BOLETÍN Nº 12 - 28 de enero de 2004

II. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

2.1. ORDENANZAS Y OTRAS DISPOSICIONES GENERALES

ARTAJONA

Aprobación inicial de ordenanzas fiscales y normas reguladoras de los precios públicos a regir desde el 1 de enero de 2004

El Pleno del Ayuntamiento de Artajona, en sesión celebrada el 28 de noviembre de 2003, con el quorum legal pertinente, aprobó inicialmente las Ordenanzas Fiscales que a continuación se relacionan, adaptadas a la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de Navarra.

Ordenanzas aprobadas:

1._Ordenanza Fiscal General.

2._Ordenanza Fiscal General de Contribuciones Especiales.

3._Ordenanza reguladora de los precios públicos por prestación de servicios y realización de actividades en el Cementerio y Tanatorio Municipales.

4._Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por licencia de apertura.

5._Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por utilización del Matadero Municipal.

6._Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por expedición y tramitación de documentos.

7._Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por otorgamiento de licencias y otras actividades urbanísticas.

8._Ordenanza Fiscal reguladora de los precios públicos por aprovechamientos especiales de suelo, vuelo y subsuelo de la vía pública y terrenos del común.

9._Ordenanza Fiscal reguladora de los precios públicos por utilización de las Piscinas municipales y Frontón Polideportivo municipal

10._Ordenanza Fiscal reguladora de la utilización de las Salas de Cultura.

11._Ordenanza Fiscal reguladora de ocupación del suelo para instalación de puestos del mercado (Mercadillo).

12._Ordenanza Fiscal reguladora de la prestación personal y de transporte.

13._Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas, ejecuciones sustitutorias y ordenes de ejecución.

14._Normativa legal reguladora del mantenimiento y defensa del arbolado, arbustos y monte bajo.

15._Normativa reguladora del archivo municipal.

16._Normativa reguladora de trabajos en alumbrado público con motivo de obras en fachadas de viviendas particulares.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 325 de la Ley Foral de Administración Local de Navarra, se someten a información pública las presentes Ordenanzas por plazo de treinta días, para que los vecinos e interesados puedan examinar el expediente y formular cuantas reclamaciones, reparos u observaciones estimen oportunas. Una vez transcurrido dicho plazo y si no se hubieran formulado reclamaciones, se entenderán aprobadas definitivamente.

Artajona, a uno de diciembre de dos mil tres. El Alcalde, Pedro M. Egea Ortiz.

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