BOLETÍN Nº 57 - 12 de mayo de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTAJONA

Modificación puntual artículo 3.2.8 usos en el Area Homogénea 8 _Zona Industrial_ del Plan Municipal de Artajona

El Ayuntamiento de Artajona, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2004, se acordó por unanimidad, aprobar inicialmente la modificación puntual del artículo 3.2.8 usos en el Area Homogénea 8 _Zona Industrial_ del Plan Municipal de Artajona, consistente en incluir los usos de ocio y diversión dentro de los usos permitidos en la U.C. 8.4 del Area Homogénea 8 y añadir al artículo 9 de la Ordenanza de Actividades Clasificadas los citados usos, ya que la inclusión de este uso en dicha zona se puede entender como una determinación pormenorizada, ya que no afecta a los usos globales ni los modifica.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 79.3 y 74.2 de la Ley Foral 35/2002, de 20 de diciembre, de Ordenación del Territorio y Urbanismo, se somete el expediente a información pública por plazo de un mes mediante su inserción en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y publicación en los Diarios de la Comunidad Foral de Navarra, a fin de que puedan presentarse alegaciones.

Artajona, 30 de marzo de 2004
El Alcalde, Pedro María Egea Ortiz.

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