BOLETÍN Nº 12 - 28 de enero de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.6. Otros

DECRETO FORAL 714/2003, de 22 de diciembre, por el que se aprueba la desafectación de 100 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Tudela, para su posterior cesión de uso.

El Ayuntamiento de Tudela solicita la preceptiva aprobación por el Gobierno de Navarra de la desafectación de 100 metros cuadrados de terreno comunal, correspondientes a parte de la parcela 224 del polígono número 9.

El objeto de la desafectación propuesta es la cesión de uso de los terrenos referidos a Riegos de Navarra, S.A., por un plazo de veinte años, prorrogables, para la instalación y seguimiento de una estación agroclimática con el fin de incorporarla al Servicio de Asesoramiento al Regante.

Por el Ayuntamiento de Tudela se ha dado estricto cumplimiento a lo establecido sobre la materia objeto de este expediente en la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra, así como en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Navarra, aprobado mediante el Decreto Foral 280/1990, de 18 de octubre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2003,

DECRETO:

Artículo 1.º Se aprueba la desafectación de 100 metros cuadrados de terreno comunal del Ayuntamiento de Tudela, correspondientes a parte de la parcela 224 del polígono número 9.

Artículo 2.º Se autoriza al Ayuntamiento de Tudela a la cesión de uso del terreno desafectado a Riegos de Navarra, S.A., por un plazo de veinte años prorrogables, para la instalación y seguimiento de una estación agroclimática con el fin de incorporarla al Servicio de Asesoramiento al Regante.

Artículo 3.º La aprobación de dicha desafectación se condiciona a que se dé fiel cumplimiento al pliego de condiciones aprobado al efecto por el Ayuntamiento con fecha 26 de septiembre de 2003, en especial a la cláusula de reversión en caso de que desaparezcan o se incumplan los fines que motivaron la desafectación.

Artículo 4.º El Ayuntamiento de Tudela deberá proceder a la realización del deslinde de los terrenos objeto de este expediente.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintidós de diciembre de dos mil tres._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Agricultura, Ganadería y Alimentación, José Javier Echarte Echarte.

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