BOLETÍN Nº 153 - 22 de diciembre de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.3. Expropiación Forzosa

DECRETO FORAL 267/2004, de 9 de agosto, por el que se declara urgente, a efectos de expropiación forzosa, la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del anexo al proyecto "Travesía de la carretera NA-4230 a su paso por Alkotz".

Mediante acuerdo adoptado por el Concejo de Alkotz en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2002, se inició el procedimiento expropiatorio de los bienes y derechos afectados por el proyecto "Travesía de la carretera NA-4230 a su paso por Alkotz" y se sometió a información pública. En sesión de 23 de julio de 2003, el Concejo aprobó inicialmente el anexo a dicho proyecto y la relación de bienes y derechos afectados por el mismo y sometió a información pública por plazo de quince días el anexo al proyecto y la relación de bienes y derecho afectados.

Transcurrido el plazo de información pública y no habiéndose producido alegaciones, por acuerdo de fecha 29 de octubre de 2003, se aprobó definitivamente el anexo al proyecto "Travesía de la carretera NA- 4230 a su paso por Alkotz". El Ayuntamiento del Valle de Ultzama ratificó el acuerdo con fecha 4 de febrero de 2004, tal como exige el artículo 41.2 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

La entidad local fundamenta la solicitud de declaración de urgencia en la necesidad de dotar de mayor seguridad tanto al tráfico rodado como al peatonal dentro del casco urbano de la localidad, contemplando la recogida de aguas pluviales evitando su discurrir por la carretera.

El artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, establece que el órgano competente para declarar el procedimiento de urgencia es el Consejo de Ministros, por lo que es competente el Gobierno de Navarra mediante Acuerdo de Gobierno.

Así mismo, la Entidad Local ha certificado la existencia de crédito suficiente en el vigente presupuesto de 2004, para hacer frente a las obligaciones de contenido económico derivadas del procedimiento expropiatorio.

El Gobierno de Navarra, a la vista de los motivos alegados por el Concejo de Alkotz, considera que está justificada la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación.

En su virtud, con arreglo a las competencias reconocidas en el artículo 57.b) de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, a propuesta del Consejero de Administración Local, y de conformidad con el acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra, en sesión celebrada el día nueve de agosto de dos mil cuatro,

DECRETO:

Artículo único._De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del anexo al proyecto "Travesía de la carretera NA-4230 a su paso por Alkotz".

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral producirá efectos desde el día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 9 de agosto de 2004
El Presidente del Gobierno de Navarra en funciones, Francisco J. Iribarren Fentanes
El Consejero de Administración Local, Alberto Catalán Higueras.

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