BOLETÍN Nº 12 - 28 de enero de 2004

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

1.1. DISPOSICIONES GENERALES

1.1.2. Decretos Forales

DECRETO FORAL 713/2003, de 22 de diciembre, por el que se prorroga la autorización al Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra, para la asignación de los complementos retributivos por méritos individuales del profesorado de dicha Universidad en el ejercicio 2004.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, señala en su artículo 69.2 que el Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá establecer retribuciones adicionales al profesorado universitario y ligadas a méritos individuales docentes, investigadores y de gestión. El apartado 3 del citado artículo señala, igualmente, que dentro de los límites que para este fin fijen las Comunidades Autónomas, el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno de la Universidad podrá acordar la asignación singular e individual de dichos complementos retributivos. Finalmente, en el apartado siguiente, se establece que la asignación de los complementos se realizará previa valoración de los méritos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación o por el órgano de evaluación externa que la Ley de la Comunidad Autónoma determine.

Teniendo en cuenta que en la Comunidad Foral de Navarra se estudia actualmente el establecimiento del sistema de evaluación externo más adecuado para la valoración de la calidad y acreditación de los aspectos más relevantes del desarrollo de la Universidad Pública de Navarra, y que lo adecuado es posponer a ese momento la regulación del citado régimen de retribuciones complementarias del profesorado, mediante Decreto Foral 269/2002, de 23 de diciembre, se autorizó al Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra para establecer la asignación de complementos retributivos por méritos individuales del profesorado de dicha Universidad correspondientes al ejercicio 2003.

Ante la proximidad del año 2004, y en tanto se establece la regulación al respecto, se hace necesario prorrogar la autorización al Consejo Social de la Universidad para que pueda seguir asignando los citados complementos, conforme a lo establecido en la Ley Foral 19/1998, de retribuciones del profesorado de la Universidad Pública de Navarra en el año 2004.

De conformidad con lo establecido en el artículo 47 de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, es de competencia plena de Navarra la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y especialidades,

Visto el Acuerdo 15/2003 adoptado por el Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra, a propuesta del Consejo de Gobierno de la citada Universidad, a propuesta del Consejero de Educación, y de conformidad con el Acuerdo adoptado por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día 22 de diciembre de 2003,

DECRETO:

Artículo único._Se prorroga la autorización al Consejo Social de la Universidad Pública de Navarra para la asignación de los complementos retributivos por méritos individuales del profesorado en el año 2004.

DISPOSICION FINAL

Este Decreto Foral entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOLETIN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, veintidós de diciembre de dos mil tres._El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma._El Consejero de Educación, Luis Campoy Zueco.

Código del anuncio: F0301617