BOLETÍN Nº 75 - 23 de junio de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

Resoluciónes de expedientes sancionadores

Habiendo resultado imposible la notificación prevista en el artículo 59.1 y 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de las Resoluciones (P.S.T.) que se relacionan a continuación, se procede a dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.5 de la citada Ley.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3480/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077230.

Con fecha 2 de febrero de 2004, se notificó a Hormigones Beriáin, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3729/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-73007-VE, el día 25 de marzo de 2003 en el kilómetro 7,000 de la carretera NA-5200, por no presentar los discos de la semana en curso y el último de la semana anterior en que condujo. Conductor Luis Ricardo Pascual Cerdán.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141.q) Ley 16/1987 y 198.i) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 600 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077230, la sanción de 600 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3482/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077230.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Hormigones Beriáin, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3732/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-73007-VE, el día 25 de marzo de 2003 en el kilómetro 7,000 de la carretera NA-5200, por circular con el vehículo reseñado no llevando disco-diagrama en el interior del tacógrafo.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141.h) Ley 16/1987 y 198.h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 600 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077230, la sanción de 600 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3483/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 60 euros, a Autocares Félix Gastón, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31423601.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Autocares Félix Gastón, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3736/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula 9259-BWJ, el día 27 de marzo de 2003 de la carretera Ansoáin, por circular con un vehículo equipado y obligado con aparato tacógrafo presentando disco diagrama correspondiente a la jornada del 24 de abril de 2003 al 25 de abril de 2003 en el que se aprecia superposición al haber utilizado dicho disco por un periodo de más de 24 horas. Conduce Fermín Javier Gómez Onrubia. Se adjunta copia disco diagrama.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.l) Ley 16/1987 y 199.m) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 60 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Autocares Félix Gastón, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31423601, la sanción de 60 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3484/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 30 euros, a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077233.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Hormigones Beriáin, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3739/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Policía Foral de Navarra al vehículo matrícula 9407-BZM, el día 24 de marzo de 2003 en el kilómetro 108,000 de la carretera N-232, por conducir ininterrumpidamente. De 08:00 horas a 13:00 horas no realiza descansos reglamentarios, así como de 14:15 a 19:00 horas. Se observa una posible avería. El estilete de los espacios recorridos deja de marcar en algunos periodos y en otros continúa. Se adjunta copia de disco diagrama.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.k) Ley 16/1987 y 199.l) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 30 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Hormigones Beriáin, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31077233, la sanción de 30 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3486/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 30 euros, a La Estellesa, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31000128.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a La Estellesa, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3766/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Policía Foral de Navarra al vehículo matrícula M-2136-OL, el día 27 de marzo de 2003 de la carretera Remontival, por no presentar la autorización especial referida al Colegio Remontival de Estella.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.b) Ley 16/1987 y 199.b) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 30 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a La Estellesa, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31000128, la sanción de 30 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3487/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.380 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3779/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-9919-W, el día 27 de marzo de 2003 por circular hacia el Colegio San Agustín de Berriozar, con un limitador que no funciona correctamente, al no entrar en funcionamiento el dispositivo de limitación, siendo la velocidad máxima instantánea permitida de 100-105 kilómetros/hora. Comprobación realizada mediante calculadora HTC, modelo 1602, número de serie 02969. Se adjunta copia de disco retirado.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141 h) Ley 16/1987 y 198 h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 1.380 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 1.380 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3488/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 270 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3781/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-7733-AN, el día 27 de marzo de 2003 por circular haciendo uso el conductor del vehículo de un disco diagrama, en el que no anota en la parte central del mismo ningún dato, estando obligado a ello. Se adjunta copia de disco.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.l) Ley 16/1987 y 199.m) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 270 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 270 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3490/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 90 euros, a Edica Construcciones y Obras Públicas, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31594047.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Edica Construcciones y Obras Públicas, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3791/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-3468-AF, el día 25 de marzo de 2003 en el kilómetro 7,800 de la carretera NA-128, por circular con la tarjeta de transportes caducada.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.a) Ley 16/1987 y 199.a) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 90 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Edica Construcciones y Obras Públicas, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31594047, la sanción de 90 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3491/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, a Ativar, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31038854.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3793/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-7733-AN, el día 27 de marzo de 2003 de la carretera C S Agust., por circular con un aparato tacógrafo, el cual no ofrece garantías de un adecuado funcionamiento, ya que el estilete de la distancia recorrida no registra la misma. Anomalía observada desde el día 20 de marzo de 2003 hasta el día de hoy. Ultima revisión de fecha 24 de febrero de 2002 por Taller autorizado E1 570 Eurocan, S.C. Se adjunta copia disco retirado.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141.h) Ley 16/1987 y 198.h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 600 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31038854, la sanción de 600 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3492/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 30 euros, a Autocares Albizua, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31575731.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Autocares Albizua, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3795/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-8273-AC, el día 26 de marzo de 2003 de la carretera CP Beriáin, por no llevar la acreditación del vehículo poseyéndola. Realiza el servicio al C.C. de Beriáin.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.b) Ley 16/1987 y 199.b) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 30 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Autocares Albizua, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31575731, la sanción de 30 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3493/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.500 euros, a Autobuses Río Irati, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31071095.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Autobuses Río Irati, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3798/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula S-2000-U, el día 26 de marzo de 2003 de la carretera CP Beriáin, por efectuar un transporte escolar al C.P.C. de Beriáin, no llevando consigo la autorización especial para realizar transporte escolar.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 140.a) Ley 16/1987 y 197.a) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como muy grave, sancionándose con multa de 1.500 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Autobuses Río Irati, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31071095, la sanción de 1.500 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3494/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 600 euros, a Ativar, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31038854.

