BOLETÍN Nº 24 - 25 de febrero de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.3. Ordenes Forales

ORDEN FORAL 35/2004, de 10 de febrero, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se modifican las fechas para el ingreso de fondos por las Entidades Colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Pública de Navarra de determinadas quincenas.

En la Orden Foral 363/2003, de 10 de diciembre, del Consejero de Economía y Hacienda se fijaban los plazos y fechas para el ingreso de fondos y presentación de documentos y envíos telemáticos por las Entidades Colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Pública de Navarra para el año 2004.

El artículo 81.1 del Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra, Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, establece que el Consejero de Economía y Hacienda determinará el lugar, plazo y forma y demás condiciones en que se efectuará el ingreso y modo en que se remitirá la información.

Ante la dificultad planteada por las Entidades Colaboradoras para realizar el ingreso de los fondos en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra en determinadas fechas se modifican las correspondientes a las quincenas 6, 7, 12, 13, 17, 18 y 22.

En consecuencia,

ORDENO:

Primero._Modificar la fecha valor de abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra a efectuar por las Entidades Colaboradoras en la recaudación de la Hacienda Pública de Navarra para las quincenas 6, 7, 12, 13, 17, 18 y 22.

Segundo._Fijar para el año 2004 como calendario definitivo de plazos y fechas fijados para la presentación de la documentación y envíos telemáticos de la recaudación efectuada por las Entidades Colaboradoras de la Hacienda Pública de Navarra y su abono en la cuenta corriente general de la Comunidad Foral de Navarra, el que se detalla a continuación:

Enero 1.ª 1 Del 21/12 al 5/01/04 10 12

Enero 2.ª 2 Del 6/01 al 20/01 26 27

Febrero 1.ª 3 Del 21/01 al 5/02 10 12

Febrero 2.ª 4 Del 6/02 al 20/02 25 26

Marzo 1.ª 5 Del 21/02 al 5/03 10 12

Marzo 2.ª 6 Del 6/03 al 22/03 26 29

Abril 1.ª 7 Del 23/03 al 5/04 8 12

Abril 2.ª 8 Del 6/04 al 20/04 26 27

Mayo 1.ª 9 Del 21/04 al 5/05 10 12

Mayo 2.ª 10 Del 6/05 al 20/05 25 27

Junio 1.ª 11 Del 21/05 al 5/06 10 11

Junio 2.ª 12 Del 6/06 al 21/06 25 28

Julio 1.ª 13 Del 22/06 al 5/07 9 13

Julio 2.ª 14 Del 6/07 al 20/07 26 27

Agosto 1.ª 15 Del 21/07 al 5/08 10 12

Agosto 2.ª 16 Del 6/08 al 20/08 25 27

Septiembre 1.ª 17 Del 21/08 al 6/09 10 13

Septiembre 2.ª 18 Del 7/09 al 20/09 24 27

Octubre 1.ª 19 Del 21/09 al 5/10 11 12

Octubre 2.ª 20 Del 6/10 al 20/10 25 27

Noviembre 1.ª 21 Del 21/10 al 5/11 10 12

Noviembre 2.ª 22 Del 6/11 al 22/11 26 29

Diciembre 1.ª 23 Del 23/11 al 7/12 13 14

Diciembre 2.ª 24 Del 8/12 al 20/12 27 29

Tercero._Notificar esta Orden Foral al Servicio de Recaudación, al Servicio de Presupuestos y Tesorería, al Servicio de Contabilidad e Intervención, a la Sección de Aplicación y Control de Recaudación, a la Sección de Tesorería y a las Entidades Financieras Colaboradoras.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, a diez de febrero de dos mil cuatro._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.

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