BOLETÍN Nº 92 - 18 de julio de 2003

III. ADMINISTRACION LOCAL DE NAVARRA

A N S O A I N

E D I C T O

El señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ansoáin, ha dictado, en fecha de 18 de junio de 2003, la resolución siguiente:

"El artículo 43 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, autoriza al Alcalde la delegación de sus atribuciones en favor de la Comisión de Gobierno, con las limitaciones establecidas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

En su virtud,

He resuelto:

Primero._Delegar en la Comisión de Gobierno, el ejercicio de las siguientes atribuciones de Alcaldía:

a) El desarrollo de la gestión económica de acuerdo con el Presupuesto aprobado y la disposición de gastos dentro de los límites de mi competencia.

b) Aprobar la oferta de empleo público y aprobar las bases de las pruebas para la selección de personal.

c) Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

d) Las contrataciones y concesiones dentro de los límites establecidos en la letra ñ) del artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.

e) La aprobación de los proyectos de obras y de servicios cuando sean de mi competencia su contratación o concesión y estén previstos en el Presupuesto.

f) El otorgamiento de licencias, en los términos establecidos en el artículo 319 de la ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra.

Segundo._Publicar este Decreto en el BOLETIN OFICIAL de Navarra y dar cuenta de su contenido al Pleno de la Corporación, en la primera sesión que éste celebre."

Lo que se publica para general conocimiento.

Ansoáin, a veinticuatro de junio de dos mil tres. El Alcalde, Alfredo García López.

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