicos y al de Autorización y Registro de Centros.

Pamplona, diez de diciembre de dos mil tres._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

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