BOLETÍN Nº 28 - 5 de marzo de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL

2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones

ZABALZA

Retribución cargos electos

El Pleno del Ayuntamiento de Zabalza, en sesión celebrada el 5 de diciembre de 2003, adoptó el siguiente acuerdo:

1._Los miembros de la Corporación de Zabalza percibirán al amparo de las previsiones contenidas en la Ley Foral 23/2003, de 4 de abril, de compensación económica a los Ayuntamientos de Navarra, las siguientes cuantías:

Alcalde: No desempeña su cargo en régimen de dedicación exclusiva ni parcial y será retribuido por asistencias a los Plenos del Ayuntamiento con una cuantía de 90 euros y por asistencia a Comisiones con una cuantía de 60 euros.

Concejales: No desempeñan sus cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial y serán retribuidos por asistencias a los Plenos del Ayuntamiento con una cuantía de 90 euros y por asistencia a Comisiones con una cuantía de 60 euros.

Para los restantes gastos, las cantidades efectivamente satisfechas previa justificación documental de las mismas.

Este acuerdo tendrá efecto a partir del día 1 de julio del año 2003 y anualmente se incrementara la cuantía de las asistencia con el I.P.C. de Navarra.

2._Publicar este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Arraiza (Zabalza), a doce de diciembre de dos mil tres. El Alcalde, José Javier Armendáriz Rezusta.

Código del anuncio: L0401134