BOLETÍN Nº 12 - 28 de enero de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.3. OTRAS DISPOSICIONES

1.3.4. Subvenciones, ayudas y becas

ORDEN FORAL 349/2003, de 11 de diciembre, del Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, por la que se deroga la Orden Foral de 17 de diciembre de 1998, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se regula el procedimiento de concesión de las ayudas para la realización de programas de formación e inserción de los inmigrantes en la Comunidad Foral de Navarra.

Las Leyes Forales de Presupuestos Generales de Navarra para cada ejercicio económico y las ocasionales prórrogas de presupuestos en algunos años han incluido, tradicionalmente, la partida denominada "Acciones de Formación e Inserción de Inmigrantes" entre las correspondientes a este Departamento, dotada con una consignación determinada anual.

Con cargo a esta partida se han subvencionado desde el año 1999 las acciones de formación y de inserción de los inmigrantes en Navarra, una de las políticas desarrolladas con colectivos desfavorecidos prevista en los Planes de Empleo y en el Plan de Lucha contra la Exclusión Social en Navarra.

En el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de Navarra para el año 2004 que se tramita en el Parlamento de Navarra para su aprobación figura, dentro de las partidas correspondientes al Servicio Navarro de Empleo adscrito a este Departamento, una partida que sustituye a la citada, ahora denominada "Convenio con UGT y CC.OO para acciones de formación e inserción de inmigrantes".

El objetivo que se pretende es canalizar todas las acciones de formación e inserción de inmigrantes, subvencionadas por el Servicio Navarro de Empleo, a través de dos de sus centros colaboradores integrales, UGT y CC.OO, mediante el instrumento jurídico de un Convenio de colaboración.

La Orden Foral de 17 de diciembre de 1998, normativa actualmente vigente en esta materia, establece en su artículo 9 que el plazo de presentación de solicitudes es el mes de enero de cada año.

Para evitar las falsas expectativas y la indefensión que pudiera originar a otras Entidades, posibles beneficiarias de las ayudas, el mantenimiento en vigor de la citada normativa, procede dictar una Orden Foral que derogue la actualmente existente.

En base a lo expuesto,

ORDENO:

Artículo único._Queda derogada la orden Foral de 17 de diciembre de 1998, del Consejero de Industria, Comercio, Turismo y Trabajo, por la que se regula el procedimiento de concesión de las ayudas para la realización de programas de formación e inserción de los inmigrantes en la Comunidad Foral de Navarra.

DISPOSICION TRANSITORIA

A los expedientes en trámite, a la entrada en vigor de la presente Orden Foral, les seguirá siendo aplicable la regulación establecida en la normativa que ahora se deroga, hasta su resolución definitiva.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden Foral entrará en vigor al día 31 de diciembre de 2003.

Pamplona, a once de diciembre de dos mil tres._El Consejero de Industria y Tecnología, Comercio y Trabajo, José Javier Armendáriz Quel.

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