BOLETÍN Nº 28 - 5 de marzo de 2004

VI. PROCEDIMIENTOS JUDICIALES

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella

E D I C T O

Don Rafael Yangüela Criado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Estella.

Hago saber: Que en resolución de fecha 27 de noviembre de 2003, dictada en el expediente de suspensión de pagos número 126/2002, de la empresa Conservas Pincha, S.L., he aprobado el Convenio propuesto y que, previamente, ha sido votado favorablemente por el 80,71 por ciento del pasivo ordinario computable, lo que excede del 66 por ciento necesario para su aprobación.

Dicho Convenio se encuentra de manifiesto en Secretaría, para que las personas interesadas puedan examinarlo.

Que en los ocho días siguientes a la publicación del presente edicto, podrán oponerse a la aprobación del Convenio, los acreedores que no hayan expresado su adhesión al mismo, así como los excluidos de la lista definitiva, debiendo fundarse dicha oposición, en alguna de las causas contempladas en el artículo 16 de la Ley de Suspensión de Pagos. El plazo contará para los acreedores personados desde la notificación a los Procuradores respectivos y para los no personados desde el día siguiente a la última publicación del presente en los Estrados del Juzgado, en el BOLETIN OFICIAL de Navarra, y en el "Diario de Noticias".

Y para que sirva de notificación a los acreedores no personados, expido y firmo el presente.

Dado en Estella, a trece de febrero de dos mil cuatro. El Magistrado-Juez, Rafael Yangüela Criado.

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