Con fecha 09 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3802/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-9919-W, el día 27 de marzo de 2003 de la carretera C S Agusti., por circular con un aparato tacógrafo el cual no ofrece garantías de un adecuado funcionamiento ya que el estilete que debe registrar la distancia no lo realiza. Anomalía observda desde al menos 18 de abril de 2003 según discos diagrama. Ultima inspección tacógrafo septiembre del 2001 por taller autorizado E1-OB. Se adjunta copia de discos retirados en expediente NA3793/03.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141.h) Ley 16/1987 y 198.h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 600 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31038854, la sanción de 600 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3498/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 900 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3820/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-2173-X, el día 30 de marzo de 2003 en el km 101 de la carretera A-15, por reducir a 4,45 horas el descanso obligatorio diario consecutivo en el periodo comprendido entre las 13:10 horas del día 29 de abril de 2003 y las 13:10 horas del día 30 de abril de 2003, de 5:45 a 6:45. Se adjunta copia de discos.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 140.b) Ley 16/1987 y 197.b) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 900 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 900 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3500/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 300 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3846/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-6171-O, el día 1 de abril de 2003 en el kilómetro 01,000 de la carretera N-150, por circular con un vehículo obligado a llevar instalado aparato tacógrafo, marcando el reloj del tacógrafo una hora distinta a la real. Marca las 04:30 horas. cuando son las 17:30 horas. Se adjunta copia de disco diagrama.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141.h) Ley 16/1987 y 198.h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 300 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 300 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3502/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.380 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3864/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-2173-X, el día 30 de marzo de 2003 en el kilómetro 101,000 de la carretera A-15, por circular con un limitador que no funciona correctamente al no entrar en funcionamiento el dispositivo de limitación de velocidad. Comprobado mediante calculadora HTC mod.1602, número 3115. Tacógrafo Kienzle 1318-2709, número 1405936, E1-57. En los discos de fecha 29 y 30 de marzo se observan velocidades continuas de hasta 120 kilómetros/hora. Se adjunta copia de discos diagrama retirados por el agente denunciante.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141 h) Ley 16/1987 y 198 h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 1.380 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 1.380 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3506/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 2.100 euros, a Cintora Sanz, Serafín, con D.N.I./N.I.F. número 16803765B.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Cintora Sanz, Serafín, la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3885/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-1332-AL, el día 1 de abril de 2003 en el kilómetro 40 de la carretera N-121-A, por realizar un transporte de troncos, desde Francia hasta Soria, con un peso total de 55.820 kilgramos siendo su PMA de 40.000 kilogramos. Exceso de peso de 15.820 kilogramos (39,55 por 100). Peso comprobado en báscula homologada de Zozaia.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 140.c) Ley 16/198 y 197.c) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como muy grave, sancionándose con multa de 2.100 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Cintora Sanz, Serafín, con D.N.I./N.I.F. número 16803765B, la sanción de 2.100 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3507/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 60 euros, a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Ativar, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3891/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-9919-W, el día 27 de marzo de 2003 de la carretera Berriozar, por circular transportando escolares al C.P. San Agustín de Berriozar no llevando en el vehículo el rótulo informativo de existencia del libro de reclamaciones.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.f) Ley 16/1987 y 199.f) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 60 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Ativar, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A31038854, la sanción de 60 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3512/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.500 euros, a Iruñabus, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31134646.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Iruñabus, S.L., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3947/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula NA-3336-AC, el día 3 de abril de 2003 de la carretera Villava, por circular transportando escolares al C.P. Lorenzo Goikoa no llevando a bordo la autorización especial para realizar transporte escolar.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 140.a) Ley 16/1987 y 197.a) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como muy grave, sancionándose con multa de 1.500 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Iruñabus, S.L., con D.N.I./N.I.F. número B31134646, la sanción de 1.500 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3514/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 90 euros, a Original Gaur, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A20061446.

