BOLETÍN Nº 152 - 20 de diciembre de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ALLO

Aprobación definitiva Ordenanza

El Ayuntamiento de Allo, en Sesión celebrada el día 19 de julio de 2004, aprobó inicialmente la Ordenanza Reguladora de la Organización y Funcionamiento del Registro Municipal de uniones no matrimoniales del Ayuntamiento de Allo. Habiéndose expuesto en el Tablón de Anuncios y en el BOLETIN OFICIAL de Navarra de fecha 9 de septiembre de 2004, y transcurrido el periodo de exposición pública, sin haberse presentado reclamaciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 325 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, se entiende aprobada definitivamente, disponiendo la publicación de su texto íntegro en el BOLETIN OFICIAL de Navarra a los efectos procedentes.

ORDENANZA REGULADORA DE LA ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DEL REGISTRO MUNICIPAL DE UNIONES NO MATRIMONIALES DEL AYUNTAMIENTO DE ALLO

Artículo 1. El Registro Municipal de uniones no matrimoniales del Ayuntamiento de Allo tiene carácter administrativo y en él podrán inscribirse las uniones no matrimoniales de convivencia, así como su terminación en la forma y con los requisitos que se establecen en la presente Ordenanza.

Artículo 2. 1. Se considera unión no matrimonial, la unión voluntaria y pública, que constituya una relación de afectividad análoga a la conyugal, con independencia de su orientación sexual, entre dos personas mayores de edad o menores emancipadas sin vínculo de parentesco por consanguinidad o adopción, en línea recta o colateral hasta el segundo grado, siempre que ninguna de ellas esté unida por un vínculo matrimonial o forme pareja estable con otra personal.

2. Podrán instar su inscripción en el Registro todas aquellas parejas que constituyan una unión de convivencia no matrimonial, conforme lo establecido en el inciso 1.º de este artículo.

Al menos uno de los miembros de la unión deberá estar empadronado en el Municipio de Allo por su condición de residente habitual en el mismo.

Asimismo ambos miembros deberán presentar declaración jurada de no estar casados ni inscritos en otro Registro de parejas estables no casadas.

Artículo 3. La primera inscripción de cada pareja se producirá mediante comparecencia personal y conjunta de las dos personas ante la persona que ejerza el puesto de Secretario Municipal, para declarar la existencia entre ellas de una unión de convivencia no matrimonial.

No se procederá a practicar inscripción alguna si alguno de los comparecientes no reúne los requisitos exigidos para constituir una unión no matrimonial, establecidos en el artículo 2.º, 1.

Tampoco podrá llevarse a efecto la inscripción si alguna de las personas comparecientes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas. En este caso deberá aportar informe facultativo de su aptitud para consentir en la constitución de una unión de convivencia no matrimonial.

Asimismo se denegará la inscripción si alguna de las personas comparecientes hubiere sido declarada incapaz para contraer matrimonio.

Artículo 4. En ese primer asiento, podrán hacerse constar cuantas circunstancias relativas a su unión manifiesten los comparecientes. También podrán anotarse, mediante trascripción literal, los convenios reguladores de las relaciones personales y patrimoniales entre los miembros de la unión.

Los contenidos indicados en el párrafo anterior podrán ser objeto de inscripción en ulteriores comparecencias conjuntas de la pareja.

No obstante, las anotaciones que se refieran a la terminación o extinción de la unión, podrán practicarse a instancia de sólo uno de los miembros de la misma.

Artículo 5. El Registro estará residenciado en la Secretaría General del Ayuntamiento.

Artículo 6. El Registro se materializará en un Libro General en el que se practicarán las inscripciones a que se refieren los artículos precedentes. El libro está formado por hojas móviles, foliadas y selladas, y se encabezará y terminará con las correspondientes diligencias de apertura y cierre.

Artículo 7. La primera inscripción de cada pareja tendrá el carácter de inscripción básica y al margen de la misma se anotará todo otro asiento que se produzca con posterioridad en el Libro General principal relativo a esa unión.

Artículo 8. El Registro tendrá también un Libro Auxiliar ordenado por apellidos de los inscritos en el que se expresará el número de las páginas del Libro General en las que existan anotaciones que les afecten.

Artículo 9. Con el fin de garantizar la intimidad personal y familiar de los inscritos en el Registro no se dará publicidad alguna al contenido de los asientos, salvo las certificaciones que expida el Secretario Municipal a instancia exclusivamente de cualquiera de los miembros de la unión interesada o de los Jueces y Tribunales de Justicia.

Artículo 10. Tanto las inscripciones que se practiquen, como las certificaciones que se expidan, serán totalmente gratuitas.

Artículo 11. En el Ayuntamiento de Allo, todas las uniones no matrimoniales de convivencia inscritas en el Registro Municipal de parejas de hecho recibirán el mismo tratamiento que las uniones matrimoniales.

DISPOSICION ADICIONAL UNICA

Esta Ordenanza será revisada si se produjera cualquier cambio legislativo que afecte a la materia sobre la que versa.

ANEXO I

En el Ayuntamiento de Allo, en la Oficina Municipal el día ................ comparecen conjuntamente:

Don/doña ............................, natural de .............., con domicilio y empadronamiento en .............., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número .........., y

Don/doña ............................, natural de .............., con domicilio y empadronamiento en .............., mayor de edad (menor emancipado, según documentación que aporta) y con D.N.I. número ..............,

Y manifiestan:

Que sean ser inscritos/as como "pareja estable no casada" en el Registro correspondiente de ese Ayuntamiento y, conforme a la Ordenanza reguladora y a tal efecto,

Declaran:

Primero._que como consecuencia de la convivencia prevista en dicha Ordenanza, fijan su domicilio común en ........................... (Se recuerda a don/doña ........................... la obligación de empadronarse en el municipio del domicilio más habitual de conformidad al artículo 15 L.B.R.L.).

Segundo._Que ninguno de ellos/ellas está unido/a por vínculo matrimonial ni entre los/las mismos/as ni con otras personas.

Tercero._Que entre los/las comparecientes no existe parentesco por consanguinidad o adopción en línea recta ni por consanguinidad hasta el segundo grado inclusive colateral.

Cuarto._Que ninguno de ellos/ellas está afectado por deficiencias o anomalías psíquicas ni declarado incapaz para contraer matrimonio.

Quinto._Que no/sí desean se anoten en el Registro convenios reguladores de relaciones personales y patrimoniales entre ellos.

Sexto._Que autorizan la comprobación de datos en el Padrón Municipal de Allo a estos efectos.

Y declaran bajo juramento que ninguno de ellos/as está inscrito en el Registro de Allo ni en ningún otro de similar contenido y objeto en localidad alguna.

Por todo lo cual,

Solicitan sean inscritos/as en el referido Registro Municipal de parejas estables no casadas en este Ayuntamiento de Allo.

Fdo.: Fdo.:

ANEXO II

En el Ayuntamiento de Allo, el día ................ comparecen:

Don/doña ...................................., con D.N.I. número ........., y

Don/doña ...................................., con D.N.I. número .........,

Y manifiestan que, de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Municipal reguladora de la organización y funcionamiento del Registro Municipal de parejas estables no casadas, desea/n dar fin o extinguir la relación de pareja estable que fue incorporada al Registro Municipal de referencia, según consta en el mismo.

Por todo lo cual, solicita/n se dé por terminada o extinguida la referida inscripción de unión.

Allo, 27 de octubre de 2004
El Alcalde en funciones, Sergio Aisa Ochoa.

Código del anuncio: L0417370