II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA
2.2. AUTORIDADES Y PERSONAL
2.2.1. Ceses, nombramientos y otras situaciones
ZABALZA
Retribución cargos electos
El Pleno del Ayuntamiento de Zabalza, en sesión celebrada el 5 de diciembre de 2003, adoptó el siguiente acuerdo:
1._Los miembros de la Corporación de Zabalza percibirán al amparo de las previsiones contenidas en la Ley Foral 23/2003, de 4 de abril, de compensación económica a los Ayuntamientos de Navarra, las siguientes cuantías:
Alcalde: No desempeña su cargo en régimen de dedicación exclusiva ni parcial y será retribuido por asistencias a los Plenos del Ayuntamiento con una cuantía de 90 euros y por asistencia a Comisiones con una cuantía de 60 euros.
Concejales: No desempeñan sus cargos en régimen de dedicación exclusiva ni parcial y serán retribuidos por asistencias a los Plenos del Ayuntamiento con una cuantía de 90 euros y por asistencia a Comisiones con una cuantía de 60 euros.
Para los restantes gastos, las cantidades efectivamente satisfechas previa justificación documental de las mismas.
Este acuerdo tendrá efecto a partir del día 1 de julio del año 2003 y anualmente se incrementara la cuantía de las asistencia con el I.P.C. de Navarra.
2._Publicar este acuerdo en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Arraiza (Zabalza), a doce de diciembre de dos mil tres. El Alcalde, José Javier Armendáriz Rezusta.
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