Con fecha 9 de febrero de 2004, se notificó a Original Gaur, S.A., la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3969/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Guardia Civil de Tráfico al vehículo matrícula 0898-BMV, el día 7 de abril de 2003 en el kilómetro 77 de la carretera N-121-A, por circular transportando material propio de la empresa, no portando el vehículo los distintivos correspondientes a la tarjeta de transportes MPC, en sus laterales ni en la parte posterior.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 142.c) Ley 16/1987 y 199.c) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como leve, sancionándose con multa de 90 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Original Gaur, S.A., con D.N.I./N.I.F. número A20061446, la sanción de 90 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Resolución expediente sancionador

RESOLUCION (P.S.T.) 3517/2004, de 2 de abril, del Director General de Transportes, por la que se sanciona con multa de 1.380 euros, a Peña Campo, José Manuel, con D.N.I./N.I.F. número 13668866N.

Con fecha 16 de febrero de 2004, se notificó a Peña Campo, José Manuel, la incoación del expediente sancionador de referencia NA 3998/03, como consecuencia de la denuncia formulada por la Policía Foral de Navarra al vehículo matrícula S-9397-Y, el día 8 de abril de 2003 en el kilómetro 108,000 de la carretera N-232, por circular con un vehículo dedicado al transporte de mercancías llevando un limitador de velocidad que no funciona adecuadamente, al comprobarse en disco velocidades constantes superiores a los 95 kilómetros/hora. Conduce Dalglish Rigail Vargas Carpio. Se adjunta copia discos diagrama.

Visto el informe de el/la Instructor/a, procede confirmar la sanción, toda vez que el interesado no ha presentado alegaciones en el plazo legal establecido.

Este hecho constituye una infracción a los artículos 141 h) Ley 16/1987 y 198 h) Reglamento 1211/1990, que de acuerdo con lo establecido en los artículos 143 y 201 respectivamente, se ha calificado como grave, sancionándose con multa de 1.380 euros.

En virtud de lo dispuesto en la Ley 16/1987, de 30 julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres y en el Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo y en uso de las facultades delegadas por Orden Foral 207/2004, de 2 de marzo, del Consejero de Obras Públicas, Transportes y Comunicaciones,

RESUELVO:

Primero._Imponer a Peña Campo, José Manuel, con D.N.I./N.I.F. número 13668866N, la sanción de 1.380 euros, cuyo importe se hará efectivo en el plazo de 15 días hábiles siguientes a aquel en el que se haya puesto fin a la vía administrativa, procediéndose en caso contrario al cobro del mismo por el procedimiento de apremio con arreglo a lo dispuesto en la ley.

Segundo._Notificar la presente Resolución al Servicio de Ordenación y Gestión de Transportes y al interesado, haciéndole saber que contra la misma puede interponer Recurso de Alzada ante el Gobierno de Navarra en el plazo de un mes, a partir del recibo de la presente.

Pamplona, 2 de abril de 2004
El Director General de Transportes, Jesús María Odériz Echevarría.

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