BOLETÍN Nº 28 - 5 de marzo de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

DECRETO FORAL 23/2004, de 26 de enero, por el que se aprueba la desafectación de 20.351 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Caparroso, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Caparroso solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 20.351 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a la parcela 364 del polígono número 2, en la corraliza Saso Nuevo.

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a doña María Rosario Salvatierra Estarriaga, por un plazo de treinta años, prorrogables, para la instalación de una explotación de ganado porcino.

Por el Ayuntamiento de Caparroso se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día veintiséis de enero de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 20.351 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Caparroso, correspondientes a la parcela 364 del polígono número 2, en la corraliza Saso Nuevo.

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Caparroso a la cesión de uso del terreno desafectado a doña María Rosario Salvatierra Estarriaga, por un plazo de treinta años, prorrogables, para la instalación de una explotación de ganado porcino.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento con fecha 14 de octubre de 2002, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Caparroso deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintiséis de enero de dos mil cuatro._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Javier Echarte Echarte.

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